Fijación de custodia y cuidado personal
¿De qué se trata?
La custodia se refiere al cuidado personal de los niños, niñas y adolescentes, que por ley les corresponde a los padres y excepcionalmente a otros parientes. El defensor de Familia citará a los padres o parientes (de acuerdo con cada caso particular) a diligencia de conciliación, con el fin de determinar quién ostentará la custodia del niño, niña o adolescente.
Dirigido a niños, niñas y adolescentes.

¿Quién puede presentarlo?
Padres, representantes legales, parientes, el guardador o la persona que tenga bajo su cuidado al niño, niña o adolescente.

¿A dónde dirigirse?

Cobertura
¿Qué documentos se deben presentar?
- Original y copia del documento de identidad de las partes.
- Fotocopia del registro civil de nacimiento de los niños, niñas y adolescentes.
- Tarjeta de identidad para mayores de 7 años.
- Demás documentos que quieran hacer valer dentro de la audiencia.
No obstante, en ningún caso se exigirá la presentación de los anteriores documentos como requisito para recibir la atención inicial, ni podrá ser condicionante para la prestación del servicio.


Fuente de Información
- Concepto 10 de 2015
- Código de la Infancia y la Adolescencia
- Lineamiento Técnico Administrativo de Ruta de Actuaciones para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados, aprobado mediante Resolución No. 1526 del 23 de febrero de 2016 y modificado mediante resoluciones No. 7547 de julio 29 de 2016 y 8720 del 11 de julio de 2018.
- Ley 640 del 2001
No Más Filas
Consultar información del trámite priorizado: Garantía del derecho de alimentos, visitas y custodia en el sitio web: No Más Filas