Regional Nariño

AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-005 EN CONTRA DE ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES"

Código del proceso
2020-005
Destinatario
ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 023-2020, entablado en contra del señor ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES, identificada con NIT. 800.073.748-5 y determinado mediante auto de fecha 25 de septiembre de 2020, por valor total de CIENTO CINCUENTA MIL TRESCIENTOS DIECISEIS PESOS ($150.316) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, ASOCIACION DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES, identificado con NIT. 800.073.748-5, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
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Fecha fijación

AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-023 EN CONTRA DE NILVIO SALAZAR GOYES"

Código del proceso
2020-023
Destinatario
NILVIO SALAZAR GOYES
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 023-2020, entablado en contra del señor NIKLVIO SALAZAR GOYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.014.647 y determinado mediante auto de fecha 10 de diciembre de 2020, por valor total de SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($782.278) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, NILVIO SALAZAR GOYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.014.647, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
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RESOLUCIÓN N° 120 de 23 de noviembre de 2020 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°2014-106 en contra de LUIS ALBERTO BURBANO"

Código del proceso
2014-106
Destinatario
LUIS ALBERTO BURBANO
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia proferida dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2008-182, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres el día 13 de julio de 2010, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No.106-2014 adelantado en contra de LUIS ALBERTO BURBANO, identificado con CC No.5.527.600, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 106-2014, adelantado en contra de LUIS ALBERTO BURBANO, identificado con CC. No.5.527.600, por la obligación contenida en la sentencia proferida dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2008-182 la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2012-074, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres, el día 13 de julio de 2010, por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($750.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
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RESOLUCIÓN N° 121 de 23 de noviembre de 2020 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°2014-063 en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA"

Código del proceso
2014-063
Destinatario
CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial proferida dentro del proceso No. 2011-00073, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego-Nariño, el día 3 de agosto de 2012, por concepto del valor de la prueba de ADN, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 063-2014 adelantado en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA, identificado con CC No. 87.405.087, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo 063-2014, adelantado en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA, identificado con CC. No. 87.405.087, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial proferida dentro del proceso No. 2011-00073, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego-Nariño, el día 3 de agosto de 2012, por concepto del valor de la prueba de ADN, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 450.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCIÓN N° 121 de 23 de noviembre de 2020 “POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°2014-063 en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA"

Código del proceso
2014-063
Destinatario
CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial proferida dentro del proceso No. 2011-00073, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego-Nariño, el día 3 de agosto de 2012, por concepto del valor de la prueba de ADN, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 063-2014 adelantado en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA, identificado con CC No. 87.405.087, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo 063-2014, adelantado en contra de CARLOS HECTOR BENAVIDES IBARRA, identificado con CC. No. 87.405.087, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial proferida dentro del proceso No. 2011-00073, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego-Nariño, el día 3 de agosto de 2012, por concepto del valor de la prueba de ADN, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 450.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
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Fecha fijación

AUTO DE 04 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-021 EN CONTRA DE KAROL HIGINIO DIAZ CORAL"

Código del proceso
2020-021
Destinatario
KAROL HIGINIO DIAZ CORAL
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso. ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo del señor KAROL HIGINIO DIAZ, identificado con Cédula de ciudadanía No. 1.085.256.933, dentro del proceso de cobro coactivo No. 021-2020. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA PESOS ($ 787.130) MDA/CTE, por concepto del crédito y costas procesales a cargo de KAROL HIGINIO DIAZ CORAL, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.256.933. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
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RESOLUCION Nro. 148 de 28 de diciembre de 2020 "POR LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO DENTRO DEL PROCESO 2014-114 SEGUIDO EN CONTRA DE LUIS GONZALO CHECA MUÑOZ"

Código del proceso
2014-114
Destinatario
LUIS GONZALO CHECA MUÑOZ
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora del ICBF Regional Nariño a una servidora pública. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de LUIS GONZALO CHECA MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía No.1.085.258.983, por la obligación contenida la sentencia proferida dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2009-00406-00, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz-Nariño, el día 31 de marzo de 2011, por valor de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto. ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo número 114-2014 que se adelanta en contra de LUIS GONZALO CHECA MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.258.983. ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios.
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AUTO DE 17 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-012 EN CONTRA DE PAULO ELISEO ROMO CASTILLO"

Código del proceso
2020-012
Destinatario
PAULO ELISEO ROMO CASTILLO
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 012-2020, entablado en contra del señor PAULO ELISEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774 y determinado mediante auto de fecha O9 de noviembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($821.633) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, PAULO ELIESEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Ubicación
Fecha fijación

AUTO DE 17 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-012 EN CONTRA DE PAULO ELISEO ROMO CASTILLO"

Código del proceso
2020-012
Destinatario
PAULO ELISEO ROMO CASTILLO
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 012-2020, entablado en contra del señor PAULO ELISEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774 y determinado mediante auto de fecha O9 de noviembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($821.633) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, PAULO ELIESEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Ubicación
Fecha fijación

AUTO DE 15 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-004 EN CONTRA DE DIANA STEPHANIA ASCUNTAR LÓPEZ"

Código del proceso
2020-004
Destinatario
DIANA STEPHANIA ASCUNTAR LÓPEZ
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la señora DIANA STEPHANIA ASCUNTAR LOPEZ, identificada con Cédula de ciudadanía No.1.085.317.048, dentro del proceso de cobro coactivo No. 004-2020. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($471.294) MDA/CTE, por concepto de la obligación contenida en el Acta de notificación de Dictamen – Estudio Genético de Filiación compromiso pago prueba genética de ADN Historia de Atención Nro.1080699575 SIM 25937989, celebrada en la Defensoría de Familia del Centro Zonal Pasto Uno, el día 12 de noviembre de 2019. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
Ubicación
Fecha fijación