Regional Boyacá
EDWARD DONEY MURILLO ROSERO
CARINA MARIA JAMA SARANGO Y OSCAR EDUARDO FORERO RUIZ
Auto No. 086 de 2026 Liquidación crédito Sergio Fabian Cadena Castelblanco 2022-031.
Auto No. 086 de 2026 Liquidación crédito Sergio Fabian Cadena Castelblanco 2022-031.RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de SERGIO FABIAN CADENA CASTELBLANCO identificado con la cédula de ciudadanía número 1.054.709.068, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-031. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS M/CTE ($ 1.288.873,78), por concepto del crédito y costas procesales a cargo de SERGIO FABIAN CADENA CASTELBLANCO identificado con la cédula de ciudadanía número 1.054.709.068. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 077 de 2026 Liquidación crédito Dilma Jiménez Borda 2022-023.
Auto No. 077 de 2026 Liquidación crédito Dilma Jiménez Borda 2022-023. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de DILMA JIMENEZ BORDA identificada con la cédula de ciudadanía número 23.966.728, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-034. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS CON TRECE CENTAVOS M/CTE ($ $ 668.665,13), por concepto del crédito y costas procesales a cargo de DILMA JIMENEZ BORDA identificada con la cédula de ciudadanía número 23.966.728. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 078 de 2026 Liquidación crédito José Isidro Galindo Silva 2022-024.
Auto No. 078 de 2026 Liquidación crédito José Isidro Galindo Silva 2022-024.RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JOSÉ ISIDRO GALINDO SILVA identificado con la cédula de ciudadanía número 72.326.260, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-024. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS CON TRECE CENTAVOS M/CTE ($ $ 668.665,13), por concepto del crédito y costas procesales a cargo de JOSÉ ISIDRO GALINDO SILVA identificado con la cédula de ciudadanía número 72.326.260. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 085 de 2026 Liquidación crédito Robinson Julián Moreno Patarroyo 2022-030.
Auto No. 085 de 2026 Liquidación crédito Robinson Julián Moreno Patarroyo 2022-030. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de ROBINSON JULIAN MORENO PATARROYO identificado con la cédula de ciudadanía número 1.007.420.178, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-030. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON SETENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS M/CTE ($1.070.283,65) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de ROBINSON JULIAN MORENO PATARROYO identificado con la cédula de ciudadanía número 1.007.420.178. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 080 de 2026 Liquidación crédito Alfonso Sánchez Velandia 2022-027.
Auto No. 080 de 2026 Liquidación crédito Alfonso Sánchez Velandia 2022-027. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de ALFONSO SANCHEZ VELANDIA identificado con la cédula de ciudadanía número 79.231.969, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-027. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS M/CTE ($1.073.851,47) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de ALFONSO SANCHEZ VELANDIA identificado con la cédula de ciudadanía número 79.231.969.
TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 123 de 2026 Liquidación crédito Ana Delia de Jesús Medina de Rincón 2024-003.
Auto No. 123 de 2026 Liquidación crédito Ana Delia de Jesús Medina de Rincón 2024-003.RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de ANA DELIA DE JESUS MEDINA DE RINCON identificada con la cédula de ciudadanía número 24.115.468, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2024-003.SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA PESOS M/CTE ($2.698.770) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de ANA DELIA DE JESUS MEDINA DE RINCON identificada con la cédula de ciudadanía número 24.115.468.TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 121 de 2026 Liquidación crédito Sergio Danilo Moreno Rojas Ochoa 2023-012.
Auto No. 121 de 2026 Liquidación crédito Sergio Danilo Moreno Rojas Ochoa 2023-012.RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la liquidación provisional de la obligación dentro del proceso de cobro coactivo No. 2023-012 a SERGIO DANILO MORENO ROJAS identificado con la cédula de ciudadanía número 1.052.416.338, adeuda de la suma de DOS MILLONES TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($2.035.565) por concepto del crédito y costas procesales. ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR al ejecutado advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno. ARTÍCULO TERCERO: Remitir copia del presente acto administrativo a la Coordinación Financiera de la Regional Boyacá para que proceda a registrar las costas, de conformidad con el parágrafo del artículo 38 de la Resolución 0140 de 2025.



















