Regional Nariño

AUTO DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DENTO DEL PROCESO N°2016-048 en contra de CELIMO GARZÓN MENESES"

Código del proceso
2016-048
Destinatario
CELIMO GARZÓN MENESES
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamente Interno de Cartera en el ICBF”, la Resolución 2934 del 17 de julio de 2009 y lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso. ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la señora CELIMO GARZON MENESES, identificado con Cédula de ciudadanía No.98.135.857, dentro del proceso de cobro coactivo No. 048-2016. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETENTA Y SIETE PESOS ($ 1.684.077) MDA/CTE, por concepto de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2002-168, proferida por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Túquerres, el día 29 de diciembre de 2011. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCIÓN N°118 DE 16 DE DICIEMBRE DE 2021 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°2016-024 a nombre de CAMILO ALEXANDER ALVAREZ BENAVDES"

Código del proceso
2016-024
Destinatario
CAMILO ALEXANDER ALVAREZ BENAVDES
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF”, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2014-050, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres-Nariño, el día 27 de enero de 2015, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 024-2016 adelantado en contra de CAMILO ALEXANDER ALVAREZ BENAVIDES, identificado con C.C. No. 1.087.407.048, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 024-2016, adelantado en contra de CAMILO ALEXANDER ALVAREZ BENAVIDES, identificado con C.C. No. 1.087.407.048, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2014-050, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres, el día 27 de enero de 2015, por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($ 492.660) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño. ARTÍCULO
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCIÓN N°119 DE 20 DE DICIEMBRE DE 2021 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2016-051 EN CONTRA DE HILBA MARCELA TIMARAN TORRES"

Código del proceso
2016-051
Destinatario
HILBA MARCELA TIMARAN TORRES
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en el Acta de Acuerdo No. 0041 del 19 de octubre de realización de prueba genética de ADN H.A. No. 1.080.057.689, proferida por la Defensora Cuarta de Familia del Centro Zonal Pasto Uno de la Regional Nariño, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 061-2016, adelantado en contra de HILBA MARCELA TIMARAN TORRES, identificado con CC No. 1.085.302.581, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 061-2016, adelantado en contra de HILBA MARCELA TIMARAN TORRES, identificado con CC. No. 1.085.302.581, por la obligación contenida en el Acta de Acuerdo No. 0041 del 19 de octubre de realización de prueba genética de ADN H.A. No. 1.080.057.689, proferida por la Defensora Cuarta de Familia del Centro Zonal Pasto Uno de la Regional Nariño, por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($ 492.660) MDA/CTE. Por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCIÓN N°070 DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021 "POR MEDIODEL CUAL SE DA POR TERMINADO EL PROCESO N°2014-119 en contra de NORBERTO GIOWANY MURANGAL RODRIGUEZ"

Código del proceso
2014-119
Destinatario
NORBERTO GIOWANY MURANGAL RODRIGUEZ
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario Colombiano, Ley 1437 de 2011, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF”, la Resolución No. 2934 del 17 de julio de 2009 que adopta el Manual de Cobro Administrativo Coactivo, originaria de la Dirección General del ICBF y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública y, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: DAR POR TERMINADO el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Nro. 119-2014, seguido en contra del señor NORBERTO GIOWANY MURANGAL RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.491.998, por concepto de la obligación contenida en la Sentencia de filiación extramatrimonial No. 23011-0286, proferida por el Juzgado Tercero de Familia de Pasto, el día 11 de julio de 2012. ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR el levantamiento de medidas Cautelares surtidas dentro del asunto de conocimiento. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
Ubicación
Fecha fijación