El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
| Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación |
|---|---|---|---|---|
| Resolución No. 012 por medio de la cual se declara la prescripción de la acción de cobro coactivo | Terminación del Proceso | VICTOR RAUL RAMIREZ BENITEZ
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Resolución No.012 Por la cual se declara la prescripción de la acción de cobro administrativo coactivo respecto de las obligaciones a cargo de Víctor Raúl Ramírez Benítez con C.C. No. 1048017521 y se declara la terminación del proceso No. 2000/17 |
Regional Antioquia | |
| Liquidación del crédito y costas procesales actualizadas | Traslado de Liquidación | MARIA ELENA CRUZ AGUDELO
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Se corre traslado de la liquidación de crédito y costas procesales actualizadas a la señora MARIA ELENA CRUZ AGUDELO, dentro del proceso de cobro coactivo con radicado No. 024-2018. |
Regional Caquetá | |
| Orden de Seguir Adelante con la Ejecución | Orden de Ejecución | HENRRY GOMEZ NARANJO |
Regional Caquetá | |
| Traslado liquidación de créditos y costas procesales actualizada | Traslado de Liquidación | Jorge Luis Ramos Urquijo
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Se corre traslado de la liquidación de crédito y costas procesales actualizadas, dentro del proceso de cobro coactivo No. 001-2018 |
Regional Caquetá | |
| RESOLUCIÓN Nº 078 DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2023 MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD | Terminación del Proceso | WILLIAM GALEANO _79972605
res_no_078_de_fecha_14-08-2023se_declara_la_remisibilidad_del_proceso_no_4183_-2018_william_galeano_79972605.pdf
NOTIFICAR RESOLUCIÓN Nº 078 DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2023 MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DEL PROCESO Nº 4183 DE 2018, ADELANTADO EN CONTRA DE WILLIAM GALEANO _79972605 |
Regional Bogotá | |
| RESOLUCION No. 052 -2023 " POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO No. 2023 - 003 SEGUID EN CONTRA DE IVAN FERNAND CAEZ MRENO | Orden de Ejecución | IVAN FERNANDO CAEZ MORENO CC No. 1.086.224.716
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La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 2023-002 seguido contra del señor IVAN FERNANDO CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.086.224.716, por la suma de OCHOCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($808.498)MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 2023-003. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor IVAN FERNANDO CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.086.224.716 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario. |
Regional Nariño | |
| RESOLUCION No. 053 - 2023 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR CON LA EJECUCION DE PROCESO N. 2023 - 004 SEGUIDO EN CONTRA DE FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO" | Orden de Ejecución | FABIO ALEXANDER CAEZ MORNO
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La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 2023-004. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.959.978 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario. |
Regional Nariño | |
| RESOLUCION No. 053 - 2023 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR CON LA EJECUCION DE PROCESO N. 2023 - 004 SEGUIDO EN CONTRA DE FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO" | Orden de Ejecución | FABIO ALEXANDER CAEZ MORNO
resolucion_segur_adelante_fabio_alexander_caez_moreno.pdf
La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 2023-004. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.959.978 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario. |
Regional Nariño | |
| Traslado liquidación de crédito | Traslado de Liquidación | Jhonatan Cabrera Losada
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Mediante la presente publicación se corre traslado al señor JHONATAN CABRERA LOSADA, de la liquidación actualizada del crédito y costas procesales del proceso administrativo de cobro coactivo No. 018-2018. |
Regional Caquetá | |
| Traslado liquidación de crédito | Traslado de Liquidación | Jeferson Irreño Osorio
lq_acualizada.pdf
Mediante la presente publicación se corre traslado al señor JEFERSON IRREÑO OSORIO, de la actualización de la liquidación del crédito y costas procesales, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 002-2019 |
Regional Caquetá | |
| NOTIFICACIÓN AUTO DE 12 DE JULIO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 004-2020 | Traslado de Liquidación | ANDRÉS FABIÁN RODRÍGUEZ BERNAL
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NOTIFICACIÓN AUTO DE FECHA DOCE (12) DE JULIO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO No. 004-2020, LIBRADO EN CONTRA DE ANDRÉS FABIÁN RODRÍGUEZ BERNAL |
Regional Cundinamarca | |
| AUTO DE 31 DE JULIO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 916-2019 | Deja en Firme Liquidación | GABRIEL ALEXANDER SÁNCHEZ OLAYA
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NOTIFICACIÓN AUTO DE FECHA TREINTA Y UNO (31) DE JULIO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO No. 916-2019, LIBRADO EN CONTRA DE GABRIEL ALEXANDER SÁNCHEZ OLAYA |
Regional Cundinamarca | |
| Resolucion 201 libra Mandamiento de pago en contra de CESAR QUESADA GONZALEZ C.C. 83.232.527 | Mandamiento de Pago | CESAR QUESADA GONZALEZ C.C. 83.232.527 |
Regional Huila | |
| Resolucion 03 mandamiento de pago Faber Sanchez Triana C.C. 1078754164 | Mandamiento de Pago | Faber Sanchez Triana C.C. 1078754164 |
Regional Huila | |
| Resolucion 07 libra mandamiento de pago en contra de Oscar Eduardo Ortega Agredo C.C. 1.083.908.596 | Mandamiento de Pago | OSCAR EDUARDO ORTEGA AGREDO C.C. 1.083.908.596 |
Regional Huila | |
| Resolucion 39 Libra mandamiento de pago en contra de Luis Manuel Saniceto Camayo 1.004.250.160 | Mandamiento de Pago | LUIS MANUEL SANICETO CAMAYO C.C. 1.004.250.160 |
Regional Huila | |
| RESOLUCION 50 ORDENA SEGUIR ADELANTE EJECUCION MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ MEZQUITA C.C. 1.122.727.899 | Orden de Ejecución | MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ MEZQUITA C.C. 1.122.727.899 |
Regional Huila | |
| AUTO QUE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Deja en Firme Liquidación | Diana Milena Moreno Garzón
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CORRER traslado del Auto que aprueba la liquidación del crédito a la señora Diana Milena Moreno Garzón identificada con cédula de ciudadanía 1.096.033.082 de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Armenia Quindío. |
Regional Quindío | |
| RESOLUCIÓN No 022 del 28 de julio de 2023 | Terminación del Proceso | ANDERSON ALEXIS RIOS GARCIA
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RESOLUCIÓN No 022 del 28 de julio de 2023 “POR LA CUAL SE TERMINA UN PROCESO DE COBRO COACTIVO POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACIÓN”. |
Regional Caldas | |
| RESOLUCIÓN No. 021 DEL 21 DE JULIO DE 2023 | Terminación del Proceso | GABRIEL SEBASTIAN GIL BLANDÓN
resolucion_de_terminacion_proceso_por_pago_gabriel_gil_rad._1022-2022.pdf
RESOLUCIÓN No. 021 del 21 de Julio de 2023 "POR LA CUAL SE TERMINA UN PROCESO DE COBRO COACTIVO POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACIÓN" |
Regional Caldas | |
| Resolucion 59 Terminación por remisibilidad proceso coactivo 25-2018 Ana Beatriz Varon Diaz C.C. 1075314594 | Terminación del Proceso | Ana Beatriz Varon Diaz |
Regional Huila | |
| Resolucion 58 Terminación por remisibilidad proceso 22-2018 en contra de Lomelin Vidal Vargas CC 83028484 | Terminación del Proceso | Lomelin Vidal Vargas CC 83028484 |
Regional Huila | |
| Resolución 019 del 5 de julio de 2023 | Mandamiento de Pago | Camila Andrea Bautista con C.C. 1.118´122.892
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RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO a favor del ICBF y en contra de Camila Andrea Bautista identificada con cédula de ciudadanía N° 1.118´122.892, por el valor a cobrar de: Setecientos Ochenta y Seis Mil Seiscientos Ochenta y Siete Pesos Mcte ($786.687), más los intereses moratorios que se causen hasta el pago total de la obligación, que se liquidará diariamente a la tasa de interés que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia, y los gastos procesales que den lugar. |
Regional Casanare, Centro Zonal Yopal | |
| Resolución 45 libra mandamiento de pago en contra de Jesus Albeiro Cortes Arteaga C.C. 7.715.963 | Mandamiento de Pago | Jesus Albeiro Cortes Arteaga C.C. 7.715.963 |
Regional Huila | |
| Auto del 17 de mayo de 2023 | Deja en Firme Liquidación | CRISTHIAN ANDRES JARA VEGA con C.C. 1.122`649.499
19_auto_aprueba_cred._008-2020.pdf
El auto DISPONE: PRIMERO: APROBAR la liquidación del crédito y costas dispuesta en auto del 23 de mayo de 2023, dentro del presente proceso administrativo de cobro coactivo así: Valor capital inicial $ 657.677 Valor indexación $ 0 Valor intereses $ 173.436 Gastos procesales $ 83.290 Valor total $ 914.403 VALOR TOTAL: Novecientos Catorce Mil Cuatrocientos Tres Pesos Mcte ($914.403). |
Regional Casanare, Centro Zonal Yopal | |
| Resolución No.082 de 2023 seguir adelante Fundación Dejando Huella 2018-079 | Orden de Ejecución | Fundación Dejando Huella |
Regional Boyacá | |
| Resolución No.083 de 2023 seguir adelante Fundación Dejando Huella 2018-087 | Orden de Ejecución | Fundación Dejando Huella |
Regional Boyacá | |
| AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE LA CRÉDITO | Deja en Firme Liquidación | JOSÉ JULIÁN LEÓN BUSTOS
auto_jose_julian_leon_003.pdf
AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE LA CRÉDITO |
Sede Dirección General | |
| AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE LA CRÉDITO | Deja en Firme Liquidación | ISNARDO BERGAÑO VILLALOBOS identificado con C.C. 1.120.558.478
auto_isnardo.pdf
AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE LA CRÉDITO Proceso Administrativo de Cobro Coactivo No. 002-2018 DEUDOR: ISNARDO BERGAÑO VILLALOBOS C.C. No. 1.120.558.478 |
Sede Dirección General | |
| AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE LA CRÉDITO | Deja en Firme Liquidación | ARLEX DAVID GONZÁLEZ BONILLA C.C. 1.006.782.632
arlex_david_gonzalez_bonilla_-_aprueba_actualizacion_firmado.pdf
AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN E LA LIQUIDACIÓN DE LA CRÉDITO. DEUDOR ARLEX DAVID GONZÁLEZ BONILLA C.C. 1.006.782.632 |
Sede Dirección General |



















