APROBACIÓN LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO
Código del proceso
002-2012
Destinatario
HERLINGTON RAMOS SUAREZ
Tipo de notificación
Descripción
AUTO del 06 de SEPTIEMBRE de 2018.
“Por medio del cual se aprueba la Liquidación del Crédito dentro de un Proceso Administrativo de Cobro Coactivo”
Referencia:
Proceso: 002-2012
Demandado: HERLINGTON RAMOS SUAREZ
C.C. No 94.493.267
La funcionaria ejecutor de la Oficina de Cobro Administrativo Coactivo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – Regional Amazonas, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, establecidas en el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, articulo 98 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, articulo 837 del Estatuto Tributario, articulo 38 y siguientes de la Resolución No 0384 del 11 de febrero de 2008, Resolución No 2934 del 17 de julio de 2009, proferida por la Direccion General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y en especial las conferidas en la resolución No 256 del 20 de marzo de 2018, proferida por la Direccion Regional – Amazonas del ICBF.
CONSIDERANDO
Mediante Auto de fecha 25 de julio de 2018, se liquidó el crédito dentro del proceso de la referencia, por un valor de total de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($1.537.334).
Que el mencionado Auto se Notificó por AVISO a través de la página web del ICBF al señor HERLINGTON RAMOS SUAREZ identificado con cedula de ciudadanía No 94.493.267, el día 25 de julio de 2018, toda vez que no se tiene dirección física de notificación tal y como consta en el aviso que obra en el expediente.
Que el día 31 de julio de 2018, venció el término para objetar la liquidación del crédito: teniendo en cuenta que la liquidación del crédito no fue objetada y la misma se encuentra ajustada a derecho, se imparte su aprobación, de conformidad con el artículo 836-1 del Estatuto Tributario.
En mérito de lo expuesto:
RESUELVE
PRIMERO: aprobar en todas y cada una de sus partes, la liquidación del crédito realizada mediante auto de fecha 25 de julio de 2018, por la suma de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($1.537.334).
SEGUNDO: contra este auto NO procede recurso alguno, de acuerdo al artículo 833-1 del Estatuto Tributario.
Ubicación
Fecha fijación



















