Resolución 2017-048 del 30 de agosto de 2017. Por la cual se libra mandamiento de pago dentro del proceso de jurisdicción coactiva No.2017-017 en contra del señor JAIME HERNEY AÑASCO RUIZ, identificado con cédula número 1063806224. dentro del término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00384 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario.
Traslado de la liquidación del Crédito y Costas procesales del Auto del 11 de octubre de 2016, por el termino de tres (3) días, para que formule las objeciones que a bien tenga y aporte las pruebas que estime necesarias, de conformidad al 2o inciso art. 35 Resolución ICBF Nro. 384/2008.
Traslado de la liquidación del Crédito y Costas procesales del Auto del 11 de octubre de 2016, por el termino de tres (3) días, para que formule las objeciones que a bien tenga y aporte las pruebas que estime necesarias, de conformidad al 2o inciso art. 35 Resolución ICBF Nro. 384/2008.
Traslado de la liquidación del Crédito y Costas procesales del Auto del 11 de octubre de 2016, por el termino de tres (3) días, para que formule las objeciones que a bien tenga y aporte las pruebas que estime necesarias, de conformidad al 2o inciso art. 35 Resolución ICBF Nro. 384/2008.
Traslado de la liquidación del Crédito y Costas procesales del Auto del 11 de octubre de 2016, por el termino de tres (3) días, para que formule las objeciones que a bien tenga y aporte las pruebas que estime necesarias, de conformidad al 2o inciso art. 35 Resolución ICBF Nro. 384/2008.