Regional Nariño

RESOLUCION N°055 POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACION EN CONTRA DE YOLIMA DEL CARMEN ROMERO MELENDEZ IDENTIFICADA CON C.C. N° 59.830.098

Código del proceso
2018-028
Destinatario
YOLIMA DEL CARMEN ROMERO MELENDEZ IDENTIFICADA CON C.C. N° 59.830.098
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en el Acta de Requerimiento para Reconocimiento Voluntario y Compromiso Realización y Pago Prueba Genética de ADN, de fecha 15 de noviembre de 2017, realizada en la Defensoría de Familia del Centro Zonal Pasto Uno, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 2018-028 adelantado en contra de YOLIMA DEL CARMEN ROMERO MELENDEZ, identificada con CC No. 59.830.098, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 2018-028, adelantado en contra de YOLIMA DEL CARMEN ROMERO MELENDEZ, identificada con CC. No. 59.830.098, por la obligación contenida en el Acta de Requerimiento para Reconocimiento Voluntario y Compromiso Realización y Pago Prueba Genética de ADN, de fecha 15 de noviembre de 2017, realizada en la Defensoría de Familia del Centro Zonal Pasto Uno, por la suma de SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($642.399) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño. ARTÍCULO CUARTO: REALIZAR el levantamiento de las medidas cautelares que se llegaron a causar dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 2018-028, adelantado en contra de YOLIMA DEL CARMEN ROMERO MELENDEZ, identificado con CC. No. 59.830.098. ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.
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AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION” en contra del señor HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.974.262

Código del proceso
2020-002
Destinatario
HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.974.262
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2023-002, entablado en contra del señor HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.974.262 y determinado mediante auto de fecha 15 de mayo de 2023, por valor total de UN MILLON SESENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS CON UN CENTAVO ($ 1.060.839,1) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.974.262, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.
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RESOLUCION Nro. 047 - 2023 POR EL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA No. 005- 2023 en contra del señor JORGE ARMANDO ROSERO MEZA CC No. 87.532.964

Código del proceso
2023-005
Destinatario
JORGE ARMANDO ROSERO MEZA CC No. 87.532.964
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso del factor de competencia establecido en la ley 0256, Estatuto Tributario, Ley 1437 de 2011 y en especial las siguientes Resoluciones: De la Dirección General del ICBF Nos. 5003 de 2020-Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, 2934 de 2009- Manual de Cobro Administrativo Coactivo y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.532.964, por la obligación contenida en la sentencia proferida dentro del proceso de Investigación de Paternidad No. 2021-00126-00, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres – Nariño, el día 27 de diciembre de 2022, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687) MDA/CTE, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR al señor JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.532.964, en la forma establecida en el Art 23 de la Resolución 5003 de 2020 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. ARTICULO TERCERO: ADVERTIR al señor JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.532.964, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: Bancolombia No. 03100004680, Convenio 14321 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, correo electrónico Ruby.Medina@icbf.gov.co.
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RESOLUCION No. 050-2022 " por medio de la cual se decreta la terminacion del proceso No. 012-2017-por costo-beneficio respecto de la obligacio a cargo de Armando Lopez Florez, identificado con C.C 12.978.889

Código del proceso
2017-012
Destinatario
Armando Lopez Florez, identificado con C.C 12.978.889
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y la Resolución 00871 del 07 de junio de 2022, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública y, resuelve: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA TERMINACIÓN POR COSTO BENEFICIO DEL PROCESO COACTIVO No. 012-2017, adelantado en contra de Armando Lopez Florez, identificado con C.C No. 12.978.889, para el cobro de la obligación contenida en el Acta No. 0026-2016 firmada en el Centro Zonal Pasto Uno del ICBF el dia 24 de febrero de 2016 y el Acta de Lectura de Resultados de Prueba Genética Reconocimiento Voluntario de Paternidad Resolucion No. 0021-2016, firmada en el Centro Zonal Pasto Uno el dia 12 de mayo de 2016, por la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($541.446) MDA/CTE, de acuerdo con las razones expuestas en los motivos de este acto. ARTÍCULO SEGUNDO: DECRETAR EL LEVANTAMIENTO de las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas; líbrense los oficios correspondientes. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente Resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
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AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION DE LA LIQUIDACION DEL CREDITO” en contra del señor GUILLERMO CUARAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408

Código del proceso
2019-008
Destinatario
GUILLERMO CUARAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2019-008, entablado en contra del señor GUILLERMO CUARAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408 y determinado mediante auto de fecha 08 de mayo de 2023, por valor total TRESCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA CUATRO PESOS ($307.934) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.
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Fecha fijación

AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACION DEL CREDITO” a cargo de GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1085.341.956

Código del proceso
2019-008
Destinatario
GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1085.341.956
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF, 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022 por medio de la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una Servidora Pública. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Actualizar la liquidación del crédito de la obligación a cargo de GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1085.341.956, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2019 - 008. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de TRESCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($307.934)MDA/CTE, por concepto del crédito y costas procesales a cargo de GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408. ARTÍCULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causarán y liquidarán diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
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Fecha fijación

AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION DE LA LIQUIDACION DEL CREDITO” en contra del señor JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956

Código del proceso
2018 - 047
Destinatario
JUAN CARLOS LEON TARAPUES CC No. 1.085.341.956
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2018-047, entablado en contra del señor JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956 y determinado mediante auto de fecha 19 de mayo de 2023, por valor total CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS CON OCHO CENTAVOS ($415.534,8) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956 advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.
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Documento
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