POR MEDIO DE LA CUAL NO SE REPONE LA RESOLUCIÓN Nro. 007 del 22 de Mayo de 208, por medio de la cual se resuelven las excepciones formuladas por la GOBERNACION DE RISARALDA, a través de apoderada judicial.
Resolución por medio de la cual se declara la prescripción de la acción de cobro dentro de proceso de cobro coactivo adelantado en contra de SUPERGAS RISARALDA S.A.S, Nit. 900.119.024-4, por la obligación contenida en la Resolución Nro. 192 del 18 de Enero de 2013, correspondiente a aportes parafiscales causados y dejados de cancelar, más los intereses moratorios que se hayan causado y se ordeno la terminación del proceso administrativo de cobro coactivo.