Regional Boyacá
HEYME YOANA RODRIGUEZ SILVA y JHARRIZON ALEJANDRO PAIPA BECERRA
HEYME YOANA RODRIGUEZ SILVA y JHARRIZON ALEJANDRO PAIPA BECERRA
HEYME YOANA RODRIGUEZ SILVA y JHARRIZON ALEJANDRO PAIPA BECERRA
Auto No. 098 de 2025 Liquidación crédito Giovanni Buitrago Cruz 2023-003
Auto No. 098 de 2025 Liquidación crédito Giovanni Buitrago Cruz 2023-003. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de GIOVANNI BUITRAGO CRUZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.691.850, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2023-003. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($2.222.286), por concepto del crédito y costas procesales a cargo de GIOVANNI BUITRAGO CRUZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.691.850. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones.
QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 048 de 2025 Liquidación crédito Jorge Enrique Rubio Sanabria 2022-003
Auto No. 048 de 2025 Liquidación crédito Jorge Enrique Rubio Sanabria 2022-003. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JORGE ENRIQUE RUBIO SANABRIA CC 1.057.164.201, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-003.
SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS CUATORCE MIL SESENTA Y UN PESOS MCTE ($1.414.061) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de JORGE ENRIQUE RUBIO SANABRIA identificado con la cédula de ciudadanía número 1.057.164.201. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 066 de 2025 Liquidación crédito Juan Sebastian Moreno Castillo 2022-004
Auto No. 066 de 2025 Liquidación crédito Juan Sebastián Moreno Castillo 2022-004. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JUAN SEBASTIAN MORENO CASTILLO identificado con la cédula de ciudadanía número 1.007.333.074, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-004. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y DOS PESOS MCTE ($1.387.162) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de JUAN SEBASTIAN MORENO CASTILLO identificado con la cédula de ciudadanía número 1.007.333.074. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 067 de 2025 Liquidación crédito Martha Elena Rodríguez Jiménez 2022-001
Auto No. 067 de 2025. Liquidación crédito Martha Elena Rodríguez Jiménez 2022-001. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de MARTHA ELENA RODRIGUEZ JIMENEZ identificada con la cédula de ciudadanía número 23.333.222, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-002. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS MCTE ($1.434.251), por concepto del crédito y costas procesales a cargo de MARTHA ELENA RODRIGUEZ JIMENEZ identificada con la cédula de ciudadanía número 23.333.222. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 093 de 2025 Liquidación créditoCristian Rafael Reyes Sánchez 2024-002
Auto No. 093 de 2025 Liquidación crédito Cristian Rafael Reyes Sánchez 2024-002. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de PEDRO ANTONIO HERRERA TENJO identificado con la cédula de ciudadanía número 9.636.350, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2024-002. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON QUINIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($ 1.522.947) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de PEDRO ANTONIO HERRERA TENJO identificado con la cédula de ciudadanía número 9.636.350. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.



















