La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública, y RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 004-2021, entablado en contra del JHON FREDY CUARAN CUARAN C.C. No. 1.086.299.685, y determinado mediante auto de fecha 01 de julio de 2021, por valor total de SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS OCHO PESOS MDA/CTE ($724.608).
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, JHON FREDY CUARAN CUARAN C.C. No. 1.086.299.685, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra del señor OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.339.389, por concepto de la obligación contenida en la Sentencia de investigación de paternidad No. 2018-00023-00, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020.
ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional.
ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra del señor OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.339.389, por concepto de la obligación contenida en la Sentencia de investigación de paternidad No. 2018-00023-00, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020.
ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional.
ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso