Auto de reserva del proceso
Una vez el Defensor de Familia recibe la sentencia judicial de adopción ejecutoriada e inscrito el nuevo registro civil, profiere auto ordenando la reserva del proceso, remite la historia de atención y la documentación de la familia organizada y foliada al Secretario del Comité de la Regional e informa a la institución que le envíe originales de los seguimientos post adopción al Secretario del Comité de adopciones de la Regional. Allegado el último informe de seguimiento post adopción, ordena el cierre y archivo del proceso.
Certificado de Conformidad para adopciones internacionales
Dado que Colombia es parte de la Convención de la Haya sobre Adopción Internacional, será necesario que la Autoridad Central – ICBF certifique que todas las actuaciones administrativas y jurídicas siguieron los las normas procesos y procedimientos establecidos en Colombia para la adopción Internacional.
En ese sentido, la Subdirección de Adopciones expedirá un Certificado de Conformidad el cual será solicitado por los consulados y las autoridades migratorias para la salida del país. Este procedimiento se surtirá tanto para adopciones hechas por el ICBF como para aquellas realizadas por las IAPAS (Anexo 21: Modelo Certificado de Conformidad de una adopción internacional).
.