SIM 1764837042
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SIM 1764342737
SIM 18848724
SIM 1764830023
SIM 1764836007
SIM 1764828355
SIM 1764842505
Auto No. 153 DE 2025 Aprobación Liquidación del Crédito Henry Peña Guerrero 2022-022. RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de la obligación dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-022 a la HENRY PEÑA GUERRERO identificado con cédula de ciudadanía número 1.052.916.329, por la suma de MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS M/CTE ($1.348.443), por concepto del crédito y costas procesales. ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR al ejecutado advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno. ARTÍCULO TERCERO: Remitir copia del presente acto administrativo a la Coordinación Financiera de la Regional Boyacá para que proceda a registrar las costas, de conformidad con el parágrafo del artículo 38 de la Resolución 0140 de 2025.
Auto No. 156 de 2025 Liquidación crédito Asociación de Padres de Familia de Hogares Comunitarios de Bienestar Sector Umbita 2022-136. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de ASOCIACIÓN DE PADRES DE PADRES DE FAMILIA DE LOS HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR UMBITA DEL MUNICIPIO DE UMBITA identificada con Nit. 800.176.419, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-136. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHO PESOS M/CTE ($1.583.008), por concepto del crédito y costas procesales a cargo de ASOCIACIÓN DE PADRES DE PADRES DE FAMILIA DE LOS HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR UMBITA DEL MUNICIPIO DE UMBITA identificada con la cédula de ciudadanía número 800.176.419. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 160 de 2025 Auto Aprobación Liquidación del Crédito Rubén Beltrán Cuellar 2022-021.RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de la obligación dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-021 a la RUBEN BELTRAN CUELLAR identificado con cédula de ciudadanía número 7.174.813, por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($1.373.097), por concepto del crédito y costas procesales. ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR al ejecutado advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno. ARTÍCULO TERCERO: Remitir copia del presente acto administrativo a la Coordinación Financiera de la Regional Boyacá para que proceda a registrar las costas, de conformidad con el parágrafo del artículo 38 de la Resolución 0140 de 2025.