Regional Nariño

RESOLUCION 070-2023 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCION DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO RESPECTO DE LA OBLIGACION A CARGO DE LA FUNDACION DEJANDO HUELLA NIT 900.249.994-0 Y SE DECLARARA LA TERMINACION DEL PROCESO No. 024-2018".

Código del proceso
024-2018
Destinatario
FUNDACION DEJANDO HUELLA NIT 900.249.994-0
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora del ICBF Regional Nariño a una servidora pública. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de la FUNDACION DEJANDO HUELLA, identificado con NIT. 900.149.994-0, por la obligación contenida en la Resolución No. 03733 del 05 de diciembre de 2016, emanada de la Dirección del ICBF Regional Nariño, “Por la cual se declara el incumplimiento parcial se declara el siniestro y se hace efectiva la cláusula penal pecuniaria, en el marco del Contrato de Aporte N. 620 de 2014, suscrito entre la FUNDACION DEJANDO HUELLA, identificada con Nit. 900.249.994-0 y el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR”; por valor de DOSCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES SETECIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS ($231.713.689) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y correspondientes a los aportes parafiscales causados y dejados de cancelar, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto. ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo No. 024-2018, que se adelanta en contra de FUNDACION DEJANDO HUELLA, identificada con NIT. 900.249.994-0. ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario Nacional. ARTÍCULO QUINTO: COMUNÍQUESE la presente decisión a la Coordinación del Grupo Financiero de la Regional Nariño para que proceda con la cancelación del registro contable correspondiente. ARTÍCULO SEXTO: REMÍTASE copia de la presente Resolución al Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario, para lo de su competencia. ARTÍCULO SEPTIMO: ARCHÍVESE el expediente y háganse las anotaciones respectivas.
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCION 070-2023 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCION DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO RESPECTO DE LA OBLIGACION A CARGO DE LA FUNDACION DEJANDO HUELLA NIT 900.249.994-0 Y SE DECLARARA LA TERMINACION DEL PROCESO No. 024-2018".

Código del proceso
024-2018
Destinatario
FUNDACION DEJANDO HUELLA NIT 900.249.994-0
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora del ICBF Regional Nariño a una servidora pública. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de la FUNDACION DEJANDO HUELLA, identificado con NIT. 900.149.994-0, por la obligación contenida en la Resolución No. 03733 del 05 de diciembre de 2016, emanada de la Dirección del ICBF Regional Nariño, “Por la cual se declara el incumplimiento parcial se declara el siniestro y se hace efectiva la cláusula penal pecuniaria, en el marco del Contrato de Aporte N. 620 de 2014, suscrito entre la FUNDACION DEJANDO HUELLA, identificada con Nit. 900.249.994-0 y el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR”; por valor de DOSCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES SETECIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS ($231.713.689) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y correspondientes a los aportes parafiscales causados y dejados de cancelar, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto. ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo No. 024-2018, que se adelanta en contra de FUNDACION DEJANDO HUELLA, identificada con NIT. 900.249.994-0. ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario Nacional. ARTÍCULO QUINTO: COMUNÍQUESE la presente decisión a la Coordinación del Grupo Financiero de la Regional Nariño para que proceda con la cancelación del registro contable correspondiente. ARTÍCULO SEXTO: REMÍTASE copia de la presente Resolución al Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario, para lo de su competencia. ARTÍCULO SEPTIMO: ARCHÍVESE el expediente y háganse las anotaciones respectivas.
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Fecha fijación

RESOLUCION No. 071-2023 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCION DE COBRO ADMINISTRATIVOCOACTIVO RESPECTO DE LA OBLIGACION A CARGO DE LA FUNDACION DEJANDO HUELLA NIT 900.249.994-0 Y SE DECÑLARA LA TERMINACION DEL PROCESO No.025-2018".

Código del proceso
025-2018
Destinatario
FUNDACION DEJANDO HUELLA NIT 900.249.994-0
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora del ICBF Regional Nariño a una servidora pública. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de la FUNDACION DEJANDO HUELLA, identificado con NIT. 900.149.994-0, por la obligación contenida en la Resolución No. 03737 del 05 de diciembre de 2016, emanada de la Dirección del ICBF Regional Nariño, “Por la cual se declara el incumplimiento parcial se declara el siniestro y se hace efectiva la cláusula penal pecuniaria, en el marco del Contrato de Aporte N. 622 de 2014, suscrito entre la FUNDACION DEJANDO HUELLA, identificada con Nit. 900.249.994-0 y el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR”; por valor de TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL Y SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($346.749.759) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y correspondientes a los aportes parafiscales causados y dejados de cancelar, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto. ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo No. 2018-024, que se adelanta en contra de FUNDACION DEJANDO HUELLA, identificada con NIT. 900.249.994-0. ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE la presente Resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario Nacional. ARTÍCULO QUINTO: COMUNÍQUESE la presente decisión a la Coordinación del Grupo Financiero de la Regional Nariño para que proceda con la cancelación del registro contable correspondiente. ARTÍCULO SEXTO: REMÍTASE copia de la presente Resolución al Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario, para lo de su competencia. ARTÍCULO SEPTIMO: ARCHÍVESE el expediente y háganse las anotaciones respectiva
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RESOLUCION No. 073-2023"POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No. 010-2023"

Código del proceso
10-2023
Destinatario
YÉLIBER ARBEY MUÑOZ DIAZ CC No. 1.088.976.686
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESULEVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 010-2023 seguido contra del señor YÉLIBER ARBEY MUÑOZ DIAZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.976.686, por la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS ($393.343)MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR a la ejecutada al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 010 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor YÉLIBER ARBEY MUÑOZ DIAZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.976.686 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
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RESOLUCION No. 074-2023 "Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del Proceso No. 009-2023 seguido en contra de Brandon Eduardo Castro Erazo

Código del proceso
009-2023
Destinatario
BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO CC No. 1.085.662.295
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 009-2023 seguido contra del señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondiente a capital más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 009 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
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Fecha fijación

RESOLUCION No. 074-2023 "Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del Proceso No. 009-2023 seguido en contra de Brandon Eduardo Castro Erazo

Código del proceso
009-2023
Destinatario
BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO CC No. 1.085.662.295
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 009-2023 seguido contra del señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondiente a capital más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 009 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Ubicación
Fecha fijación

RESOLUCION No. 074-2023 "Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del Proceso No. 009-2023 seguido en contra de Brandon Eduardo Castro Erazo

Código del proceso
009-2023
Destinatario
BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO CC No. 1.085.662.295
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 009-2023 seguido contra del señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondiente a capital más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 009 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Ubicación
Fecha fijación