Terminación del Proceso

NOTIFICACIÓN TERMINACIÓN DEL PROCESO

Código del proceso
013-2020
Destinatario
MANUEL MARCIALES ESPEJO
Tipo de notificación
Descripción
NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN Y SE DA POR TERMINADO EL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 013-2020
Fecha fijación

NOTIFICACIÓN TERMINACIÓN PROCESO

Código del proceso
032-2020
Destinatario
JORGE ENRIQUE MACHETA ALFONSO
Tipo de notificación
Descripción
NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN Y SE DA POR TERMINADO EL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 032-2020
Fecha fijación

NOTIFICACIÓN TERMINACIÓN DEL PROCESO

Código del proceso
018-2020
Destinatario
OSCAR HUMBERTO GÓMEZ SÁNCHEZ - JAIME MEDINA TEATIN
Tipo de notificación
Descripción
NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN No. 006 de 2022, POR MEDIO DE LA CUAL SE TERMINA UN PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO
Fecha fijación

Resolución N°00507 “Por la cual se declara la inexistencia probada del deudor y se depuran los registros contables, respecto de las obligaciones a cargo de la SALUD CONDOR S.A. EN LIQUIDACION” identificada con NIT. 814.000.608-0"

Código del proceso
814.000.608-0
Destinatario
SALUD CONDOR S.A. EN LIQUIDACION
Tipo de notificación
Descripción
EL DIRECTOR REGIONAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR-REGIONAL NARIÑO, en uso de las atribuciones constitucionales y legales y en cumplimiento de la Ley 1066 de 2006, artículo 5 del Decreto 1227 de 2013, Decreto 445 de 2017 en su artículo 2.5.6.3. que adiciona el título 6 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020, proferida por la Dirección General del ICBF y demás disposiciones y normas concordantes, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR la inexistencia probada del deudor ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SALUD CONDOR S.A EN LIQUIDACIÓN, identificada con Nit. 814.000.608-0, dada la terminación del proceso concursal en el que se encontraba inmerso y la cancelación de la matrícula mercantil. ARTÍCULO SEGUNDO: DEPURAR los registros contables a cargo del deudor ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SALUD CONDOR S.A EN LIQUIDACIÓN, identificada con Nit. 814.000.608-0, por valor de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS PESOS ($9.623.626) MDA/CTE, por capital por concepto aportes parafiscales y por valor de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS PESOS ($6.878.926) MDA/CTE, por capital por concepto de atención en salud, más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTICULO TERCERO: COMUNÍCAR la presente decisión a la Coordinación del Grupo Financiero del ICBF Regional Nariño para que proceda con la cancelación de los registros contables de las obligaciones originadas por concepto de aportes parafiscales por valor de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS PESOS ($9.623.626) MDA/CTE, por capital y atención en salud por valor de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS PESOS ($6.878.926) MDA/CTE, que tenga a cargo la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SALUD CONDOR S.A. EN LIQUIDACIÓN identificada con Nit. 814.000.608-0, más los intereses moratorios que se hubieran generado. ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo en la página Web de la Entidad. ARTICULO QUINTO: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCIÓN N°007 DE 31 DE ENERO DE 2022 " POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2016-048 A NOMBRE DE CELIMO GARZÓN MENESES"

Código del proceso
2016-048
Destinatario
CELIMO GARZÓN MENESES
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF”, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2002-168, proferida por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Túquerres, el día 29 de diciembre de 2011, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 043-2016 adelantado en contra de CELIMO GARZON MAENESES, identificado con C.C. No. 98.393.124, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 030-2016, adelantado en contra de CELIMO GARZON MENESES, identificado con C.C. No. 98.393.124, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2002-168, proferida por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Túquerres, el día 29 de diciembre de 2011, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 450.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño. ARTÍCULO
Fecha fijación

ACTO ADMINISTRATIVO POR LA CUAL SE TERMINA EL PROCESO POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACION

Código del proceso
1305-2015
Destinatario
ALFONSO ORTIZ DURA
Tipo de notificación
Descripción
ACTO ADMINISTRATIVO POR LA CUAL SE TERMINA EL PROCESO POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACION
Ubicación
Fecha fijación

ACTO ADMINISTRATIVO POR LA CUAL SE TERMINA EL PROCESO POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACION

Código del proceso
1334-2016
Destinatario
ALVIN JEZID CAMARGO VELASQUEZ
Tipo de notificación
Descripción
ACTO ADMINISTRATIVO POR LA CUAL SE TERMINA EL PROCESO POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACION
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCIÓN N°003 DE 28 DE ENERO DE 2022 " POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2016-055 en contra de WILSON FABIAN MORA CUCAS"

Código del proceso
2016-055
Destinatario
WILSON FABIAN MORA CUCAS
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF”, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA REMISIBILIDAD en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de WILSON FABIAN MORA CUCAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.136.986, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2015-0077 de 16 de diciembre de 2015, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres; por valor de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($ 492.660) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y correspondientes a los aportes parafiscales causados y dejados de cancelar, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto. ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo No. 055-2016, que se adelanta en contra de WILSON FABIAN MORA CUCAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.136.986. ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios.
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCIÓN N°005 DE 31 DE ENERO DE 2022 "POR LA CUAL DECLARA LA REMISIBILIDAD, dentro del proceso N°2016-062 en contra de MANUEL OMAR CHARFUELAN CEBALLOS"

Código del proceso
2016-062
Destinatario
MANUEL OMAR CHARFUELAN CEBALLOS
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF”, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2013-0049, proferida por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia del Circuito de Ipiales, el día 19 de febrero de 2014, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 062-2016 adelantado en contra de MANUEL OMAR CHARFUELAN CEBALLOS, identificado con C.C. No. 98.341.014, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 062-2016, adelantado en contra de MANUEL OMAR CHAFUELAN CEBALLOS, identificado con C.C. No. 98.341.014, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2013-0049, proferida por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia del Circuito de Ipiales, el día 19 de febrero de 2014, por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS PESOS ($ 356.216) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
Ubicación
Fecha fijación