Notificar el Auto del 22 de julio 2020 mediante el cual se corre el traslado de la liquidación de acuerdo a la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4244/2019 en contra de CARLOS OLMEIDER WILCHES PINTO _1022964306
Notificar el Auto del 22 de julio 2020 mediante el cual se corre el traslado de la liquidación de acuerdo a la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4243/2019 en contra de HERY JOHAN RIVERA MUÑOZ_1123085183
Notificar el Auto del 22 de julio 2020 mediante el cual se corre el traslado de la liquidación de acuerdo a la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4242/2019 en contra de OSCAR IVAN GAITÁN TRUJILLO_80740224
Notificar el Auto del 22 de julio 2020 mediante el cual se corre el traslado de la liquidación de acuerdo a la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4241/2019 en contra de JULIO DAVID FLOREZ RODRIGUEZ_79763258
Notificar el Auto del 22 de julio 2020 mediante el cual se corre el traslado de la liquidación de acuerdo a la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4240/2019 en contra de MIGUEL ANGEL MARTINEZ DÍAZ_79417141
Notificar el Auto del 24 de julio 2020 mediante el cual se corre el traslado de la liquidación de acuerdo a la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4239/2019 en contra de JUAN CARLOS GARZÓN CÁRDENAS_1022980852
La funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el estatuto Tributario, Ley 1437 de 2011, resoluciones No. 000384 del 11 de febrero de 2008 y 2934 del 7 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF, lo dispuesto en el artículo 446 del Código general del proceso. RESUELVE. ARTICULO PRIMERO.- Liquidar el crédito de la obligación a cargo del CONCEJO MUNICIPAL DE ILES, identificado con Nit. 900.075.460-1, dentro del proceso de Cobro Coactivo No. 018-2019. ARTICULO SEGUNDO.- Fijar provisionalmente, en la suma se $ 130.343, por concepto de crédito y costas procesales a cargo del CONCEJO MUNICIPAL DE ILES, identificado con Nit. 900.075.460-1. ARTICULO TERCERO.- Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigoibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 000384 del 11 de febrero de 2008 y 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo del CONCEJO MUNICIPAL DE GUALMATAN, identificado con Nit Nro. 814.002.131-9, dentro del proceso de cobro coactivo No. 019-2019.
ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de $697.677, por concepto del crédito y costas procesales a cargo del CONCEJO MUNICIPAL DE GUALMATAN, identificada con Nit Nro. 814.002.131-9.
ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
ARTÍCULO CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones.