Mandamiento de pago, Resolución No. 026 de 26 de enero de 2018, el deudor dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del mandamiento de pago deberá cancelar el monto de la deuda con sus respectivos intereses o dentro del mismo termino podrá formular mediante escrito las excepciones contempladas en el articulo 831 del Estatuto Tributario.
Mandamiento de pago, Resolución No. 025 de 26 de enero de 2018, el deudor dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del mandamiento de pago deberá cancelar el monto de la deuda con sus respectivos intereses o dentro del mismo termino podrá formular mediante escrito las excepciones contempladas en el articulo 831 del Estatuto Tributario.