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Auto No. 182 de 2026 Liquidación del Crédito Mauricio Arguello Buitrago 2022-009. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de MAURICIO ARGUELLO BUITRAGO identificado con la cédula de ciudadanía número 72.325.798, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2022-009. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON CIENTO CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS MCTE ($ 1.105.598) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de MAURICIO ARGUELLO BUITRAGO identificado con la cédula de ciudadanía número 72.325.798. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 181 de 2026 Liquidación del Crédito Jorge Luis López Álvarez 2021-015. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JORGE LUIS LÓPEZ ALVAREZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.052.384.896, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2021-015. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIEZ PESOS MCTE ($ 992.510) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de JORGE LUIS LÓPEZ ALVAREZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.052.384.896. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 213 de 2026 Liquidación crédito Julián Leandro Ruiz Wilches 2025-011.RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de JULIAN LEANDRO RUIZ WILCHES identificado con la cédula de ciudadanía número 1.002.367.606, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2025-011. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN PESO MCTE ($1.362.771) por concepto del crédito y costas procesales a cargo de JULIAN LEANDRO RUIZ WILCHES identificado con la cédula de ciudadanía número1.002.367.606. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
Auto No. 178 de 2026 Liquidación del Crédito Cesar Orlando López Bacca 2021-018. RESUELVE. PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de CESAR ORLANDO LÓPEZ BACCA identificado con la cédula número 23.595.901, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2021-018. SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de UN MILLON DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTIUN PESOS MCTE ($1.263.521) por concepto del crédito y costas administrativas a cargo de CESAR ORLANDO LÓPEZ BACCA identificado con la cédula número 23.595.901. TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.