Regional Nariño

RESOLUCIÓN N°052-2022 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DA POR TERMINADO UN PROCESO, SE LEVANTAN MEDIDAS CAUTELARES Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL PROCESO 2018-052 SEGUIDO EN CONTRA DEL SEÑOR SEGUNDO BERNARDO LASSO HERNANDEZ C.C 9.808.903

Código del proceso
2018-052
Destinatario
SEGUNDO BERNARDO LASSO HERNANDEZ C.C 9.808.903
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario Colombiano, Ley 1437 de 2011, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, "por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF", la Resolución No. 2934 del 17 de julio de 2009 que adopta el Manual de Cobro Administrativo Coactivo, originaria de la Dirección General del ICBF y la Resolución 00871 del 07 de junio de 2022, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: DAR POR TERMINADO el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Nro. 2018-052, seguido en contra del señor SEGUNDO BERNANDO LASSO HERNANDEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.808.903, por concepto del valor de la prueba de ADN, por sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz - Nariño, el día 20 de septiembre de 2018, dentro del proceso de Impugnación de Paternidad No 2017-00007-00. ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR el levantamiento de medidas Cautelares surtidas dentro del asunto de conocimiento. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el articulo 565 del Estatuto Tributario.
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RESOLUCION N°067-2022"POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACION CONTENIDA EN LA SENTENCIA PROFERIDA DENTRO DEL PROCESO DE FILIACION EXTRAMATRIMONIAL Nro.2012-00149-00, EN CONTRA DE SAULO ORTEGA ORDOÑEZ"

Código del proceso
2015-012
Destinatario
SAULO ORTEGA ORDOÑEZ
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la oficina administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, "por medio de la cual se deroga la Resolución 384 del 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF”, la Ley 1066 de 2006, el articulo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 00871 del 07 de junio de 2022, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00149-00 proferida por el Juzgado Promiscuo de la Cruz Nariño, el día 27 de junio de 2013, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 2015-012 adelantado en contra de SAULO ORTEGA ORDOÑEZ, identificado con C.C. No. 15.347.133, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACION del proceso administrativo de cobro coactivo No. 2015-012, adelantado en contra de SAULO ORTEGA ORDOÑEZ, identificado con C.C. No. 15.347.133, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00149-00 proferida por el Juzgado Promiscuo de la Cruz Nariño, el día 27 de junio de 2013, por la suma de CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS (431.373) MDA/CTE, por concepto de capital mas los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF- Regional- Nariño
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RESOLUCION Nro. 069-2022"POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No. 006-2021 SEGUIDO EN CONTRA DE CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO CC No. 12.748.326"

Código del proceso
006-2021
Destinatario
CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO CC No. 12.748.326
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la, y la Resolución 1287 del nueve (09) de diciembre de 2022, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra del señor CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.748.326, por concepto de la obligación contenida en la sentencia de fecha 26 de mayo de 2022, proferida por el Juzgado Sexto de Familia del Circuito Judicial de Pasto-Nariño, dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 520013110006-2021-00099. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso ARTICULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa tasación. ARTÍCULO QUINTO: Notificar al señor CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.748.326, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
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AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION”, Proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No. 003-2022, EN CONTRA DE LA ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO Nit No. 800.099.076

Código del proceso
003-2022
Destinatario
ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO Nit No. 800.099.076
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF, y la Resolución 00871 del 07 de junio de 2022 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor del ICBF Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 003-2022, entablado en contra de la ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO, identificada con Nit No. 800.099.076 y determinado mediante auto de fecha 30 de noviembre de 2022, por valor total de CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS ($46.702.960) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR a la ejecutada ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO, identificada con Nit No. 800.099.076, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
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AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION” Proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No. 2022-003 a cargo de la ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO, identificada con Nit No. 800.099.976-7

Código del proceso
2022-003
Destinatario
ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO, identificada con Nit No. 800.099.976-7
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF, 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 00879 del 07 de junio de 2022 por medio de la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una Servidora Pública.RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO, identificada con Nit No. 800.099.976-7, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-003. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS ($ 46.702.960) MDA/CTE, por concepto de la obligación contenida en la Resolución No. 00388 del 23 de febrero de 2022, emitida por la Dirección del ICBF- Regional Nariño ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
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