Aprobar conciliaciones frente a la separación de cuerpos y bienes
¿De qué se trata?
Trámite de conciliación que aprueba el defensor de Familia a través del cual los cónyuges (unidos por matrimonio civil o católico) que dejan de tener vida en común, disuelven su vínculo y dividen los bienes que hacen parte de la sociedad conyugal. Esta figura no tiene las mismas consecuencias jurídicas del divorcio.
Dirigido a cónyuges


¿Quién puede presentarlo?
Cualquiera de los cónyuges

Cobertura
En todo el territorio nacional

A dónde dirigirse
Al centro zonal correspondiente al lugar de residencia del cónyuge solicitante

¿Qué documentos se deben presentar?
- Fotocopia del registro civil de matrimonio.
- Fotocopia del registro civil de nacimiento de los niños, niñas y adolescentes (si lo hay).
- Tarjeta de identidad para mayores de 7 años (si la hay).
- Documento de identidad de las partes (peticionario y citado(s)) a presentarse, el día de la cita con el defensor de Familia.
- Dirección de notificación de los interesados.
- Demás documentos que quieran hacer valer dentro de la audiencia.
No obstante, en ningún caso se exigirá la presentación de los anteriores documentos como requisito para recibir la atención inicial, ni podrá ser condicionante para la prestación del servicio.
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