Preguntas Frecuentes

Autoridad consular

Definición:

Consulado a través del cual se realiza el trámite, la verificación, notificación, denuncia, solicitud de medidas de protección y todas aquellas actividades que tengan que ver con la promoción, garantía y restitución de los derechos de la niñez y la familia, en especial rendición de conceptos y la repatriación de niños, niñas y adolescentes.

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De plano

Definición:

Es cuando el Defensor de Familia otorga de manera inmediata el permiso de salida del país a un niño, niña o adolescente, sin que sea necesario para ello agotar un procedimiento previo. Aplica únicamente por motivos determinados y establecidos en la ley.

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Idoneidad Social

Definición:

Entendida como el conjunto de relaciones positivas tanto intrafamiliares como con el entorno de los solicitantes, condiciones socioeconómicas y culturales garantistas en las cuales el niño, niña o adolescente, podrá construir su identidad personal, social y cultural. Las condiciones económicas de la persona o familia son un elemento integrador de la idoneidad social y se determinará con base al costo de vida de cada región para la crianza de un hijo en condiciones garantistas de sus necesidades materiales, educativas, recreativas y de salud.

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Idoneidad Mental

Definición:

La Idoneidad Mental es entendida como los rasgos de personalidad que indiquen funcionamiento adaptativo, salud mental, la estabilidad emocional y afectiva, capacidad para establecer y mantener vínculos para relacionarse adecuadamente consigo mismo, con los otros y con el entorno, para ofrecer un hogar seguro y proporcionar un ambiente psicológico que posibilite al niño, niña o adolescente un desarrollo equilibrado.

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Idoneidad Moral

Definición:

Está referida a la noción de moral social o moral pública y no a la imposición de sistemas particulares normativos de la conducta en el terreno de la ética. Esta se basa en la moral que conocemos y vivimos en nuestro medio (País) y es aceptada como norma ética de convivencia.

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Preguntas Frecuentes de Referencia:

Idoneidad Física

Definición:

La idoneidad física se describe como la salud física que la persona/cónyuges/compañeros permanentes solicitantes deben tener para el establecimiento de una buena y estable relación afectiva padre-hijo. El estado de salud debe corresponder a una situación aceptable, que no conlleve discapacidad seria, supervivencia corta o cualquier otro obstáculo serio para la relación padre-hijo.

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Preguntas Frecuentes de Referencia:

Declaratoria de Adoptabilidad de un niño(a)

Definición:

La Ley 1098 de 2006, dispone que la autoridad administrativa competente debe fallar el Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, según sea el caso, en uno de los siguientes sentidos: Declarando la situación de vulneración de derechos de los niños, niñas o adolecentes, o declarando su situación de adoptabilidad, esta última competencia exclusiva del Defensor de Familia y corresponde a una medida de restablecimiento de Derechos que tiene como fin restituir el Derecho del niño a tener una familia.

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Convención sobre la Obtención de Alimentos en el Extranjero

Definición:

Tratado internacional que tiene como objetivo garantizar el derecho a los alimentos; como un mecanismo de solución al problema humanitario de los niños que son abandonados por un progenitor, que emigra y se radica en otro país olvidándose de su obligación alimentaria; este tratado es celebrado entre diferentes países y tienen fuerza vinculante entre los estados miembros.

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Preguntas Frecuentes de Referencia: