Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Resolución 5003 - 2020 el artículo 568 del E. T, por medio del presente se procede a Notificar la Resolución 0032 DEL 26-09-2022, por la cual se libra Mandamiento de Pago dentro del Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Rad 1647 del 22 de Julio de 2022, por concepto de Liquidación de costas procesales contra GLADYS DEL CARMEN MERCADO DE OYOLA, identificada con CC N°50.908.416., ADVERTIR al deudor GLADYS DEL CARMEN MERCADO DE OYOLA, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o dentro del mismo termino podrá presentar excepciones u objeciones al mandamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Resolución 5003 - 2020 el artículo 568 del E. T, por medio del presente se procede a Notificar la Resolución 0033 DEL 22-08-2022, por la cual se libra Mandamiento de Pago dentro del Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Rad 1648 del 22 de agosto de 2022, por concepto de Liquidación de costas procesales contra BERTHA ISABEL HERNADEZ HOYOS, identificada con CC N°34.988.771., ADVERTIR al deudor BERTHA ISABEL HERNADEZ HOYOS, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o dentro del mismo termino podrá presentar excepciones u objeciones al mandamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Resolución 5003 - 2020 el artículo 568 del E. T, por medio del presente se procede a Notificar la Resolución 0034 DEL 20-10-2022, por la cual se libra Mandamiento de Pago dentro del Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Rad 1647 del 20 de octubre de 2022, por concepto de Liquidación de costas procesales contra ESTELA DEL CARMEN MURILLO CARDENAS, identificada con CC N°50.852.143., ADVERTIR al deudor ESTELA DEL CARMEN MURILLO CARDENAS, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o dentro del mismo termino podrá presentar excepciones u objeciones al mandamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Resolución 5003 - 2020 el artículo 568 del E. T, por medio del presente se procede a Notificar la Resolución 0035 DEL 20-10-2022, por la cual se libra Mandamiento de Pago dentro del Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Rad 1650 del 20 de octubre de 2022, por concepto de Liquidación de costas procesales contra ANA SIRA NISPERUZA MONTALVO, identificada con CC N°42.653.035., ADVERTIR al deudor ANA SIRA NISPERUZA MONTALVO, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o dentro del mismo termino podrá presentar excepciones u objeciones al mandamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Resolución 5003 - 2020 el artículo 568 del E. T, por medio del presente se procede a Notificar la Resolución 0031 DEL 26-09-2022, por la cual se libra Mandamiento de Pago dentro del Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Rad 1646 del 22 de Julio de 2022, por concepto de Liquidación de costas procesales contra MARÍA DEL PILAR ALEMAN GUZMAN, identificada con CC N°50.908.416., ADVERTIR al deudor MARÍA DEL PILAR ALEMAN GUZMAN, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o dentro del mismo termino podrá presentar excepciones u objeciones al mandamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Resolución 5003 - 2020 el artículo 568 del E. T, por medio del presente se procede a Notificar la Resolución 0029 DEL 26-09-2022, por la cual se libra Mandamiento de Pago dentro del Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Rad 1644 del 22 de Julio de 2022, por concepto de Liquidación de costas procesales contra INELDA ROSA MENDEZ ESPEJO, identificada con CC N°50.884.674., ADVERTIR al deudor INELDA ROSA MENDEZ ESPEJO, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o dentro del mismo termino podrá presentar excepciones u objeciones al mandamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Resolución 5003 - 2020 el artículo 568 del E. T, por medio del presente se procede a Notificar la Resolución 0030 DEL 26-09-2022, por la cual se libra Mandamiento de Pago dentro del Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Rad 1645 del 22 de Julio de 2022, por concepto de Liquidación de costas procesales contra MARÍA DE LOS ÁNGELES MENDOZA RAMOS, identificada con CC N°25.778.852., ADVERTIR al deudor MARÍA DE LOS ÁNGELES MENDOZA RAMOS, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o dentro del mismo termino podrá presentar excepciones u objeciones al mandamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Resolución 5003 - 2020 el artículo 568 del E. T, por medio del presente se procede a Notificar la Resolución 0009 DEL 26-09-2022, por la cual se libra Mandamiento de Pago dentro del Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Rad 1624 del 22 de Julio de 2022, por concepto de Liquidación de costas procesales contra NELLY MARIA ALTAMIRANDA PATERNINA, identificada con CC N°25.764.050., ADVERTIR al deudor NELLY MARIA ALTAMIRANDA PATERNINA, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o dentro del mismo termino podrá presentar excepciones u objeciones al mandamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Resolución 5003 - 2020 el artículo 568 del E. T, por medio del presente se procede a Notificar la Resolución 0009 DEL 26-09-2022, por la cual se libra Mandamiento de Pago dentro del Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Rad 1624 del 22 de Julio de 2022, por concepto de Liquidación de costas procesales contra LUZ ELENA GALINDO ESTRADA, identificada con CC N°50.978.957., ADVERTIR al deudor LUZ ELENA GALINDO ESTRADA, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o dentro del mismo termino podrá presentar excepciones u objeciones al mandamiento.