Temática: Acciones y estrategias para la prevención y atención de los riesgos y la desnutrición infantil: 1.000 días para cambiar el mundo, canastas alimentarias, unidades de búsqueda activa.
Auto No. 070 Liquidación crédito Jhon Felipe Mesa Barinas 2020-010. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JHON FELIPE MESA BARINAS identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.414.847, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2020-010. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($1.388.844) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de JHON FELIPE MESA BARINAS identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.414.847. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso
Auto 193 de 2023 Liquidación del crédito Gustavo Rincón Barrera 2019-017. RESUELVE.
PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de Gustavo Rincón Barrera identificado con la cédula de ciudadanía No. 74.188.210 dentro del proceso de cobro coactivo No. 2019-017. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($ 1.244.474) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de Gustavo Rincón Barrera identificado con la cédula de ciudadanía No. 74.188.210. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.