Notifica por página WEB ya que las citaciones y notificaciones enviadas por correo certificado fueron devueltas, por desconocido, no reclamadas, traslado y no se conoce domicilio actual del deudor. Artículo 568. Estatuto Tributario
POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE JOSE FERNANDO CALDERON GALEANO Identificado (a) con la cédula de ciudadanía 4.461.034, DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO No.66-JC-260-2017
POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE MILLER FREDY BETANCOURTH VELASQUEZ, IDENTIFICADO CON CC. 10.015.373, DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO No.66-JC-258-2017
RESOLUCION 001 POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE MAURICIO RESTREPO OSORIO, IDENTIFICADO CON CC. 1.004.
767.894, DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO No.66-JC-257-2017
“POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN A CARGO DE JESUS GOMEZ DIAZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANIA NO. 13.830.793
CONTENIDA EN LA SENTENCIA CON RADICADO 2012-171 DE FECHA 12/10/2012, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 1532-2017”
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en el
acuerdo de Pago Dictamen- Estudio Genético de Filiación H.A. No.1080065245, de fecha 07 de marzo de 2017 y en el Acta de Lectura de Resultado Dictamen-Estudio Genético de Filiación, firmados en la Defensoría de Familia del Centro Zonal Pasto Uno el día 20 de junio de 2017 y el 07 de marzo de 2017, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 2017-043 adelantado en contra de JOSE JAIME PARRA MONTENEGRO, identificado con CC No. 1.085.259.957, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 2017-043, adelantado en contra de JOSE JAIME PARRA MONTENEGRO, identificado con CC. No. 1.085.259.957, por la obligación contenida en Acuerdo de Pago Dictamen- Estudio Genético de Filiación H.A. No.1080065245, de fecha 07 de marzo de 2017 y en el Acta de Lectura de Resultado Dictamen-Estudio Genético de Filiación, firmados en la Defensoría de Familia del Centro Zonal Pasto Uno el día 20 de junio de 2017 y el 07 de marzo de 2017, por la suma de TRESCIENTOS UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS ($301.632) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran
generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
“POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN A CARGO DELUIS ENRIQUE TORRES VANEGAS IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANIA NO.
77.104.380 CONTENIDA EN LA SENTENCIA CON RADICADO 2015-00064 DE FECHA 13/10/2015, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 1574-2017”
POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN A CARGO DE YORVI GELVES SUAREZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANIA NO. 13.925.292
CONTENIDA EN LA SENTENCIA CON RADICADO 2011-00253 DE FECHA 12 FEBRERO DEL 2013, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 1492-2017
Resolución por medio de la cual se decreta la terminacion del proceso No 977-2019 por Costo-Beneficio respecto de la obligación a cargo de Mario de Jesus Agudelo Sanchez