Regional Nariño

"AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION"

Código del proceso
2024 - 003
Destinatario
WILMER MENANDRO URBANO DELGADO CC No. 87.248.,389
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF, 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 por medio de la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una Servidora Pública. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de WILMER MENANDRO URBANO DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.248.389, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2024 - 003. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en UN MILLON TRESCIENTOS ONCE MIL NOVENTA Y SIETE PESOS CON OCHO CENTAVOS ($1.311.097,8) MDA/CTE, por concepto de crédito y costas procesales a cargo de WILMER MENANDRO URBANO DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.248.389. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. ARTÍCULO CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. ARTICULO QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Ubicación
Documento
Fecha fijación

AUTO DEL 13 DE AGOSTO DE 2024 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION"

Código del proceso
2024 - 002
Destinatario
UNION TEMPORAL MI FAMILIA UT NIT 901.502.893-3
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF, 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 por medio de la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una Servidora Pública. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la UNION TEMPORAL MI FAMILIA UT, identificada con NIT. 901.502.893-3, dentro del proceso de cobro coactivo No. 002-2024. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DIEZ PESOS ($ 1.742.672.010) MDA/CTE, por concepto de crédito y costas procesales a cargo de la UNION TEMPORAL MI FAMILIA UT, identificada con NIT.901.502.893-3. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. ARTÍCULO CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. ARTICULO QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Ubicación
Fecha fijación

AUTO DEL 23 DE AGOSTO DE 2024 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION"

Código del proceso
2024 - 003
Destinatario
WILMER MENANDRO URBANO DELGADO CC No. 87.248.,389
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF, 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 por medio de la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una Servidora Pública. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de WILMER MENANDRO URBANO DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.248.389, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2024 - 003. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en UN MILLON TRESCIENTOS ONCE MIL NOVENTA Y SIETE PESOS CON OCHO CENTAVOS ($1.311.097,8) MDA/CTE, por concepto de crédito y costas procesales a cargo de WILMER MENANDRO URBANO DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.248.389. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. ARTÍCULO CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. ARTICULO QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCION No. 037-2024 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION"

Código del proceso
2024 - 003
Destinatario
WILMER MENANDRO URBANO DELGADO CC No. 87.248.389
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el artículo 99 y siguientes del CPACA, la Resolución No. 5003 de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “Por medio de la cual se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF”, y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante la ejecución en contra del señor WILMER MANANDRO URBANO DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.248.389, por la obligación pendiente de pago, contenida en la Sentencia de fecha 07 de marzo de 2024, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz – Nariño dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2023-00027. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar a la ejecutada al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso. ARTÍCULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa su tasación. ARTÍCULO QUINTO: Notificar al señor WILMER MENANDRO URBANO DELGADO, identificad o con cédula de ciudadanía No. 87.248.389, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario Nacional.
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Fecha fijación

Proceso de fortalecimiento sobre modalidades de vigilancia y seguimiento a la gestión publica

  • Brindar asistencia tecnica a usuarios y comites de control social de los proceso misionales de: proteccion, familia y comunidad, infancia adolescencia y juventud, para fortalecer el conocimiento sobre las modalidades implementadas en el ICBF para realizar vigilancia y seguimiento a la gestión pública

RESOLUCION No. 036-2024 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION"

Código del proceso
2024 - 002
Destinatario
UNION TEMPORAL MI FAMILIA UT NIT 901.502.893-3
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el artículo 99 y siguientes del CPACA, la Resolución No. 5003 de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “Por medio de la cual se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF”, y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante la ejecución en contra de la UNION TEMPORAL MI FAMILIA UT, identificada con Nit. 901.502.893-3, por la obligación pendiente de pago, contenida en la Resolución No. 00661 del 22 de diciembre de 2023, proferida por la Dirección del ICBF Regional Nariño, mediante la cual se liquidó unilateralmente el contrato de aporte No. 520036322021, suscrita Directora de la Regional Nariño. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar a la ejecutada al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso. ARTÍCULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa su tasación. ARTÍCULO QUINTO: Notificar a la UNION TEMPORAL MI FAMILIA UT identificada con NIT 901.502.893-3, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario Nacional.
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Fecha fijación