Bienestar Familiar reitera que el adolescente de 17 años que voluntariamente dio una entrevista de declaración ante la Fiscalía no tiene ninguna medida de privación de libertad y por tanto no existe evasión o fuga del mismo
Es preciso aclarar que estos centros de emergencia, así como los centros de protección no son medidas de privación de libertad, por lo tanto, su permanencia en el centro no corresponde a una imposición obligatoria sino a un proceso de atención. Aun así, existen protocolos regulares de salida y de acompañamiento institucional para garantizar que siempre cuenten con adultos responsables que puedan acompañarlos. El joven adolescente prescindió de estos protocolos y no contó con voluntad de permanencia en el centro de emergencia.
Una vez se reporta la situación, se activa la búsqueda del adolescente, en articulación con las autoridades competentes para dar continuidad al proceso de restablecimiento de derechos. Estos protocolos se mantienen activos de manera permanente en colaboración con diferentes autoridades en todo el país.
La entidad reitera que los procesos de restablecimiento de derechos son llevados por autoridades administrativas profesionales, autónomas y responsables, cuyos equipos defensoriales determinan las actuaciones necesarias para el restablecimiento de derechos los niños, niñas y adolescentes en el marco de la implementación del Código de Infancia y adolescencia (Ley 1098 de 2006) y toda información relacionada con sus procesos tiene una reserva legal.
Bienestar familiar hace un llamado a los medios de comunicación y a los periodistas a ejercer su labor con responsabilidad, recordando que la protección integral de niñas, niños y adolescentes debe prevalecer sobre cualquier interés informativo. Esto implica abstenerse de difundir información que pueda vulnerar su intimidad, dignidad o derechos fundamentales.






















