Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos
El Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD) es el conjunto de actuaciones administrativas o judiciales que deben desarrollarse para la restauración de los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes que han sido vulnerados o amenazados
Este proceso especial incluye las acciones, competencias y procedimientos necesarios para que las autoridades administrativas realicen las actuaciones tendientes al restablecimiento del ejercicio pleno y efectivo de los derechos de los menores de edad, de acuerdo con las características y necesidades particulares de cada caso.
Un PARD se abre cuando al hacer la verificación de la garantía de derechos, la autoridad administrativa identifica una amenaza o vulneración de derechos. Para esto, se expide un auto de apertura que debe estar debidamente motivado y contra el cual no proceden recursos (artículo 99 de la Ley 1098 de 2006, modificado por el artículo 3 de la Ley 1878 de 2018)
Las modalidades son las formas en las que se presta un servicio de protección integral. Se caracterizan por las condiciones técnicas específicas requeridas para desarrollar el proceso de atención y cumplir con el objetivo de la medida de restablecimiento de derechos decretada a favor de la niña, el niño o adolescente en función de su interés superior.
El ICBF cuenta con los siguientes grupos de modalidades y servicio de atención para el restablecimiento de derechos:
Formas en que se prestan los servicios de atención para la ubicación provisional de las niñas, los niños y los adolescentes en proceso administrativo de restablecimiento de derechos, mientras la autoridad administrativa decide cuál es la medida de restablecimiento de derechos más idónea para ellos, en función del interés superior. Las modalidades de ubicación inicial son:
• Centro de emergencia
• Hogar de paso
En estas modalidades de atención se privilegia la permanencia de la niña, niño y adolescente en su entorno familiar o red vincular de apoyo, toda vez que la familia es el primer factor socializador, el espacio f ísico y afectivo que les permite sentirse protegidos y amados; de allí que la materialización del derecho a tener una familia y no ser separado de ella es uno de los derechos fundamentales más importantes en el desarrollo integral, acompañado de servicios de atención contratados para tal fin para que todos sus integrantes se vinculen al proceso de atención que les permita superar la amenaza o vulneración de derechos y se fortalezcan en el marco de la garantía de los mismos. Las modalidades de apoyo y fortalecimiento a la familia son:
• Intervención de apoyo psicosocial
• Externado (media jornada y jornada completa)
• Hogar gestor
• Apoyo psicológico especializado (servicio complementario)
Modalidades en la cuales se realiza ubicación provisional de las niñas, los niños y los adolescentes en Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos porque, previa verificación de derechos, se ha establecido la necesidad de retirarlo de su familia, debido a que esta no es garante de sus derechos y se requiere desarrollar un proceso de atención para el restablecimiento de estos. Las modalidades de acogimiento son:
Acogimiento familiar
• Hogar sustituto
Acogimiento residencial
• Casa hogar
• Internado
• Casa de protección
La modalidad externado media jornada proporciona un proceso de acompañamiento psicosocial al niño, niña o adolescente en su medio familiar, es decir, sin separarlo(a) de sus cuidadores primarios; la atención se desarrolla en los días hábiles del mes, durante 4 horas por día contrarias a la jornada escolar. En esta modalidad se desarrollan acciones en el marco de la convivencia orientadas a reforzar competencias, superar factores de riesgo y promover factores de generatividad para promover el cuidado parental responsable.
Esta modalidad cuenta con un componente alimentario (un almuerzo y un ref rigerio) el cual se brinda a los niños, niñas y adolescentes durante los días de atención.
• Niños, niñas y adolescentes de seis a 18 años, con riesgo de amenaza o vulneración en sus derechos y con proceso administrativo de restablecimiento de derechos.
• La atención se brinda en el marco de la interseccionalidad, lo cual comprende una atención integral teniendo en cuenta el motivo de ingreso y las vulneraciones adheridas, a partir del reconocimiento del contexto y las características de cada beneficiario.
• En esta modalidad se materializa el artículo 39 de la Ley 1098 de 2006, la familia como principal garante de derechos.
• En esta modalidad se atiende a los niños, niñas y adolescentes en sus propios contextos, facilitando su participación y fortaleciendo sus habilidades en el marco de la sana convivencia.
• Se promueven las formas alternativas de cuidado, priorizando la estadía del niño, niña y adolescente en su medio familiar de origen y fomentando entornos protectores y garantes.
La modalidad tiene cobertura en los departamentos de: Antioquia, Bogotá, Bolívar, Boyacá, Caldas, Cesar, Córdoba, Huila, Meta, Norte de Santander, Quindío, Santander, Tolima, Valle.
La modalidad externado jornada completa, proporciona un proceso de acompañamiento psicosocial al niño, niña o adolescente en su medio familiar sin separación de sus cuidadores primarios. En esta modalidad la atención se desarrolla en los días hábiles del mes, durante 8 horas al día, con acciones en el marco de la convivencia orientadas a reforzar competencias, superar factores de riesgo y promover factores de generatividad para promover el cuidado parental; así mismo, con el énfasis en lograr la vinculación y permanencia en el sistema educativo.
Esta modalidad cuenta con un componente alimentario (un almuerzo y dos ref rigerios) los cuales se brindan a los niños, niñas y adolescentes durante los días de atención.
* Niños, niñas y adolescentes de seis a 18 años, que no se encuentran escolarizados y presentan riesgo de amenaza o vulneración en sus derechos y con proceso administrativo de restablecimiento de derechos.
* La atención se brinda en el marco de la interseccionalidad, lo cual comprende una atención integral teniendo en cuenta el motivo de ingreso y las vulneraciones adheridas, a partir del reconocimiento del contexto y las características de cada beneficiario.
* En esta modalidad se materializa el artículo 39 de la Ley 1098 de 2006, la familia como principal garante de derechos.
* En esta modalidad se atiende a los niños, niñas y adolescentes en sus propios contextos, facilitando su participación y fortaleciendo sus habilidades en el marco de la sana convivencia.
* Se promueven las formas alternativas de cuidado, priorizando la estadía del niño, niña y adolescente en su medio familiar de origen y fomentando entornos protectores y garantes.
La modalidad tiene cobertura en los departamentos de: Antioquia, Boyacá, Huila, Nariño, Tolima y Valle.
Las sesiones se desarrollan a través de seis atenciones interdisciplinarias mensuales, a nivel individual y familiar, que parten de las potencialidades individuales de las niñas, los niños y los adolescentes, e inciden en su desarrollo personal, de acuerdo con su condición particular. Las seis atenciones se desarrollan con la niña, el niño, el adolescente, con la familia o red vincular, cada una con duración de 45 minutos. La distribución del número de atenciones entre la niña, el niño, el adolescente y la familia depende del proceso de atención y de las particularidades de cada caso.
Sí. Esta modalidad cuenta con un ref rigerio industrializado tanto para la niña, el niño o adolescente, como para la red vincular o familiar participante y convocada (máximo 2 integrantes adicionales a la niña, niño o adolescente).
• Niñas, niños y adolescentes de 0 a 18 años con proceso administrativo de restablecimiento de derechos.
La atención se brinda en el marco de la interseccionalidad, lo cual comprende una atención integral teniendo en cuenta el motivo de ingreso y las vulneraciones adheridas, a partir del reconocimiento del contexto y las características de cada niño, niña y adolescente.
• La atención se centra en el sujeto de derechos y su familia, orientada al desarrollo integral, a partir de sus habilidades, teniendo en cuenta su entorno.
• Las intervenciones a las niñas, niños y adolescentes, sus familias o redes vinculares se pueden realizar en su propio contexto o en la sede del operador, de acuerdo a las particularidades de cada caso.
• En esta modalidad se materializa el artículo 39 de la Ley 1098 de 2006, la familia como principal garante de derechos.
• En esta modalidad se promueven las formas alternativas de cuidado, priorizando la estadía del niño, niña y adolescente en su medio familiar de origen y fomentando entornos protectores y garantes.
La modalidad tiene cobertura actualmente en los departamentos de: Antioquia, Arauca, Atlántico, Bolívar, Caldas, Caquetá, Cauca, Cesar, Chocó, Córdoba, Cundinamarca, Huila, Magdalena, Nariño, Quindío, San Andrés, Santander, Tolima, Valle