El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.


Tipo de notificación
Fecha de Publicación
Ubicación
Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
RESOLUCIÓN N° 118 de 23 de noviembre de 2020 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°107-2014 en contra de LUCIA CASTRO ANGULO" Terminación del Proceso

LUCIA CASTRO ANGULO

resolucion_ndeg118_-_remisibilidad_lucia_castro_angulo.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público. RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la Sentencia de Filiación Extramatrimonial No. 0028 de fecha 13 de abril de 2009, proferida por el Juzgado Tercero del Circuito de Pasto, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo 107-2014, adelantado en contra de LUCIA CASTRO ANGULO, identificado con CC No.59.664.163, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 107-2014, adelantado en contra de LUCIA CASTRO ANGULO, identificado con CC. No.59.665.163, por la obligación contenida en la Sentencia de Filiación Extramatrimonial No. 0028 de fecha 13 de abril de 2009, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito Judicial de Tumaco-Nariño, por la suma de CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL PESOS ($ 435.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN N° 132 de 17 de diciembre de 2020 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°2015-037 en contra de GUILLERMO PANTOJA GUINCHIN" Terminación del Proceso

GUILLERMO PANTOJA GUINCHIN

resolucion_ndeg132_remisibilidad_guillermo_pantoja_quinchin.pdf

ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en el Acta de Audiencia de Reconocimiento voluntario de paternidad, celebrada en la Defensoría de Familia del Centro Zonal Pasto Uno, Historia de Atención No. 1080047352, el día 12 de junio de 2012, por concepto del valor de la prueba de ADN, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo 037-2015 adelantado en contra de GUILLERMO PANTOJA GUINCHIN, identificado con CC No. 98.382.870, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo 037-2015, adelantado en contra de GUILLERMO PANTOJA GUINCHIN, identificado con CC. No. 98.382.870, por la obligación contenida en el Acta de Audiencia de Reconocimiento voluntario , celebrada en la Defensoría de Familia del Centro Zonal Pasto Uno, el día 12 de junio de 2012, Historia de Atención No. 1080047352, concepto del valor de la prueba de ADN, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 450.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN N° 130 de 17 de diciembre de 2020 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE SILVIO ANDRES MUESES JOJOA" Prescripción

SILVIO ANDRES MUESES JOJOA

resolucion_ndeg130_prescripcion_silvio_andres_mueses_jojoa.pdf

ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de SILVIO ANDRES MUESES JOJOA, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.389.227, por la obligación contenida en la Audiencia de Reconocimiento Voluntario de paternidad de Acuerdo del 20 de junio de 2011 y la Audiencia de Lectura de Resultados Prueba Genética Reconocimiento Voluntario de Paternidad del 1 de diciembre de 2011 proferidas en la Defensora Segunda de Familia del Centro Zonal Pasto Uno, por valor de SEISCIENTOS TREINTA MIL PESOS ($ 630.000) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto.

ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo número 031-2015 que se adelanta en contra SILVIO ANDRES MUESES JOJOA, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.389.227.

ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios.

Regional Nariño
AUTO DE 10 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-023 EN CONTRA DE NILVIO SALAZAR GOYES" Traslado de Liquidación

NILVIO SALAZAR GOYES

auto_que_liquida_nilvio_salazar_goyes.pdf

ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo del señor NILVIO SALAZAR GOYES, identificada con Cédula de ciudadanía No. 13.014.647, dentro del proceso de cobro coactivo No. 023-2020.

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO ($782.278) MDA/CTE, por la obligación contenida en el Acta de Compromiso historia socio familiar No. 1080706699 del 08 de octubre de 2019, celebrada en la Defensoría de Familia del Centro Zonal Pasto Uno.

ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN N° 129 de 17 de diciembre de 2020 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE ERLINTO JAIME MORA ANDRADE". Prescripción

ERLINTO JAIME MORA ANDRADE

resolucion_ndeg129_prescripcion_erlinto_jaime_mora_andrade.pdf

ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de ERLINTO JAIMEMORA ANDRADE identificado con cédula de ciudadanía No. 87.530.826, por la obligación contenida en la sentencia No. 085 proferida dentro del proceso de filiación extramatrimonial, por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia Santander de Quilichao Cauca, el día 5 de septiembre de 2014, por valor de CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y CINCO PESOS ($ 437.165) MDA/CTE. más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto.

ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo número 006-2014 que se adelanta en contra ERLINTO JAIME MORA ANDRADE, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.530.826.

ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios.

Regional Nariño
AUTO DE 14 DE DICIEMBRE DE 2020 " POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2018-038, en contra de OLMEDO FABIO MORA" Deja en Firme Liquidación

OLMEDO FABIO MORA

auto_que_aprueba_liquidacion_olmedo_fabio_mora.pdf

ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 038-2018, entablado en contra del señor OLMEDO FABIO MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 97.435.220 y determinado mediante auto de fecha 24 de marzo de 2020, por valor total de NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($964.753) MDA/CTE.

ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.

ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, OLMEDO FABIO MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 97.435.220, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN N° 122 de 26 de noviembre de 2020 “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO N°2020-025 SEGUIDO EN CONTRA DE ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO" Orden de Ejecución

ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO

resolucion_ndeg122_-_orden_de_ejecucion_elvia_patricia_barrios_criollo.pdf

ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.971.741, por la obligación pendiente de pago por concepto de la obligación contenida en la sentencia proferida dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2009-00051, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Unión – Nariño, el día 11 de febrero de 2020.

ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional.

ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso

Regional Nariño
AUTO DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2020 " POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2019-011, en contra de ESTIVEN ADRIAN RAMIREZ PATIÑO" Deja en Firme Liquidación

ESTIVEN ADRIAN RAMIREZ PATIÑO

auto_que_aprueba_liquidacion_estiven_adrian_ramirez_patino.pdf

ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 011-2019, entablado en contra del señor ESTIVEN ADRIAN RAMIREZ PATIÑO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085. 924.192 y determinado mediante auto de fecha 28 de julio de 2020, por valor total de PESOS ($824.805) MDA/CTE.

ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.

ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR a la ejecutada ESTIVEN ADRIAN RAMIREZ PATIÑO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.924.192, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.

Regional Nariño
AUTO DE 14 DE DICIEMBRE DE 2020 " POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2018-033, en contra de CAMILO ANDRES RIVAS SANTACRUZ" Deja en Firme Liquidación

CAMILO ANDRES RIVAS SANTACRUZ

auto_que_aprueba_liquidacion_camilo_andres_rivas_santacruz.pdf

ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 033-2018, entablado en contra del señor CAMILO ANDRES RIVAS SANTACRUZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.338.831 y determinado mediante auto de fecha 24 de marzo de 2020, por valor total de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y SEIS PESOS ($486.056) MDA/CTE.

ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.

ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, CAMILO ANDRES RIVAS SANTACRUZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.338.831, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN N° 131 de 17 de noviembre de 2020 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°035-2015 en contra de LEIDER MERA CUACES Y CARMEN ALICIA RUANO ESTRADA" Terminación del Proceso

LEIDER MERA CUACES Y CARMEN ALICIA RUANO ESTRADA

resolucion_ndeg131_remisibilidad_leider_mera_cuaces_y_carmen_alicia_ruano_estrada.pdf

ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en el Acta de Acuerdo Nro. 064 del 01 de septiembre de 2011, proferida por la Defensora de Familia del Centro Zonal Túquerres, por concepto del valor de la prueba de ADN, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo 035-2015 adelantado en contra de LEIDER MERA CUACES, identificado con CC. No. 13.067.461 y CARMEN ALICIA RUANO ESTRADA, identificada con CC No. 59.651.480, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo 035-2015, adelantado en contra de LEIDER MERA CUACES, identificado con CC. No. 13.067.461 y CARMEN ALICIA RUANO ESTRADA, identificada con CC No. 59.651.480, por la obligación contenida en el Acta de Acuerdo Nro. 064 del 01 de septiembre de 2011, proferida por la Defensora de Familia del Centro Zonal Túquerres, por concepto del valor de la prueba de ADN, por la suma de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS ($ 150.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.

Regional Nariño
AUTO DE 10 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-003 EN CONTRA DE ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA" Traslado de Liquidación

ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA

auto_que_liquida_andres_felipe_barrera.pdf

ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo del señor ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA, identificado con Cédula de ciudadanía No. 1.085.264.047, dentro del proceso de cobro coactivo No. 003-2020.

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SESENTA PESOS ($ 858.060) MDA/CTE, por la obligación contenida en el Acta de Acuerdo No. 0020 de Realización de Prueba de Genética de ADN, historia de atención No. 1080705047, del 25 de junio de 2019, llevada a cabo en la Defensoría de Familia del Centro Zonal Pasto Uno.

ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.

Regional Nariño
AUTO DE 23 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-024 EN CONTRA DE MIGUEL EDUARDO BENAVIDES CORDOBA" Deja en Firme Liquidación

MIGUEL EDUARDO BENAVIDES CORDOBA

auto_que_aprueba_liquidacion_miguel_eduardo_benavifdes_cordoba.pdf

ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 024-2020, entablado en contra del señor MIGUEL
EDUARDO BENAVIDES CORDOBA, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.977.553 y determinado mediante auto de fecha O9 de noviembre de 2020, por valor total de
SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($782.278) MDA/CTE.

ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.

ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, MIGUEL EDUARDO BENAVIDES CORDOBA, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.977.553, advirtiéndole que contra el
presente Auto NO procede recurso.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN N° 101 DE 03 DE NOVIEMBRE DE 2020 " POR MEDIO DE LA CUAL SE DA POR TEMINADO UN PROCESO, SE LEVANTAN MEDIDAS CAUTELARES Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL PROCESO N°2020-018 EN CONTRA DE DANIELA MARISOL CAEZ DELGADO" Terminación del Proceso

DANIELA MARISOL CAEZ DELGADO

resolucion_ndeg101_terminacion_proceso_daniela_marisol_caez.pdf

ARTICULO PRIMERO: DAR POR TERMINADO el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Nro. 018-2020 seguido en contra de la señora DANIELA MARISOL CAEZ DELGADO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.328.663, por concepto de Acta de Acuerdo No. 0046 de Realización de Prueba Genética de ADN Historia de Atención No. 1.082.631.235, de fecha 30 de septiembre de 2019, en donde se llega al siguiente acuerdo y la Audiencia de Lectura de Resultados Prueba Genética de fecha 15 de enero de 2020.

ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR el levantamiento de medidas Cautelares surtidas dentro del asunto de conocimiento.

ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°115 DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO COACTIVO RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2014-044 EN CONTRA DE ALIER EDUARDO LARA PANTOJA" Prescripción

ALIER EDUARDO LARA PANTOJA

resolucion_ndeg115_-_prescripcion_alier_eduardo_lara_pantoja.pdf

ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de ALIER EDUARDO LARA PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.672.042, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 088, proferida por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia del Circuito de Ipiales -Nariño, el día 30 de diciembre de 2011, por valor de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS MDA/CTE ($450.000) MADA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley correspondientes a los aportes parafiscales causados y dejados de cancelar, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto.

ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo número 044-2014 que se adelanta en contra de ALIER EDUARDO LARA PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.672.042.

ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios.

Regional Nariño
Resolución No. 019 del 3 de agosto de 2020 Mandamiento de Pago

CRISTIAN CAMILO ECHEVERRY GUTIERREZ

resolucion_019_2020_resolucionquelibramandamientodepago_juan_de_la_constancia_solo_urbanex.pdf

Resolución No. 019 del 3 de agosto de 2020 por medio del cual se libra mandamiento de pago

Regional Antioquia
Resolución No. 014 del 10 de marzo de 2020 Mandamiento de Pago

JOSE ORLADON LONDOÑO VILLA

resolucion_014_2020_resolucionquelibramandamientodepago.pdf

Resolución No. 014 del 10 de marzo de 2020por medio de la cual se libra mandamiento de pago

Regional Antioquia
RESOLUCION # 275 Terminación del Proceso

MARLY HEREDIA PALOMINO CC 52812218

marly_heredia_palomino_proceso_1390.pdf

POR MEDIO DE LA CUAL SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 275 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020 POR MEDI DE LA CUAL SE RECLARA REMISION DE LA OBLIGACION

Regional Huila
RESOLUCION # 274 Terminación del Proceso

MARIA YORMARY RODRIGUEZ CC 1075243213

maria_yormary_rodriguez_proceso_1389.pdf

POR MEDIO DE LA CUAL SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 274 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020 POR MEDI DE LA CUAL SE RECLARA REMISION DE LA OBLIGACION

Regional Huila
Resolucion # 272 Terminación del Proceso

DANIELA ANDREA VELASQUEZ CC 97062622559

daniela_andrea_velasquez_proceso_1388.pdf

POR MEDIO DE LA CUAL SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 272 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020 POR MEDI DE LA CUAL SE RECLARA REMISION DE LA OBLIGACION

Regional Huila
RESOLUCION # 263 Terminación del Proceso

EDGAR ARMANDO MAHECHA CC 1072026097

edgar_armando_mahecha_proceso_1370.pdf

POR MEDIO DE LA CUAL SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 263 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020 POR MEDI DE LA CUAL SE RECLARA REMISION DE LA OBLIGACION

Regional Huila
RESOLUCION # 262 Terminación del Proceso

MAYERLY FERNANDA PERDOMO CC 94091711274

mayerly_fernanda_perdomo_proceso_1368.pdf

POR MEDIO DE LA CUAL SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 262 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020 POR MEDI DE LA CUAL SE RECLARA REMISION DE LA OBLIGACION

Regional Huila
RESOLUCION # 264 Terminación del Proceso

HOLMAN ALBEIRO BARRIOS PERDOMO CC 83221977

holman_albeiro_barrios_proceso_1371.pdf

POR MEDIO DE LA CUAL SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 264 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020 POR MEDI DE LA CUAL SE RECLARA REMISION DE LA OBLIGACION

Regional Huila
RESOLUCION # 265 Terminación del Proceso

MARTHA CECILIA ECHEVERRIA CC 36380593

martha_ceciliaecheverria_proceso_1374.pdf

POR MEDIO DE LA CUAL SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 265 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020 POR MEDI DE LA CUAL SE RECLARA REMISION DE LA OBLIGACION

Regional Huila
Resolución No. 017 del 14 de julio de 2020 Mandamiento de Pago

DANIEL ANTONIO GONZALEZ TORO

resolucion_017_2020_resolucionquelibramandamientodepago.pdf

Resolución No. 017 del 14 de julio de 2020 por medio del cual se libra mandamiento de pago

Regional Antioquia
RESOLUCION # 270 Terminación del Proceso

JHON HAROLD RODRIGUEZ GUZMAN CC 7713614

jhon_harold_rodriguez_proceso_1384.pdf

POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION 270 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO

Regional Huila
Resolución No. 021 del 3 de agosto de 2020 Mandamiento de Pago

WILLIAM DE JESUS RIOS GUARIN

resolucion_021_2020_resolucionquelibramandamientodepago.pdf

Resolución No. 021 del 3 de agosto de 2020 por medio del cual se libra mandamiento de pago

Regional Antioquia
RESOLUCION # 269 Terminación del Proceso

JOSE JAVIER TORRES CC 12277889

jose_javier_torres_proceso_1381.pdf

POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION 269 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO

Regional Huila
Resolucion 268 Terminación del Proceso

OMAR GERMAN AREVALO CORAL CC 12282047

omar_german_arevalo_proceso_1380.pdf

POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION 268 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO

Regional Huila
RESOLUCION # 267 Terminación del Proceso

YOVANY URAZAN CUELLAR CC 7 706103

yovany_urazan_cuellar_proceso_1379.pdf

POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION 267 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO

Regional Huila
RESOLUCION # 267 Terminación del Proceso

YOVANY URAZAN CUELLAR CC 7 706103

yovany_urazan_cuellar_proceso_1379.pdf

POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION 267 DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2020, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO

Regional Huila