Notificación resolución 047 por la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso de cobro coactivo 011-2024 contra JOSE DEINER MOTTA MAZABEL C.C. 1.004.492.938
Notificación resolución 052 por la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso de cobro coactivo 006-2025 contra ALICE ROCHELLE MAZO CASADIEGOS C.C. 1.054.568.311
Notificación resolución 046 por la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso de cobro coactivo 010-2024 contra DAVIDSON UBIEL CARLOSAMA HOYOS C.C. 1.082.780.112
Notificación resolución 051 por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso de cobro coactivo 003-2025 contra LUIS ALIRIO MUÑOZ LAGUNA C.C. 1.082.780.597
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 99 y siguientes del CPACA, la Resolución No. 0140 del 21 de enero de 2025, emanada de la Dirección General del ICBF, “Por la cual se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF y se deroga la Resolución 5003 de 2020”, la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 , mediante la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a un servidor público y,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante la ejecución en contra de FUNDACION AFECTO, identificada con NIT. 900.210.671, por la obligación pendiente de pago, contenida en el Acta de Liquidación de Mutuo Acuerdo SECOP II, proferida por el Grupo Jurídico del ICBF Regional Putumayo y aprobada en dicha plataforma el día 26 de mayo de 2024.
ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional
ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso.
ARTÍCULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa su tasación.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a FUNDACION AFECTO, identificada con NIT. 900.210.617, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario Nacional.
NOTIFICACIÓN EN PÁGINA WEB ORDEN DE SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN - PROCESO No. 003-2025 - RESOLUCIÓN No. 4980 DE 01 DE SEPTIEMBRE DE 2025 - DEUDOR IMB INGENIERÍA EN REDES S.A.S. NIT. 900.801.652-4
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