La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública. RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la señora LUZ DARY ACOSTA LOPEZ, identificada con cedula de ciudadanía No. 30.746.669, dentro del proceso de cobro coactivo No. 007-2020.
ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON CIENTO SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($ 1.106.757) MDA/CTE, por concepto del crédito y costas procesales a cargo de la señora LUZ DARY ACOSTA LOPEZ., identificada con cédula de ciudadanía No. 30.746.669.
ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la máxima tasa de usura certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
AUTO
(16 de octubre de 2020)
“Por medio del cual se liquida el crédito de la obligación”
PROCESO: COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO No. 917-2019
DEMANDADO: ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA DEL H. I. MI RANCHITO
C.C. No. 800.221.293-1
ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo del GLORIA AMPARO SEPULVEDA VELASQUEZ, identificada con Cédula de ciudadanía No. 30.713.217, dentro del proceso de cobro coactivo No. 006-2020.
ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA PESOS ($356.160) MDA/CTE, por concepto de costas procesales liquidadas dentro del proceso 2011-410 de fecha 25 de enero de 2018, la cual condena en costas a la parte demandante GLORIA AMPARO SEPULVEDA VELASQUEZ, en favor del ICBF.
ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
Notificar el Auto del 09 de octubre del 2020 mediante el cual se corre el traslado de la liquidación de acuerdo a la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4285/2020 en contra de BRAYAN DAVID TORRES ARCILA _1024573030
Notificar el Auto del 09 de octubre del 2020 mediante el cual se corre el traslado de la liquidación de acuerdo a la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4284/2020 en contra de JOHAN STIVEN CUERVO CASTRO_1070927032