El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.


Tipo de notificación
Fecha de Publicación
Ubicación
Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Liquidación del crédito Traslado de Liquidación

HENRRY GOMEZ NARANJO

liquidacion_henrry.pdf

Mediante la presente publicación, se corre traslado de la liquidación del crédito y costas procesa a cargo del señor HENRRY GOMEZ NARANJO.

Regional Caquetá
Resolución No. 096 de 2023 Seguir adelante ejecución Asopadres HCB Sector número Dos Chiquinquira 2019-020 Orden de Ejecución

Asociación de padres de Hogares Comunitarios de Bienestar Sector número Dos Chiquinquirá

resolucion_no._096_de_2023_seguir_adelante_ejecucion_asopadres_hcb_sector_numero_dos_chiquinquira.pdf

Resolución No. 096 de 2023 Seguir adelante ejecución Asopadres HCB Sector número Dos Chiquinquirá 2019-020

Regional Boyacá
AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACION DE LA OBLIGACION Traslado de Liquidación

JORGE ARMANDO ROSERO MEZA CC No. 87.532.964

auto_por_medio_del_cual_se_aprueba_la_liquidacion_de_la_obligacion_firmado.pdf

La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2023-003, entablado en contra del señor JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.532.964 y determinado mediante auto de fecha 08 de agosto de 2023, por valor total de UN MILLON CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS CON OCHO CENTAVOS ($1.057.358,8) MDA/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.532.964, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.

Regional Nariño
RESOLUCIÓN Nº 088 DEL 17 DE SEP DE 2023 MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD Terminación del Proceso

SEGUNDO AMBROSIO TORRES PAEZ_4293257

res_no_088_de_fecha_18-09-2023se_declara_la_remisibilidad_del_proceso_no_4168-2018_segundo_ambrosio_torres_paez_4293257.pdf

NOTIFICAR RESOLUCIÓN Nº 088 DEL 17 DE SEP DE 2023 MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DEL PROCESO Nº 4168 DE 2018, ADELANTADO EN CONTRA DE SEGUNDO AMBROSIO TORRES PAEZ_4293257

Regional Bogotá
Resolucion 159-2022 orden seguir adelante ejecución en contra de Daniel Soto Rodriguez C.C. 12.272.129 Orden de Ejecución

Daniel Soto Rodriguez C.C. 12.272.129

resolucion_159-2022_orden_seguir_adelante_ejecucion_en_contra_de_daniel_soto_rodriguez_c.c._12.272.129.pdf

Resolucion 159-2022 orden seguir adelante ejecución en contra de Daniel Soto Rodriguez C.C. 12.272.129

Regional Huila
NOTIFICACIÓN AUTO DE 18 DE AGOSTO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO EN EL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 028-2020 Traslado de Liquidación

JORGE SNEIDER GONZALEZ

traslado_liquidacion_028-2020.pdf

NOTIFICACIÓN AUTO DE FECHA DIECIOCHO (18) DE AGOSTO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 028-2020, SEGUIDO EN CONTRA DE JORGE SNEIDER GONZALEZ

Regional Cundinamarca
RESOLUCION No. 063 -2023 POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

JOHANA FERNANDA LUNA RUANO CC No. 1.085.303.916

mandamiento_de_pago_johana_fernanda_luna_ruanofirmado.pdf

La funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 99 y siguientes del CPACA, la Resolución No. 5003 de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “Por medio de la cual se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 20022, mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Regional Nariño a un servidor público y,
RESUELVE:
PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, de conformidad con lo establecido en el artículo 826 del Estatuto Tributario a favor del ICBF, en contra de JOHANA FERNANDA LUNA RUANO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.303.916, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($786.687), por concepto de capital más los intereses moratorios que se causen a partir de la fecha en que se hizo exigible la obligación y hasta la fecha de pago además de las costas procesales a que haya lugar.
SEGUNDO: ADVERTIR al deudor que dispone de quince (15) días, a partir del día siguiente a la fecha de notificación de esta providencia, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contempladas en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: CITAR Y NOTIFICAR al deudor en la forma establecida en el artículo 826 del Estatuto Tributario.
CUARTO: ADVERTIR al deudor que contra la presente Resolución no proceden recursos, según lo dispuesto en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario, pero podrá formular excepciones dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación, de acuerdo con el artículo 830 del mismo Estatuto.
QUINTO: ADVERTIR de igual forma al demandado, que de conformidad con lo establecido en el artículo 470 del Código General del Proceso, es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en la presente Resolución.

Regional Nariño
Resolución 54 ordena seguir adelante con la ejecución en contra de Jose Alejandro Vargas Medina C.C. 1075240526 Orden de Ejecución

Resolución 54 ordena seguir adelante con la ejecución en contra de Jose Alejandro Vargas Medina C.C. 1075240526

resolucion_54_ordena_seguir_adelante_ejecucion_en_contra_de_jose_alejandro_vargas_medina_c.c._1075240526.pdf

Notificación Resolución 54 ordena seguir adelante con la ejecución en contra de Jose Alejandro Vargas Medina C.C. 1075240526

Regional Huila
Resolucion 031-2023 libra mandamiento de pago en contra de Milton Fabian Yasno Medina C.C. 80.800.438 Mandamiento de Pago

Milton Fabian Yasno Medina C.C. 80.800.438

resolucion_031-2023_libra_mandamiento_de_pago_en_contra_de_milton_fabian_yasno_medina_c.c._80.800.438.pdf

Notificación Resolucion 031-2023 libra mandamiento de pago en contra de Milton Fabian Yasno Medina C.C. 80.800.438

Regional Huila
RESOLUCIÓN Nº 087 DEL 15 DE SEP DE 2023 MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD Terminación del Proceso

WILMER ASDRUBAL MORENO RUIZ_80857224

res_no_087de_fecha_15-09-2023se_declara_la_remisibilidad_del_proceso_no_4115-2017_wilmer_asdrubal_moreno_ruiz_80857224.pdf

NOTIFICAR RESOLUCIÓN Nº 087 DEL 15 DE SEP DE 2023 MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DEL PROCESO Nº 4115 DE 2017, ADELANTADO EN CONTRA DE WILMER ASDRUBAL MORENO RUIZ_80857224

Regional Bogotá
Resolución No.110 de 2023 seguir adelante JHON FELIPE MESA BARINAS 2020-010 Orden de Ejecución

JHON FELIPE MESA BARINAS

resolucion_no.110_de_2023_seguir_adelante_jhon_felipe_mesa_barinas_2020-010.pdf

Resolución No.110 de 2023 seguir adelante JHON FELIPE MESA BARINAS 2020-010

Regional Boyacá
RESOLUCIÓN NRO. 0063 DEL DIA 06/09/2023 Terminación del Proceso

ROSA MARIA ORTEGA DE ESPINOZA

13._resol.terminacion_pago_total06092023.pdf

RESOLUCIÓN NRO. 0063 DEL DIA 06/09/2023 POR LA CUAL SE TERMINA UN PROCESO DE COBRO COACTIVO POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACIÓN

Regional Santander
RESOLUCIÓN NRO. 0062 DEL DIA 06/09/2023 Terminación del Proceso

HELI GARCIA

13._resol.terminacion_pago_total_06092023.pdf

RESOLUCIÓN NRO. 0062 DEL DIA 06/09/2023 POR LA CUAL SE TERMINA UN PROCESO DE COBRO COACTIVO POR PAGO TOTAL DE LA OBLIGACIÓN

Regional Santander
Resolución 37-2023 libra mandamiento de pago en contra de Sandra Milena Espinosa Toledo C.C. 1.075.237.851 Mandamiento de Pago

Sandra Milena Espinosa Toledo C.C. 1.075.237.851

resolucion_37-2023_libra_mandamiento_de_pago_en_contra_de_sandra_milena_espinosa_toledo_c.c._1.075.237.851.pdf

Resolución 37-2023 libra mandamiento de pago en contra de Sandra Milena Espinosa Toledo C.C. 1.075.237.851

Regional Huila
AUTO DE 25 DE AGOSTO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO EN EL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 016-2020 Traslado de Liquidación

HENDER JESUS RAMIREZ URIBE - GUILLERMO ALONSO SANCHEZ CHAPARRO

tras_liq_016-2020.pdf

NOTIFICACIÓN AUTO DE FECHA VEINTICINCO (25) DE AGOSTO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 016-2020, SEGUIDO EN CONTRA DE HENDER JESUS RAMIREZ URIBE Y GUILLERMO ALONSO SANCHEZ CHAPARRO

Regional Cundinamarca
AUTO DE 13 DE JULIO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO EN EL PROCEDO DE COBRO COACTIVO No. 007-2020 Traslado de Liquidación

CARLOS ANDRÉS CARRILLO LEÓN

traslado_liq_007-2020.pdf

NOTIFICACIÓN AUTO DE FECHA TRECE (13) DE JULIO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 007-2020, SEGUIDO EN CONTRA DE CARLOS ANDRÉS CARILLO LEÓN

Regional Cundinamarca
Liquidación actualizada Traslado de Liquidación

JEFERSON HAMILTON VIUCHE RESTREPO

liquidacion_actualizad.pdf

Se corre traslado del Auto de fecha 07 de junio de 2023, por medio del cual se actualiza la liquidación provisional del crédito y costas procesales a cargo del señor JEFERSON HAMILTON VIUCHE RESTREPO.

Regional Caquetá
Liquidación Actualizada Traslado de Liquidación

YOMAR DANILO REVERA BOHORQUEZ

liquidaion_actualizada.pdf

Se corre traslado del Auto de fecha 13 de julio de 2023; por medio del cual se actualiza la liquidación del crédito y costas procesales a cargo del señor YOMAR DANILO RIVERA BOHORQUEZ.

Regional Caquetá
NOTIFICACIÓN AUTO DE TRECE (13) DE JULIO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO EN EL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 006-2020 Traslado de Liquidación

JULIÁN DAVID CHAPETÓN BULLA

traslado_liq_006-2020.pdf

NOTIFICACIÓN AUTO DE FECHA TRECE (13) DE JULIO DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 006-2020, ADELANTADO EN CONTRA DE JULIÁN DAVID CHAPETÓN BULLA.

Regional Cundinamarca
Resolucion 159 Ordena seguir Adelante en contra de Marco Antonio Rey Mora C.C. 1075283557 Orden de Ejecución

Marco Antonio Rey Mora C.C. 1075283557

resolucion_159_ordena_seguir_adelante_en_contra_de_marco_antonio_rey_mora_c.c._1075283557.pdf

Notificación Resolución 159 Ordena seguir Adelante en contra de Marco Antonio Rey Mora C.C. 1075283557

Regional Huila
Resolución No.141 de 2022 mandamiento de pago LEOMAR JOSE ARAUJO CARMONA Mandamiento de Pago

LEOMAR JOSE ARAUJO CARMONA

resolucion_no.141_de_2022_mandamiento_de_pago_leomar_jose_araujo_carmona_2022-133_.pdf

Resolución No.141 de 2022 mandamiento de pago LEOMAR JOSE ARAUJO CARMONA 2022-133

Regional Boyacá
Resolución 134-2022 Libra mandamiento de pago en contra de Gersain Patio Perdomo C.C. 4946805 Mandamiento de Pago

Gersain Patio Perdomo C.C. 4946805

resolucion_134-2022_libra_mandamiento_de_pago_en_contra_de_gersain_patio_perdomo_c.c._4946805.pdf

Notificación Resolución 134-2022 Libra mandamiento de pago en contra de Gersain Patio Perdomo C.C. 4946805

Regional Huila
Liquidación actualizada Traslado de Liquidación

ANCELMO CALDERON NARANJO

liqu._actualizada.pdf

Se corre traslado de la actualización de la liquidación del crédito y costas procesales a cargo del señor ANCELMO CALDERON NARANJO

Regional Caquetá
Auto del 30 de mayo de 2023 Deja en Firme Liquidación

Edgar Alejandro Mariño Mariño con C.C. 1.118´539.103

18_auto_aprueba_liq_y_cred_009-2020.pdf

AUTO DISPONE: PRIMERO: APROBAR la liquidación del crédito y costas dispuesta en auto del 20 de abril de 2023, dentro del presente proceso administrativo de cobro coactivo así: Valor capital inicial $ 654.000 Valor indexación $0 Valor intereses $169.334 Gastos procesales $ 83.290 Valor total $ 906.624 VALOR TOTAL: Novecientos Seis Mil Seiscientos Veinticuatro Pesos Mcte ($906.624). SEGUNDO: Contra el presente auto no proceden recursos. Dado en Yopal Casanare, el 30 de mayo de 2023. COMUNÍQUESE GRIMALDO MALAVER BOHÓRQUEZ Funcionario Ejecutor

Regional Casanare
"RESOLUCION No. 054 -2023 POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO" Mandamiento de Pago

BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO CC No. 1.085.662.295

mandamiento_brandon_firmado.pdf

La funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 99 y siguientes del CPACA, la Resolución No. 5003 de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “Por medio de la cual se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 20022, mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Regional Nariño a un servidor público y,
RESUELVE: PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, de conformidad con lo establecido en el artículo 826 del Estatuto Tributario a favor del ICBF, en contra de BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($786.687), por concepto de capital más los intereses moratorios que se causen a partir de la fecha en que se hizo exigible la obligación y hasta la fecha de pago además de las costas procesales a que haya lugar.
SEGUNDO: ADVERTIR al deudor que dispone de quince (15) días, a partir del día siguiente a la fecha de notificación de esta providencia, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contempladas en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: CITAR Y NOTIFICAR al deudor en la forma establecida en el artículo 826 del Estatuto Tributario.
CUARTO: ADVERTIR al deudor que contra la presente Resolución no proceden recursos, según lo dispuesto en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario, pero podrá formular excepciones dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación, de acuerdo con el artículo 830 del mismo Estatuto.
QUINTO: ADVERTIR de igual forma al demandado, que de conformidad con lo establecido en el artículo 470 del Código General del Proceso, es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en la presente Resolución.

Regional Nariño, CAIVAS - Centro Atención Integral Víctimas Violencia Sexual
"RESOLUCION No. 066-2023 POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO" Mandamiento de Pago

YÉLIBER ARBEY MUÑOZ DIAZ CC No. 1.088.976.686

mandamiento_yeliber_firmado.pdf

La funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 99 y siguientes del CPACA, la Resolución No. 5003 de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “Por medio de la cual se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 20022, mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Regional Nariño a un servidor público y,
RESUELVE:
PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, de conformidad con lo establecido en el artículo 826 del Estatuto Tributario a favor del ICBF, en contra de YELIBER ARBEY MUÑOZ DIAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.976.686, por la suma de TRESCIENTOS NOVENTAY TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS M/CTE ($393.343), por concepto de capital más los intereses moratorios que se causen a partir de la fecha en que se hizo exigible la obligación y hasta la fecha de pago además de las costas procesales a que haya lugar.
SEGUNDO: ADVERTIR al deudor que dispone de quince (15) días, a partir del día siguiente a la fecha de notificación de esta providencia, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contempladas en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: CITAR Y NOTIFICAR al deudor en la forma establecida en el artículo 826 del Estatuto Tributario.
CUARTO: ADVERTIR al deudor que contra la presente Resolución no proceden recursos, según lo dispuesto en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario, pero podrá formular excepciones dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación, de acuerdo con el artículo 830 del mismo Estatuto.
QUINTO: ADVERTIR de igual forma al demandado, que de conformidad con lo establecido en el artículo 470 del Código General del Proceso, es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en la presente Resolución.

Regional Nariño
"AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA LA OBLIGACION" Traslado de Liquidación

IVAN FERNANDO CAEZ MORENO CC No. 1.086.224.716

auto_que_liquida_ivan_firmado.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF, 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 por medio de la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una Servidora Pública.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo del señor IVAN FERNANDO CAEZ MORENO, identificado con Cédula de ciudadanía No. 1.086.224.716, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2023 - 003. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en UN MILLON OCHENTA Y CINCO MIL NOVENTA Y SIETE PESOS CON OCHO CENTAVOS ($1.085.097,8) MDA/CTE, por concepto de crédito y costas procesales a cargo de IVAN FERNANDO CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.086.224.716. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
ARTÍCULO CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones.
ARTICULO QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.

Regional Nariño
" AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION" Traslado de Liquidación

FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO CC No. 1.087.959.978

auto_que_liquida_fabio_firmado.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF, 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 por medio de la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una Servidora Pública .RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo del señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO, identificado con Cédula de ciudadanía No. 1.087.959.978, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2023 - 004.
ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en UN MILLON OCHENTA Y CINCO MIL NOVENTA Y SIETE PESOS CON OCHO CENTAVOS ($ 1.085.097,8) MDA/CTE, por concepto de crédito y costas procesales a cargo de JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.532.9.
ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
ARTÍCULO CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones.
ARTICULO QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.

Regional Nariño
Resolución No. 096 de 2023 Seguir adelante WILLINGTON ROMERO AREVALO Orden de Ejecución

WILLINGTON ROMERO AREVALO

resolucion_no._096_de_2023_seguir_adelante_willington_romero_arevalo_2017-101.pdf

Resolución No. 096 de 2023 Seguir adelante WILLINGTON ROMERO AREVALO

Regional Boyacá
"AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION" Traslado de Liquidación

FABIO ALEXANDER CAEZ MORNO CC No. 1.087.959.978

auto_que_liquida_fabio_firmado.pdf

La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF, 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 por medio de la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una Servidora Pública. RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo del señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO, identificado con Cédula de ciudadanía No. 1.087.959.978, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2023 - 004.
ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en UN MILLON OCHENTA Y CINCO MIL NOVENTA Y SIETE PESOS CON OCHO CENTAVOS ($ 1.085.097,8) MDA/CTE, por concepto de crédito y costas procesales a cargo de JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.532.9.
ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
ARTÍCULO CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones.
ARTICULO QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.

Regional Nariño