La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y la Resolución 00871 del 07 de junio de 2022, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública y, RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA TERMINACIÓN POR COSTO BENEFICIO DEL PROCESO COACTIVO No. 2017-013, adelantado en contra de VICTOR ALEXANDER CABRERA ENRIQUEZ, identificado con C.C. No. 1.086.329.959, para el cobro de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2015-00137-00, proferida por el
Juzgado Sexto de Familia del Circuito de Pasto – Nariño, el día 06 de diciembre de 2016, por valor de QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($ 541.446) MDA/CTE, de acuerdo con las razones expuestas en los motivos de este acto.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECRETAR EL LEVANTAMIENTO de las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas; líbrense los oficios correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y la Resolución 00871 del 07 de junio de 2022, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública y, RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA TERMINACIÓN POR COSTO BENEFICIO DEL PROCESO COACTIVO No. 2017-016, adelantado en contra de SEBASTIAN NASNER
HOYOS, identificado con C.C. No. 12.748.201, para el cobro de la obligación contenida en el Acta de Acuerdo No. 0759-2016, firmada en la Defensoría de Familia del Centro Zonal Pasto Uno y la Audiencia de Lectura de Resultados Prueba Genética Reconocimiento Voluntario de Paternidad Historia de Atención No. 1080702852- Resolución No. 0003-2017, realizada en el Centro Zonal Pasto Uno el día 03 de febrero de 2017, por valor de QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($ 541.446) MDA/CTE, de acuerdo con las razones expuestas en los motivos de este acto.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECRETAR EL LEVANTAMIENTO de las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas; líbrense los oficios correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre
de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF, y la Resolución 00871 del 07 de julio de 2022 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor del ICBF Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 002-2022, entablado en contra de la señora MARIA ELENA CARATAR Y OTROS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.086.980.173 y determinado mediante auto de fecha 09 de septiembre de 2022, por valor total de UN MILLON CIENTO DIECISIETE MIL SETECIENTOS PESOS ($ 1.117.700) MDA/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR a la ejecutada MARIA ELENA CARATAR Y OTROS,
identificada con cédula de ciudadanía No. 1.086.980.173, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el
artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 98 y
siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y la Resolución
00871 del 07 de junio de 2022, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la
Regional Nariño a una servidora pública y, resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA TERMINACIÓN POR COSTO BENEFICIO DEL PROCESO COACTIVO No. 2017-005, adelantado en contra de MIGUEL ANTONIO ALVAREZ
PATIÑO, identificado con C.C. No. 12.977.636, la Resolución No. 0087 del 11 de abril de 2016, proferida por la Defensora de Familia adscrita al Centro Zonal Pasto Dos, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($459.696) MDA/CTE, de acuerdo con las razones expuestas en los motivos de este acto.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECRETAR EL LEVANTAMIENTO de las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas; líbrense los oficios correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y la Resolución 00871 del 07 de junio de 2022, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública y, resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA TERMINACIÓN POR COSTO BENEFICIO DEL PROCESO COACTIVO No. 2027-004, adelantado en contra de SEGUNDO ELIAS POPAYAN
CORAL, identificado con C.C. No. 1.085.306.774, para el cobro de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2013—00140-00, proferida por el Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Pasto – Nariño, el día 08 de julio de 2016, por valor de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($ 492.660)
MDA/CTE, de acuerdo con las razones expuestas en los motivos de este acto.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECRETAR EL LEVANTAMIENTO de las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas; líbrense los oficios correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y la Resolución 00871 del 07 de junio de 2022, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública y, resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA TERMINACIÓN POR COSTO BENEFICIO DEL PROCESO COACTIVO No. 2027-003, adelantado en contra de JUSTO DIOGENES CORTES
SEVILLANO, identificado con C.C. No. 87.431.027, para el cobro de la obligación contenida en el Acta de Acuerdo No. 0050- 2016 firmada en el Centro Zonal Pasto Uno del ICBF el día 18 de julio de 2016 y el Acta No. 0065 de Lectura de Resultados de prueba de ADN, firmada en el Centro Zonal Pasto Uno el día 06 de septiembre de 2016, por la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUATENTRA Y SEIS PESOS ($ 541.446) MDA/CTE, de acuerdo con las razones expuestas en los motivos de este acto.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECRETAR EL LEVANTAMIENTO de las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas; líbrense los oficios correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
La Funcionaria Ejecutora de la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, en uso de
las facultades conferidas por la ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario Colombiano, Ley 1437
de 2011, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, “por medio de la cual se deroga
la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF”, la
Resolución No. 2934 del 17 de julio de 2009 que adopta el Manual de Cobro Administrativo
Coactivo, originaria de la Dirección General del ICBF y la Resolución 4986 del 11 de octubre de
2019, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una
servidora pública y resuelve:
ARTICULO PRIMERO: DAR POR TERMINADO el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo
Nro. 016-2021, seguido en contra de la señora MARICELL ORDOÑEZ CERON, identificada
con cédula de ciudadanía No. 1.004.710.561, por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021.
ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR el levantamiento de medidas Cautelares surtidas dentro del asunto de conocimiento.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
La Funcionaria Ejecutora de la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, en uso de
las facultades conferidas por la ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario Colombiano, Ley 1437
de 2011, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, “por medio de la cual se deroga
la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF”, la
Resolución No. 2934 del 17 de julio de 2009 que adopta el Manual de Cobro Administrativo
Coactivo, originaria de la Dirección General del ICBF y la Resolución 4986 del 11 de octubre de
2019, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una
servidora pública y, Resuelve:
ARTICULO PRIMERO: DAR POR TERMINADO el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo
Nro. 020-2021, seguido en contra de la señora ALICIA MUÑOZ CERON, identificada con
cédula de ciudadanía No. 27.276.505, por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del
Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre
de 2021.
ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR el levantamiento de medidas Cautelares surtidas dentro
del asunto de conocimiento.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo
establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
La Funcionaria Ejecutora de la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario Colombiano, Ley 1437 de 2011, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF”, la Resolución No. 2934 del 17 de julio de 2009 que adopta el Manual de Cobro Administrativo Coactivo, originaria de la Dirección General del ICBF y la Resolución 00871 del 07 de junio de 2022, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública y, resuelve:
ARTICULO PRIMERO: DAR POR TERMINADO el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Nro. 014-2021, seguido en contra de la señora VIRGELINA ORTEGA MUÑOZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.971.851 por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz – Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021.
ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR el levantamiento de medidas Cautelares surtidas dentro del asunto de conocimiento.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.