Regional Boyacá
Auto No. 237 de 2026 Aprueba Liquidación del Crédito Néstor Alirio Varagas Pasto 2023-018
Auto No. 237 de 2026 ApruebaLiquidación del Crédito Néstor Alirio Varagas Pasto 2023-018. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la liquidación provisional contenida en el Auto No. 184 de mayo 8 del 2026, de la obligación a cargo de NESTOR ALIRIO VARGAS PASTO identificado con la cédula de ciudadanía número 79.664.804, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2023-018, por la suma de UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M/CTE ($1.252.953), conforme a las consideraciones de hecho y de derecho arriba expuestos. ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR al ejecutado NESTOR ALIRIO VARGAS PASTO identificado con la cédula de ciudadanía número 79.664.804, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno. ARTÍCULO TERCERO: Remitir copia del presente acto administrativo al Grupo Interno de Trabajo Financiero de la Regional Boyacá para que proceda a registrar las costas, de conformidad con el parágrafo del artículo 38 de la Resolución 0140 de 2025.
Auto No. 238 de 2026 Aprueba Liquidación del Crédito Edwin Andrés Agudelo Moreno 2021-003.
Auto No. 238 de 2026 Aprueba Liquidación del Crédito Edwin Andrés Agudelo Moreno 2021-003. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la liquidación provisional contenida en el Auto No. 180 de mayo 8 del 2026, de la obligación a cargo de EDWIN ANDRES AGUDELO MORENO, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.033.714.939, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2021-003, por la suma de UN MILLON OCHENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS MCTE ($ 1.080.291), conforme a las consideraciones de hecho y de derecho arriba expuestos. ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR al ejecutado EDWIN ANDRES AGUDELO MORENO, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.033.714.939, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno. ARTÍCULO TERCERO: Remitir copia del presente acto administrativo al Grupo Interno de Trabajo Financiero de la Regional Boyacá para que proceda a registrar las costas, de conformidad con el parágrafo del artículo 38 de la Resolución 0140 de 2025.
SIM 1765172922
SIM 1765172922
Resolución No. 032 de 2026 remisión y terminación Jorge Ivan Salazar Aristizal 2022-005.
Resolución No. 032 de 2026 remisión y terminación Jorge Iván Salazar Aristizal 2022-005. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA REMISIBILIDAD en el proceso de cobro coactivo con radicado No. 2022-005, adelantado en contra de JORGE IVAN SALAZAR ARISTIZABAL, identificado con la cédula de ciudadanía No. 7.187.677, por el capital indexado de SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE ($656.340), más los intereses moratorios y costas (gastos administrativos), conforme a la sentencia del veintiséis (26) de septiembre del dos mil diecinueve (2019) proferida por el Juzgado Segundo de Familia Oralidad Tunja-Boyacá, dentro del proceso de investigación de paternidad radicado No. 150013160-002-2018-00592-00, en la que ordenó el reembolso al ICBF del costo del éxamen genético de filiación, de acuerdo con las razones expuestas en la parte considerativa. ARTICULO SEGUNDO: DECRETAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo radicado bajo el No. 2022-005, adelantado en contra de JORGE IVAN SALAZAR ARISTIZABAL, identificado con la cédula de ciudadanía No. 7.187.677. ARTICULO TERCERO: Como quiera que no se decretaron y registraron medidas cautelares dentro del proceso administrativo de cobro coactivo en consecuencia, no se libren oficios a entidades. ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario. ARTICULO QUINTO: COMUNICAR el contenido de la presente decisión al Grupo Interno de Trabajo Financiero de la Regional Boyacá, para que proceda con la cancelación del registro contable correspondiente. ARTICULO SEXTO: ARCHIVAR el expediente y hacer las anotaciones respectivas.
ANGELICA BRIYITH PARRA
MARIA ESTRELLA ARIAS PARADA
Resolución No. 033 de 2026 remisión y terminación Carlos Javier Rodríguez Torres 2022-134.
Resolución No. 033 de 2026 remisión y terminación Carlos Javier Rodríguez Torres 2022-134. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA REMISIBILIDAD en el proceso de cobro coactivo con radicado No. 2022-134, adelantado en contra de CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ TORRES, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.053.608.432, por el capital indexado de SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS M/CTE ($658.790), más los intereses moratorios y costas (gastos administrativos), conforme a la sentencia del siete (7) de noviembre del dos mil diecinueve (2019) proferida por el Juzgado Primero de Familia Tunja-Boyacá, dentro del proceso de investigación de paternidad radicado No. 150013160-001-2019-00202-00, en la que ordenó el reembolso al ICBF del costo del éxamen genético de filiación, de acuerdo con las razones expuestas en la parte considerativa. ARTICULO SEGUNDO: DECRETAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo radicado bajo el No. 2022-134, adelantado en contra de CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ TORRES, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.053.608.432. ARTICULO TERCERO: DECRETAR EL LEVANTAMIENTO de las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas; libren oficios a entidades. ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario. ARTICULO QUINTO: COMUNICAR el contenido de la presente decisión al Grupo Interno de Trabajo Financiero de la Regional Boyacá, para que proceda con la cancelación del registro contable correspondiente.
ARTICULO SEXTO: ARCHIVAR el expediente y hacer las anotaciones respectivas.



















