Comunidades Étnicas

¿Por qué el ICBF lleva alimentos a las comunidades étnicas, que ellos no tienen la costumbre de comer?

Código FAQ
CET01010
Respuesta:

El ICBF busca llevar a los niños, niñas y adolescentes de las comunidades étnicas alimentos que no se dañen fácilmente y que aporten variedad de nutrientes, en especial, proteínas. Sin embargo, actualmente el Instituto avanza para que los programas que incluyen el componente de alimenticio, sean concertados con las comunidades, teniendo en cuenta el enfoque diferencial, desde los usos y costumbres.

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¿El ICBF debe realizar consulta previa con las comunidades étnicas para la implementación de sus servicios?

Código FAQ
CET01009
Respuesta:

El ICBF está obligado a realizar consulta previa, únicamente, en los procesos en los que un niño, niña o adolescente será declarado en adoptabilidad. Sin embargo, con el fin de aplicar el enfoque diferencial en sus programas y servicios, el ICBF promueve la concertación con las comunidades beneficiarias de manera directa.

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¿Qué requisitos deben cumplir las organizaciones étnicas para ser contratadas por el ICBF para la operación de servicios?

Código FAQ
CET01008
Respuesta:

a. Para pueblos indígenas:

  • Certificación del Ministerio del Interior con la que se compruebe su inscripción en el Registro de Asociaciones y Autoridades Tradicionales y Cabildos, en la que se lea el nombre del representante legal actualizado y vigente.
  • Para comunidades afrodescendientes: Certificación del Ministerio del Interior con la que se compruebe su inscripción en el Registro único de Consejos Comunitarios y Organizaciones de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizal y Palenquera, en la que se lea el nombre del representante legal actualizado y vigente.
  • Para comunidades Rrom: Certificación del Ministerio del Interior con la que se compruebe su inscripción en el Registro de Asociaciones Kumpanyas, en la que se lea el nombre del representante legal actualizado y vigente.
  • Registro único tributario – RUT.
  • Certificado de antecedentes judiciales del representante legal de la Policía Nacional de Colombia.
  • Certificado de antecedentes disciplinarios del representante legal y de la persona jurídica, expedido por la Procuraduría General de la Nación.
  • Certificado de antecedentes fiscales del representante legal y de la persona jurídica, expedido por la Contraloría General de la República.
  • Documento que compruebe el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud y el pago de parafiscales cuando corresponda.
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria para el manejo de los recursos.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.

b. Requisitos técnicos:

  • Varían de acuerdo con lo exigido por el ICBF en cada proceso de selección del contratista.
  • Si la autoridad ha tenido contratos anteriores con el ICBF deberá presentar Certificación de Idoneidad expedida por el supervisor de dicho contrato.

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Quiénes pueden ser contratados por el ICBF para prestar servicios dirigidos a los grupos étnicos?

Código FAQ
CET01007
Respuesta:

"Dado el interés del ICBF por garantizar que el enfoque diferencial se aplique en sus programas y servicios, la entidad prioriza que las organizaciones étnicas sean contratistas de servicios para su comunidad, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos por la ley. Los programas y servicios pueden ser contratados con:

  • Cabildos y asociaciones de autoridades indígenas (AATIS) reconocidas según los parámetros establecidos por el Ministerio del Interior (Decreto 1088 de 1993).
  • Consejos comunitarios de comunidades negras conformados según los parámetros establecidos por el Ministerio del Interior (Decreto 3770 de 2008).
  • Kumpanya del pueblo Rrom certificadas por el Ministerio del Interior. (Decreto 2957 de 2010)
  • Organizaciones representativas de grupos étnicos legalmente constituidas, siempre y cuando cuenten con el aval de la comunidad a representar.
  • Entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto social se relacione con el objeto a contratar. La entidad sin ánimo de lucro debe concertar la implementación del programa o servicio con la comunidad que será beneficiada dejando evidencia de dicha concertación en acta suscrita por los participantes.
  • Uniones temporales conformadas por entidades sin ánimo de lucro que cumplan las condiciones mencionadas en el punto anterior.

 

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¿En qué consisten los programas inclusivos?

Código FAQ
CET01005
Respuesta:

Los programas inclusivos son aquellos que tienen en cuenta, desde su inicio, un enfoque diferencial, el cual busca la participación y el ejercicio de derechos de la población colombiana de acuerdo con sus características particulares.

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