El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.


Tipo de notificación
Fecha de Publicación
Ubicación
Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Notificación Orden de Ejecución - Res 026 de 2021 Orden de Ejecución

JERLINSON QUINTERO PAYARES

aviso_notificacion_ode_024-19.pdf

Notificación por Aviso de la Resolución N°026 del 26/11/2021, mediante la cual se libra Orden de Ejecución dentro del proceso RAD: 024-2019

Regional Bolívar
Notificación Orden de Ejecución - Res 028 de 2021 Orden de Ejecución

LIGIA INES RAMOS GONZALEZ

aviso_notificacion_ode_023-19.pdf

Notificación por Aviso de la Resolución N°028 del 01/12/2021, mediante la cual se libra Orden de Ejecución dentro del proceso RAD: 023-2019

Regional Bolívar
Notificación Orden de Ejecución - Res 027 de 2021 Orden de Ejecución

VICTOR ENRIQUE HERRERA ESCORCIA

aviso_notificacion_ode_022-19.pdf

Notificación por Aviso de la Resolución N°027 del 01/12/2021, mediante la cual se libra Orden de Ejecución dentro del proceso RAD: 022-2019

Regional Bolívar
Notificación Orden de Ejecución - Res 026 de 2021 Orden de Ejecución

JERLINSON QUINTERO PAYARES

aviso_notificacion_ode_024-19.pdf

Notificación por Aviso de la Resolución N°026 del 26/11/2021, mediante la cual se libra Orden de Ejecución dentro del proceso RAD: 024-2019

Regional Bolívar
RESOLUCIÓN N°107 DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRPCIÓN DEL PROCESO N°2016-009 en contra de YARIMA LIZETH CORTEZ" Prescripción

YARIMA LIZETH CORTES DAVILA

resolucion_ndeg107_prescripcion_yarima_lizeth_cortes_davila.pdf

La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora del ICBF Regional Nariño a una servidora pública y, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de YARIMA LIZETH CORTES DAVILA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.312.410, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2011-00391 proferida por el Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Pasto, el día 15 de enero de 2013; por valor de TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 300.000) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y correspondientes a los aportes parafiscales causados y dejados de cancelar, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto.

ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo No. 009-2016, que se adelanta en contra de YARIMA LIZETH CORTES DAVILA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.312.410.

ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°106 DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2021 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD dentro del proceso N°2016-008 en contra de AYDA CONSTANZA HERNÁNDEZ" Terminación del Proceso

AYDA CONSTANZA HERNÁNDEZ

resolucion_ndeg106_remisibilidad_ayda_constanza_hernandez.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF”, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-053, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres-Nariño, el día 07 de julio de 2014, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 008-2016 adelantado en contra de la señora AYDA CONSTANZA HERNANDEZ BASTIDAS, identificada con CC No. 37.011.993, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 008-2016, adelantado en contra de AYDA CONSTANZA HERNANDEZ BASTIDAS, identificado con CC. No. 37.011.993, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-053, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres-Nariño, el día 07 de julio de 2014, por la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS ($1.438.750) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.

Regional Nariño
ORDEN DE EJECUCIÓN Orden de Ejecución

FERNEY RODRIGUEZ TIQUE

resolucion_011_orden_de_ejecucion_12_-08-2021-1-2.pdf

A través de la presente publicación, se notifica al señor FERNEY RODRIGUEZ TIQUE, identificado con cedula de ciudadanía número 1.117.516.721, el contenido de la resolución No. 011 de fecha 12 de agosto de 2021, mediante la cual, se ordena seguir adelante con la ejecución dentro del procesos de cobros coactivo con radicado 041-2018.

Regional Caquetá
RESOLUCIÓN N°111 DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2021 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2016-034 a nombre de MARIA ESPERANZA BURGOS YELA" Terminación del Proceso

MARIA ESPERANZA BURGOS YELA

resolucion_ndeg111_remisibilidad_maria_esperanza_burgos_yela.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2006-0407, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Pasto- Nariño, el día 25 de junio de 2012, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 034-2016, adelantado en contra de MARIA ESPERANZA BURGOS YELA, identificado con CC No. 27.356.396, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 034-2016, adelantado en contra de MARIA ESPERANZA BURGOS YELA, identificada con CC. No. 27.356.396, por la obligación contenida la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2006-0407, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Pasto- Nariño, el día 25 de junio de 2012, por la suma de SEISCIENTOS TREINTA MIL PESOS ($ 630.000) MDA/CTE. concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°109 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2016-019 en contra de EDISSON ROMEIRO ORTEGA GOMEZ" Terminación del Proceso

EDISSON ROMEIRO ORTEGA GOMEZ

resolucion_ndeg109_remisibilidad_edison_romeiro_ortega_gomez.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF”, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2013-135, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres, el día 27 de octubre de 2014, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 019-2016 adelantado en contra de EDISON ROMEIRO ORTEGA GOMEZ, identificado con C.C. No. 98.139.252, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 019-2016, adelantado en contra de EDISON ROMEIRO ORTEGA GOMEZ, identificado con C.C. No. 98.139.252, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2013-135, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Túquerres, el día 27 de octubre de 2014, por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($ 492.660) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.

Regional Nariño
orden de ejecucion Orden de Ejecución

GERMAN RAUL AHUMADA SILVA

orden_de_ejecucion.pdf

SE NOTIFICA RESOLUCION POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO COACTIVO No 006-2021

Regional Cundinamarca
RESOLUCIÓN N°101 de 24 de noviembre de 2021 " POR LA CUAL SE DA POR TERMINADO EL PROCESO N°2018-034, a nombre de SAUL ANIBAL CASTRO MENESES" Terminación del Proceso

SAUL ANIBAL CASTRO MENESES

resolucion_ndeg101_terminacion_por_pago_saul_anibal_castro_meneses.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario Colombiano, Ley 1437 de 2011, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF”, la Resolución No. 2934 del 17 de julio de 2009 que adopta el Manual de Cobro Administrativo Coactivo, originaria de la Dirección General del ICBF y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública y, RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: DAR POR TERMINADO el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Nro. 034-2018, seguido en contra del señor SAUL ANIBAL CASTRO MENESES, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.388.766, por concepto de la obligación contenida en el Acta de Compromiso de realización y pago de prueba genética de ADN dentro de la historia de atención No. 1080698812SIM25929446, de fecha 04 de abril 2018.

ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR el levantamiento de medidas Cautelares surtidas dentro del asunto de conocimiento.

ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°091 POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2014-079 a nombre de TEODULFO MADROÑERO ROJAS Y DALINA MARIA MELENDEZ Terminación del Proceso

TEODULFO MADROÑERO ROJAS Y DALINA MARIA MELENDEZ

resolucion_ndeg091_remisibilidad_teodulfo_madronero_rojas.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF”, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la Resolución No. 017 del 28 de septiembre de 2011, por medio de la cual se aplica una multa a la que se refiere el artículo 55 del código de la Infancia y la Adolescencia H.A. No. 52H00025-2010-02; proferida por la Defensoría de Familia del Centro Zonal Remolino del ICBF Regional Nariño, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 079-2014 adelantado en contra de TEODULFO MADROÑERO ROJAS Y DALINA MARIA MELENDEZ, identificados con CC. No. 5.351.945 y 59.861.386 respectivamente, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 079-2014, adelantado en contra de TEODULFO MADROÑERO ROJAS Y DALINA MARIA MELENDEZ, identificados con CC. No. 5.351.945 y 59.861.386 respectivamente, por la obligación contenida en la Resolución No. 017 del 28 de septiembre de 2011, por medio de la cual se aplica una multa a la que se refiere el artículo 55 del código de la Infancia y la Adolescencia H.A. No. 52H00025-2010-02; proferida por la Defensoría de Familia del Centro Zonal Remolino del ICBF Regional Nariño, por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS ($ 267.500) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.

Regional Nariño
ORDEN DE EJECUCIÓN Orden de Ejecución

DERLY NUÑEZ HENAO

orden_de_ejecicion.pdf

A través de la presente publicación, se notifica a la señora DERLY NUÑEZ HENAO, identificada con cedula de ciudadanía número 1.118072.361, el contenido de la resolución No. 022 de fecha 14 de octubre de 2021, mediante la cual, se ordena seguir adelante con la ejecución dentro del procesos de cobros coactivo con radicado 003-2019.

Regional Caquetá
AUTO No. 010 LIQUIDACIÓN CRÉDITO Traslado de Liquidación

LEONARDO TIJAR PARRA

04_liquidacion_credito.pdf

A través de la presente publicación, se corre traslado del contenido del Auto No. 010 de fecha 03 de junio de 2021, mediante el cual se liquida el crédito de la obligación a cargo del señor LEONARDO TIJAR PARRA, dentro del proceso administrativo de cobros coactivo con radicado 032-2018.

Regional Caquetá
ORDEN DE EJECUCIÓN Orden de Ejecución

LAURA CAMILA RIVERA PERDOMO

orden_de_ejecucion.pdf

A través de la presente publicación, se notifica a la deudora LAURA CAMILA RIVERA PERDOMO, el contenido de la resolución No. 024 de fecha 05 de noviembre de 2021, mediante la cual, se ordena seguir adelante con la ejecución dentro del procesos de cobros coactivo con radicado 017-2018.

Regional Caquetá
ORDEN DE EJCUCIÓN Orden de Ejecución

MARIA CECILIA RODRIGUEZ MENDEZ

orden_de_ejecucion.pdf

A través de la presente publicación, se notifica a la señora MARIA CECILIA RODRIGUEZ MENDEZ, identificada con cedula de ciudadanía número 30.571.343, el contenido de la resolución No. 017 de fecha 27 de septiembre de 2021, mediante la cual, se ordena seguir adelante con la ejecución dentro del proceso administrativo de cobros coactivo con radicado 012-2019.

Regional Caquetá
MANDAMINETO DE PAGO Mandamiento de Pago

LUIS FERNANDO CAMPUZANO ZUÑIGA

untitled.pdf

A través de la presente publicación, se notifica al señor LUIS FERNANDO CAMPUZANO ZUÑIGA, identificado con cedula de ciudadanía número 1.083.888.340, el contenido de la resolución No. 003 de fecha 08 de abril de 2021, mediante la cual, se libra mandamiento de pago dentro del proceso administrativo de cobros coactivo con radicado 006-2020.

Regional Caquetá
ORDEN DE EJECICIÓN Orden de Ejecución

DIANA MILENA CUELLAR

orden_de_ejecucion.pdf

A través de la presente publicación, se notifica a la señora DIANA MILENACUELLAR, identificada con cedula de ciudadanía número 40.627.782, el contenido de la resolución No. 015 de fecha 07 de septiembre de 2021, mediante la cual, se ordena seguir adelante con la ejecución dentro del procesos administrativo de cobros coactivo con radicado 015-2018.

Regional Caquetá
Auto No. 008 Liquidación del crédito Traslado de Liquidación

BRAYAN ANDRES SERNA TOVAR

04_liquidacion_credito_002.pdf

A través de la presente publicación, se notifica el Auto No. 008 de fecha 03 de junio de 2021, mediante el cual se liquida el crédito de la obligación a cargo del señor BRAYAN ANDRES SERNA TOVAR, identificado con la cedula de ciudadanía número 1.117.541.277, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo 037-2018.

Regional Caquetá
ORDEN DE EJECUCIÓN Orden de Ejecución

JORGE LUIS RAMOS URQUIJO

untitled.pdf

A través de la presente publicación, se notifica al deudor señor JORGE LUIS RAMOS URQUIJO, identificado con cedula de ciudadanía número 17.616.613, el contenido de la resolución No. 014 de fecha 02 de septiembre de 2021, mediante la cual, se ordena seguir adelante con la ejecución dentro del proceso administrativo de cobros coactivo con radicado 001-2018.

Regional Caquetá
MANDMAIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

JUAN GABRIEL MENDEZ RODRIGUEZ

resolucion_no.031_del_30_de_diciembre_de_2019_mandamiento_de_pago.pdf

A través de la presente publicación, se notifica al deudor señor JUAN GABRIEL MENDEZ RODRIGUEZ, identificado con cedula de ciudadanía número 17.788.360, el contenido de la resolución No. 031 de fecha 30 de diciembre de 2019, mediante la cual, se libró mandamiento de pago dentro del proceso administrativo de cobros coactivo con radicado 038-2018.

Regional Caquetá
MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

ANCELMO CALDERON NARANJO

untitled.pdf

A través de la presente publicación, se notifica al deudor señor ANCELMO CALDERON NARANJO, identificado con cedula de ciudadanía número 96.357.696, el contenido de la resolución No. 004 de fecha 27 de junio de 2019, mediante la cual, se ordena seguir adelante con la orden de ejecución dentro del procesos de cobros coactivo con radicado 025-2018.

Regional Caquetá
AUTO NO. 70POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO Y GASTOS PROCESALES General

NORBERTO GONGORA SANCHEZ CC 5.919.607

auto_aprobacion_de_la_liquidacion_de_credito_-_norberto_gongora.pdf

AUTO No. 70 DEL NUEVE (09) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO (2021) “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO Y GASTOS PROCESALES, DENTRO DEL PROCESO ADMINITRTIVO COACTIVO EN CONTRA DEL SEÑOR NORBERTO GONGORA SANCHEZ CC 5.919.607

Regional Tolima
Traslado Auto liquidación de crédito Traslado de Liquidación

MATHA ROCIO PAJOY

04_liquidacion_credito.pdf

A través de la presente publicación, se corre traslado del Auto No. 007 de fecha 03 de junio de 2021, mediante el cual se liquida el crédito de la deudora MARTHA ROCIO PAJOY, identificada con cedula de ciudadanía número 40.610.494, dentro del procesos de cobros coactivo con radicado 014-2018.

Regional Caquetá
Resolución Mandamiento de pago Mandamiento de Pago

REINEL RODRIGUEZ TOSAMA

untitled.pdf

A través de la presente publicación, se notifica al deudor señor REINEL RODRIGUEZ TOSAMA, identificado con cedula de ciudadanía número 96.353.537, el contenido de la resolución No. 010 de fecha 24 de julio de 2018, mediante la cual, se libra mandamiento de pago dentro del procesos de cobros coactivo con radicado 011-2018.

Regional Caquetá
ORDEN DE EJECUCION Orden de Ejecución

LEIDY CAMILA HINCAPIE VALENCIA

orden_de_ejecucion.pdf

SE NOTIFICA RESOLUCION POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No 007-2021

Regional Cundinamarca
auto aprueba liquidación del crédito Deja en Firme Liquidación

ELMER YESID RAMIREZ CRUZ

auto_aprba_liq_credito_proc_924-2019.pdf

SE NOTIFICA AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION PROCESO COACTIVO No 924-2019

Regional Cundinamarca
AUTO POR EL CUAL SE DECLARA PROBADA LIQUIDACION DE CREDITO, CONTRA EL CUAL NO PROCEDE RECURSO. Deja en Firme Liquidación

RAFAEL ENRIQUES HOYOS DE ALBA

auto_de_aprobacion_firmada.pdf

AUTO POR EL CUAL SE DECLARA PROBADA LIQUIDACION DE CREDITO, CONTRA EL CUAL NO PROCEDE RECURSO.

Regional Atlántico
auto aprueba liquidación del crédito Deja en Firme Liquidación

MANUEL MARCIALES ESPEJO

auto_aprueba_liquidacion_credito.pdf

SE NOTIFICA AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION PROCESO COACTIVO No 013-2020

Regional Cundinamarca
AUTO POR EL CUAL SE DECLARA PROBADA LIQUIDACION DE CREDITO, CONTRA EL CUAL NO PROCEDE RECURSO. Deja en Firme Liquidación

JOSE KOAQUIN QUIROZ MIRANDA

auto_aprobacion_1319.pdf

AUTO POR EL CUAL SE DECLARA PROBADA LIQUIDACION DE CREDITO, CONTRA EL CUAL NO PROCEDE RECURSO.

Regional Atlántico