Autorización para la venta de bienes inmuebles de propiedad de niños, niñas y adolescentes
¿De qué se trata?
Es la autorización del trámite para la venta de inmuebles que son propiedad de los niños, niñas y adolescentes, los cuales serán destinados a los planes y programas de reforma urbana, de acuerdo con el Artículo 16 de la Ley 9 de 1989.
Dirigido a niños, niñas y adolescentes propietarios de bienes inmuebles.

¿Quién puede adelantarlo?
Padres o representantes legales de los niños, niñas y adolescentes.

¿A dónde dirigirse?

Cobertura
¿Qué documentos se deben presentar?
- Solicitud de autorización para la venta del inmueble al defensor de familia (original en el caso de ser escrita). Anotaciones adicionales: la solicitud puede ser verbal o escrita.
- Copia del registro civil de nacimiento del niño, niña o adolescente y tarjeta de identidad si es mayor de 7 años.
- Copia de escritura pública de adquisición del inmueble.
No obstante, en ningún caso se exigirá la presentación de los anteriores documentos como requisito para recibir la atención inicial, ni podrá ser condicionante para la prestación del servicio.


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