Regional Nariño

RESOLUCIÓN N°110 DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2020 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2014-057 EN CONTRA DE BERTHA LEONILA QUENGUAN ORTEGA"

Código del proceso
2014-057
Destinatario
BERTHA LEONILA QUENGUAN ORTEGA
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia proferida por el Juzgado Tercero de Familia del Circuito Judicial de Pasto el día 10 de julio de 2010, en el proceso de Filiación Extramatrimonial No. 2009-00107, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 057-204 adelantado en contra de BERTHA LEONILA QUENGUAN ORTEGA, identificada con CC No. 30.080.677, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 057-2014, adelantado en contra de BERTHA LEONILA QUENGUAN ORTEGA, identificada con CC. No. 30.080.677, por la obligación contenida en la sentencia proferida por el Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Pasto el día 10 de julio de 2010, en el proceso de Filiación Extramatrimonial No. 2009-00107, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
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Fecha fijación

RESOLUCIÓN N°110 DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2020 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2014-057 EN CONTRA DE BERTHA LEONILA QUENGUAN ORTEGA"

Código del proceso
2014-057
Destinatario
BERTHA LEONILA QUENGUAN ORTEGA
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia proferida por el Juzgado Tercero de Familia del Circuito Judicial de Pasto el día 10 de julio de 2010, en el proceso de Filiación Extramatrimonial No. 2009-00107, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 057-204 adelantado en contra de BERTHA LEONILA QUENGUAN ORTEGA, identificada con CC No. 30.080.677, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 057-2014, adelantado en contra de BERTHA LEONILA QUENGUAN ORTEGA, identificada con CC. No. 30.080.677, por la obligación contenida en la sentencia proferida por el Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Pasto el día 10 de julio de 2010, en el proceso de Filiación Extramatrimonial No. 2009-00107, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
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AUTO DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2020 " POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°001-2020, en contra de JIMY SANTIAGO CARRERA TUTALCHA"

Código del proceso
001-2020
Destinatario
JIMY SANTIAGO CARRERA TUTALCHA
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 001-2020, entablado en contra del señor JIMY SANTIAGO CARRERA TUTALCHA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.114.826.662 y determinado mediante auto de fecha 20 de octubre de 2020, por valor total de CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS PESOS ($489.186) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado JIMY SANTIAGO CARRERA TUTALCHA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.114.826.662, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
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Fecha fijación

RESOLUCION N° 111 de 23 de noviembre de 2020 "“POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA No. 069-2014 en contra del señor ELKIN LEONARDO ORTEGA BURBANO"

Código del proceso
2014-069
Destinatario
ELKIN LEONARDO ORTEGA BURBANO
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 520013110002-2004-00438-01, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Pasto Nariño, el día 15 de abril de 2010, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 069-2014 adelantado en contra de ELKIN LEONARDO ORTEGA BURBANO, identificado con CC No.13.071.899, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 069-2014, adelantado en contra de ELKIN LEONARDO ORTEGA BURBANO, identificado con CC. No.13.071.899, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 520013110002-2004-00438-01, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Pasto Nariño, el día 15 de abril de 2010, por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS ($337.780) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
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Fecha fijación

RESOLUCION Nro. 105 de 12 de noviembre de 2020 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO 004-2020 SEGUIDO EN CONTRA DE DIANA STEPHANIA ASCUNTAR LOPEZ"

Código del proceso
004-2020
Destinatario
DIANA STEPHANIA ASCUNTAR LOPEZ
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra del señor DIANA STEPHANIA ASCUNTAR LOPEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.317.048 por la obligación pendiente de pago por concepto de la obligación contenida en obligación contenida en el Acta de notificación de Dictamen-Estudio Genético de filiación compromiso pago prueba genética de ADN historia de atención No. 1080699575 SIM 25937989, de fecha 12 de noviembre de 2019. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
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RESOLUCION N° 100 de 03 de noviembre de 2020 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO 2020-023 SEGUIDO EN CONTRA DE NILVIO SALAZAR GOYES"

Código del proceso
2020-023
Destinatario
NILVIO SALAZAR GOYES
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra del señor NILVIO SALAZAR GOYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.014.647, por la obligación pendiente de pago por concepto de la obligación contenida en el Acta de Compromiso Historia Socio Familiar No. 1080706699 de fecha 08 de octubre de 2019 y la Audiencia de Lectura de Resultados Prueba Genética de fecha 10 de febrero de 2020, realizadas por la Defensoría de Familia del ICBF Centro Zonal Pasto Uno. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
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Fecha fijación

AUTO DE 30 DE ABRIL DE 2018 " POR EL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO Y COSTAS dentro del proceso N°2017-037 en contra de CLAUDIO MILTON ENRIQUEZ HURTADO"

Código del proceso
2017-037
Destinatario
CLAUDIO MILTON ENRIQUEZ HURTADO
Tipo de notificación
Descripción
En uso de sus facultades conferidas por los arts.5,8,16 de la ley 1066 de 2006, arts.817 y 820 del Estatuto tributario, Arts.58 y 60 de la resolución Nro.384 de 2008 por la cual se subroga la Resolución Nro.22385 del 25 de septiembre de 2007 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera y la Resolución Nro.2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2017-037, entablado en contra del señor CLAUDIO MILTON ENRIQUEZ HURTADO, identificado con cédula de ciudadanía número 87304064 y determinado mediante auto de fecha 21 de marzo de 2018 por valor total de SETECIENTOS TREINTA MIL DOSCIENTOS PESOS ($730.200), distribuidos así: por capital adeuda la suma de QUNIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS ($ 579.000) M/CTE, por intereses adeuda la suma de CIENTO ONCE MIL DOSCIENTOS PESOS ($111.200) y por costas la suma de CUARENTA MIL PESOS ($40.000) ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a contabilidad y a tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: ADVERTIR que contra el presente ato administrativo NO procede recurso alguno
Ubicación
Fecha fijación

AUTO DE 16 DE MARZO DE 2018 " POR EL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO Y COSTAS dentro del proceso N°2017-038 en contra de EDISON ANDRES OCHOA FONSECA"

Código del proceso
2017-038
Destinatario
EDISON ANDRES OCHOA FONSECA
Tipo de notificación
Descripción
En uso de sus facultades conferidas por los arts.5,8,16 de la ley 1066 de 2006, arts.817 y 820 del Estatuto tributario, Arts.58 y 60 de la resolución Nro.384 de 2008 por la cual se subroga la Resolución Nro.22385 del 25 de septiembre de 2007 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera y la Resolución Nro.2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2017-038, entablado en contra del señor EDISON ANDRES OCHOA FONSECA, identificado con cédula de ciudadanía número 1013583290 y determinado mediante auto de fecha 26 de febrero de 2018 por valor total de OCHOCIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($812.660), distribuidos así: por capital adeuda la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($ 492.660), por intereses adeuda la suma de DOSCIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS PESOS ($290.200) y por costas la suma de TREINTA MIL PESOS ($30.000) ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a contabilidad y a tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: ADVERTIR que contra el presente ato administrativo NO procede recurso alguno.
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCION N°097 de 03 de noviembre de 2020 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO 2020-022 SEGUIDO EN CONTRA DE OSCAR FERNANDO FERNANDEZ ORTIZ"

Código del proceso
2020-022
Destinatario
OSCAR FERNANDO FERNANDEZ ORTIZ
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra del señor OSCAR FERNANDO FERNANDEZ ORTIZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.812.633, por la obligación pendiente de pago por concepto de la obligación contenida en la Sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz - Nariño el día 30 de enero de 2020, dentro del proceso de Impugnación e Investigación de Paternidad No. 2019-00048. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCION N° 102 de 06 de noviembre de 2020 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DA POR TERMINADO UN PROCESO, SE LEVANTAN MEDIDAS CAUTELARES Y SE ORDENA EL ARCHIVO dentro de proceso N°2020-016 en contra de FUNDACIÓN COLOMBIA FLORECE"

Código del proceso
2020-016
Destinatario
FUNDACIÓN COLOMBIA FLORECE
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario Colombiano, Ley 1437 de 2011, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 mediante la cual se establece el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera ICBF, la Resolución No. 2934 del 17 de julio de 2009 que adopta el Manual de Cobro Administrativo Coactivo, estas últimas originarias de la Dirección General del ICBF. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: DAR POR TERMINADO el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Nro. 016-2020 seguido en contra de la FUNDACION COLOMBIA FLORECE, persona jurídica, identificada con Nit. 900.896.160, por concepto de sanción por incumplimiento parcial del contrato de aporte No. 411-2017. ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR el levantamiento de medidas Cautelares surtidas dentro del asunto de conocimiento. ARTICULO TERCERO: NOTIFIQUESE la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
Ubicación
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