La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 0384 del 11 de febrero de 2008 de la Dirección General. RESUELVE:- ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de VICTOR HERNAN MENESES MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía No.1.085.354.029, dentro del proceso de cobro coactivo No.038-2015. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de $ 1.199.767, por concepto del crédito y costas procesales a cargo del señor VICTOR HERNAN MENESES MUÑOZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.254.029. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 384 del 11 de febrero de 2008 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una servidora pública, y: RESUELVE:- ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de FELIPE SANTIAGO ZAPATA ORJUELA., identificado con cedula de ciudadanía 1.117.264.433, dentro del proceso de cobro coactivo No. 012-2019. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS MCTE ($766.797) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de FELIPE SANTIAGO ZAPATA ORJUELA., identificado con cédula de ciudadanía No. 1.117.264.433. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la máxima tasa de usura certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
En uso de sus facultades conferidas por los arts. 5, 8, 16 de la ley 1066 de 2006, arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts 58 y 60 de la resolución Nro 384 de 2008 por la cual se subroga la resolución Nro. 22385 del 25 de septiembre de 2007 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera y la Resolución Nro. 2934 de 2009 y RESUELVE:- PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No 2018038 seguido en contra del señor OLMEDO FABIO MORA, Identificado con cédula de ciudadanía Nro 97436220 por la suma de SEISCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($660.256) correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: que cursa en este Despacho a nombre del ejecutada citado en el numeral anterior de la presente providencia ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso. TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No 2018-038
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 0384 del 11 de febrero de 2008 de la Dirección General. RESUELVE :- ARTICULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No 1085341956 dentro del proceso de cobro coactivo No. 0472018. ARTICULO SEGUNDO Dejar sin efecto el auto de fecha 27 de septiembre de 2019. por las razones expuestas en la parte motiva. ARTICULO TERCERO Fular provisionalmente en la suma de $ 144.432, por concepto del crédito y costas procesales a cargo del señor JUAN CARLOS LEON TARAPUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1085341956
En uso de sus facultades conferidas por los arts. 5, 8, 16 de la ley 1066 de 2006, arts 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la resolución Nro.: 384 de 2008 por la cual se subroga la resolución Nro. 22385 del 25 de septiembre de 2007 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera y la Resolución Nro. 2934 de 2009 y. RESUELVE:- PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No 2018051 seguido en contra del señor JIMMY JAIR MUNOZ MENESES, identificado con cédula de ciudadanía. Nro. 15815809 por la suma de SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL PESOS ($618.000) m/cte. correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo seria del Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motivan de la presente resolución. SEGUNDO: que cursa en este Despacho a nombre del ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso. TERCERO, CONDENAR al ejecutado al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No 2018-051