El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
| Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación |
|---|---|---|---|---|
| Auto 041 Proceso Ejecutivo, contra YEFRY LOPEZ CASABUENA | Deja en Firme Liquidación | YEFRY LOPEZ CASABUENA
auto_041.pdf
Notificación Auto 041 de fecha 18 de ABRIL de 2018, por medio del cual se LIQUIDA CREDITO Y COSTAS PROCESALES, dentro del proceso ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, YEFRY LOPEZ CASABUENA, identificado con cedula No. 14.327.207 |
Regional Tolima | |
| Resolución 042 Proceso Ejecutivo, contra LUIS EDUARDO CANTE GOMEZ | Orden de Ejecución | LUIS EDUARDO GOMEZ CANTE
resolucion_042.pdf
Notificación Resolución 042 de fecha 9 de Abril de 2018, por medio del cual se ordena SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN dentro del proceso Ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, LUIS EDUARDO CANTE GOMEZ, identificado con cedula No. 1.032.428.779 |
Regional Tolima | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Traslado de Liquidación | JHON FRANKLIN YANTEN SALAZAR
liquidacion_de_credito_jhon_franklin_.pdf
AUTO Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2016-030 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2016-030 RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA PESOS ($989.360) monto generado en el transcurso del proceso 2016-021 que se sigue en contra de JHON FRANKLIN YANTEN SALAZAR identificado con cédula de ciudadanía número 98393124 de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a JHON FRANKLIN YANTEN SALAZAR, identificado con cédula de ciudadanía número 98393124, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes CÚMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Traslado de Liquidación | JAMES DEIVY ROMO RODRIGUEZ |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Traslado de Liquidación | LUIS FELIPE RIASCOS
liquidacion_de_credito_luis_felipe_riascos.pdf
AUTO Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2016-064 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2016-064 RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETESCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($873.746) monto generado en el transcurso del proceso 2016-064 que se sigue en contra de LUIS FELIPE RIASCOS ZAMBRANO identificado con cédula de ciudadanía número 1085288162 de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a LUIS FELIPE RIASCOS ZAMBRANO, identificado con cédula de ciudadanía número 1085288162, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes CÚMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. MANDAMIENTO DE PAGO | Mandamiento de Pago | JEFFERSON VELASQUEZ RENGIFO
mandamiento_jefferson_velasquez.pdf
RESOLUCION No. 147 “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2017-046, en contra del señor JEFFERSON VELASQUEZ RENFIGO identificado con C.C. Nro. 1087645353 RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor JEFFERSON VELASQUEZ RENFIGO, identificado con C.C. Nro. 1087645353, por concepto de la obligación contenido en sentencia del 10 de julio de 2015 del juzgado Promiscuo de La Cruz, certificado de remisión de valor prueba de ADN, por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($492.660) m/cte., más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR al señor JEFFERSON VELASQUEZ RENFIGO identificado con C.C. Nro. 1087645353, en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00384 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR al señor JEFFERSON VELASQUEZ RENFIGO identificado con C.C. Nro. 1087645353, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: banco agrario 048010022696 código 11174 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: al señor JEFFERSON VELASQUEZ RENFIGO identificado con C.C. Nro. 1087645353, que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00384 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR Al señor JEFFERSON VELASQUEZ RENFIGO identificado con C.C. Nro. 1087645353, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00384 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR Al señor JEFFERSON VELASQUEZ RENFIGO identificado con C.C. Nro. 1087645353, a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR Al señor JEFFERSON VELASQUEZ RENFIGO identificado con C.C. Nro. 1087645353, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE San Juan de Pasto, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre de 2017. |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. MANDAMIENTO DE PAGO | Mandamiento de Pago | MIGUEL ANTONIO ALVAREZ PATIÑO |
Regional Nariño | |
| orden de ejecucion | Orden de Ejecución | DIDIER ALBERTO ANGEL VALENZUELA
orden_de_ejecucuion_didier_angel.pdf
Por medio del presente se notifica resolucion por medio de la cual se ordena seguir adelante la ejecucion prceso cobro coactivo No. 04-2014 en nombre de DIDIER ALBERTO ANGEL VALENZUELA. |
Regional Meta | |
| MANDAMIENTO DE PAGO | Mandamiento de Pago | ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR DE PUERTO GAITAN META
resoluc_no._010_modifica_no._08_mandam_pago_hcb_pto_gaitan.pdf
Por medio del presente se notifica a la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR PUERTO GAITAN de la Resolucion NO. 010 del 26 de abril de 2018 por medio de la cual se modifica la resolucion NO. 008 de 2018. |
Regional Meta | |
| Mandamiento de pago | Mandamiento de Pago | ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR DE PUERTO GAITAN META
resoluc_no._008_24-04-18_mandamiento_pago_hcb_puerto_gaitan.pdf
Por medio del presente se notifica a la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR PUERTO GAITAN identificado con Nit No. 899-999-239-2 representada legalmente por la señora YULI YAZMIN GARCIA RINCON identificada con la cedula de ciudadania No. 1.121.912.719 de la Resolución No. 008 mediante la cual se libra mandamiento de pago por valor de $1.794.792.00. |
Regional Meta | |
| Mandamiento de pago | Mandamiento de Pago | CRISTIAN XAVIER NIEVES VALLESTEROS
resolucon_mandamiento_pago_cristian_nieves.pdf
Por medio del presente se notifica al señor Cristian Xavier Nieves Vallesteros de la Resolucion de Mandamiento de Pago No. 003 de 2018 por medio de la cual se libra mandamiento de pago a favor del Icbf en contra del señor CRISTIAN XAVIER NIEVES VALLESTEROS identificado con la cedula de ciudadania No. 1.071.888.641 de villavicencio por valor de Quinientos setenta y nueve mil pesos ($579.000.00) por concepto de proceso adn Sentencia Juzgado Segundo de Familia de Villavicencio Meta. |
Regional Meta | |
| Auto que aprueba la liquidación del crédito de la Obligación | Deja en Firme Liquidación | CLAUDIA MARCELA BARAJAS BARAJAS, C.C. No. 24.234.645
875-2016_aprobacion_liquidacion_credito.pdf
Notificación Auto de fecha 27 de noviembre de 2017, por medio del cual se aprueba la liquidación del crédito de la Obligación dentro del Proceso de Cobro Administrativo Coactivo 875-2016 - CLAUDIA MARCELA BARAJAS BARAJAS, C.C. No. 24.234.645 |
Regional Cundinamarca | |
| ORDEN EJECUCION | Orden de Ejecución | DIVA LORENA IRIARTE MARTINEZ
resolucion_007_20_marzo_de_2018.pdf
Que la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Amazonas, libro Resolución de Mandamiento de Pago N° 004 del 24 de enero de 2018, en contra de la señora DIVA LORENA IRIARTE MARTINEZ, identificada con cedula de ciudadanía No.1.121.208.669 Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1066 de 2006, el Mandamiento de Pago se notificó por correo certificado el 26 de febrero de 2018 con numero de guía 4G185014629CO y por la página WEB del ICBF, y que vencido el término legal no procedieron al pago de la obligación ni interpusieron excepciones contra el Mandamiento de Pago, quedando por ende en firme y ejecutoriada la resolución N° 004 de 2018, Que no encontrando causal de nulidad que pueda invalidar lo actuado, es del caso dar aplicación a lo establecido en el artículo 829 y 836 del E.T. En mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE PRIMERO: Ordénese seguir adelante con la ejecución en contra de la señora DIVA LORENA IRIARTE MARTINEZ, identificada con cedula de ciudadanía No.1.121.208.669, en los términos del Mandamiento de Pago. TERCERO: Ordénese continuar con la investigación de bienes del demandado. CUARTO: Ordénese a condenar en costas al ejecutado QUINTO: Ordénese practicar por el grupo de Gestión de Soporte -Financiera- la liquidación del crédito, incluyendo los intereses moratorios legales y las costas del proceso. SEXTO: Ordénese hacer efectivos a favor del ICBF los Títulos Judiciales que se hayan constituido dentro del proceso y los que con posterioridad se llegaren a constituir SEPTIMO: Contra la presente resolución no procede recursos |
Regional Amazonas | |
| Auto que aprueba la liquidación del crédito de la Obligación | Deja en Firme Liquidación | JUAN JOSE MARTINEZ GOMEZ, C.C. No. 3.103.291
860-2015_aprobacion_liquidacion_credito.pdf
Notificación Auto de fecha 09 de agosto de 2016, por medio del cual se aprueba la liquidación del crédito de la Obligación dentro del Proceso de Cobro Administrativo Coactivo 860-2015 - JUAN JOSE MARTINEZ GOMEZ, C.C. No. 3.103.291 |
Regional Cundinamarca | |
| Auto que aprueba la liquidación del crédito de la Obligación | Deja en Firme Liquidación | MARTHA PATRICIA VELASQUEZ ROZO, C.C. No. 20.667.465
849-2015_aprobacion_liquidacion_credito.pdf
Notificación Auto de fecha 22 de diciembre de 2015, por medio del cual se aprueba la liquidación del crédito de la Obligación dentro del Proceso de Cobro Administrativo Coactivo 849-2015 - MARTHA PATRICIA VELASQUEZ ROZO, C.C. No. 20.667.465 |
Regional Cundinamarca | |
| Auto que aprueba la liquidación del crédito de la Obligación | Deja en Firme Liquidación | DIANA MARCELA SANCHEZ HERNANDEZ, C.C. No. 1.077.942.244
826-2014_aprobacion_liquidacion_credito.pdf
Notificación Auto de fecha 18 de mayo de 2016, por medio del cual se aprueba la liquidación del crédito de la Obligación dentro del Proceso de Cobro Administrativo Coactivo 826-2014 - DIANA MARCELA SANCHEZ HERNANDEZ, C.C. No. 1.077.942.244 |
Regional Cundinamarca | |
| Auto que aprueba la liquidación del crédito de la Obligación | Deja en Firme Liquidación | JORGE ENRIQUE MELO PEDRAZA, C.C. No. 80.467.591
817-2014_aprobacion_liquidacion_credito.pdf
Notificación Auto de fecha 28 de julio de 2016, por medio del cual se aprueba la liquidación del crédito de la Obligación dentro del Proceso de Cobro Administrativo Coactivo 817-2014 - JORGE ENRIQUE MELO PEDRAZA, C.C. No. 80.467.591 |
Regional Cundinamarca | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. ORDEN DE EJECUCIÓN | Orden de Ejecución | LUIS ALEXANDER MORILLO SANCHEZ
orden_de_ejecucion_luis_alexander.pdf
RESOLUCION 055 “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso 2018-020 seguido en contra del señor LUIS ALEXANDER MORILLO SANCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 1085917943” RESUELVE PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No.2018-020, seguido en contra del señor LUIS ALEXANDER MORILLO SANCHEZ, identificado con cédula de QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL PESOS ($579.000), correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de la ejecutada citada en el numeral anterior de la presente providencia TERCERO: CONDENAR a la parte ejecutada al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No.2018-020 CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF QUINTO: ADVERTIR que contra la presente resolución NO procede recurso alguno. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. ORDEN DE EJECUCIÓN | Orden de Ejecución | EVER JONY TORO GONZALEZ
orden_de_ejecucion_ever_jony_toro.pdf
RESOLUCION 052 “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso 2018-009 seguido en contra del señor EVER JONY TORO GONZALEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 87452541” RESUELVE PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No.2018-009, seguido en contra del señor EVER JONY TORO GONZALEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 87452541, por la suma de NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL PESOS ($987.000), correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de la ejecutada citada en el numeral anterior de la presente providencia TERCERO: CONDENAR a la parte ejecutada al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No.2018-009 CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF QUINTO: ADVERTIR que contra la presente resolución NO procede recurso alguno. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. ORDEN DE EJECUCIÓN | Orden de Ejecución | MANUEL FERNANDO CHANTRE CALDON
orden_de_ejecucion_mario_fernando_chantre.pdf
RESOLUCION 054 “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso 2018-019 seguido en contra del señor MARIO FERNANDO CHANTRE CALDON, identificado con cédula de ciudadanía número 1061723280” RESUELVE PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No.2018-019, seguido en contra del señor MANUEL FERNANDO CHANTRE CALDON, identificado con cédula de ciudadanía número 1061723280, por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($493.846), correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de la ejecutada citada en el numeral anterior de la presente providencia TERCERO: CONDENAR a la ejecutada al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No.2018-019 CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF QUINTO: ADVERTIR que contra la presente resolución NO procede recurso alguno. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO | Traslado de Liquidación | YULI ROCIO TORO CAICEDO
liquidacion_de_credito_yuli_rocio_m.pdf
AUTO Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2018-010 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2018-010 RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de SETESCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS PESOS ($715.200) monto generado en el transcurso del proceso 2018-010 que se sigue en contra de YULI ROCIO TORO, identificada con cédula de ciudadanía número 1085281108,de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a YULI ROCIO TORO, identificada con cédula de ciudadanía número 1085281108, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes CÚMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. ORDEN DE EJECUCIÓN | Orden de Ejecución | LEONARDO FAVIO CUARAN TORO
orden_de_ejecucion_leonardo_favio.pdf
RESOLUCION 053 “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso 2018-021 seguido en contra del señor LEONARDO FAVIO CUARAN TORO, identificado con cédula de ciudadanía número 1086300383” RESUELVE PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No.2018-021, seguido en contra del señor LEONARDO FAVIO CUARAN TORO, identificado con cédula de ciudadanía número 1086300383, por la suma de QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS ($579.000) correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de la ejecutada citada en el numeral anterior de la presente providencia TERCERO: CONDENAR a la ejecutada al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No.2018-021 CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF QUINTO: ADVERTIR que contra la presente resolución NO procede recurso alguno. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. ORDEN DE EJECUCIÓN | Orden de Ejecución | SANTIAGO NICOLAS QUENAN DAVID
orden_de_ejecucion_santiago_nicolas_quenan.pdf
RESOLUCION 051 “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso 2018-006 seguido en contra del señor SANTIAGO NICOLAS QUENAN DAVID, identificado con cédula de ciudadanía número 1085342914” RESUELVE PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No.2018-006, seguido en contra del señor SANTIAGO NICOLAS QUENAN DAVID, identificado con cédula de ciudadanía número 1085342914, por la suma de QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS ($579.000) correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de la ejecutada citada en el numeral anterior de la presente providencia TERCERO: CONDENAR a la ejecutada al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No.2018-006 CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF QUINTO: ADVERTIR que contra la presente resolución NO procede recurso alguno. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
Regional Nariño | |
| NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. | Orden de Ejecución | JEFFERSON ALEXANDER BOLAÑOS ALBAN
orden_de_ejecucion_jefferson_alexander.pdf
RESOLUCION 050 “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso 2018-002 seguido en contra del señor JEFFERSON ALEXANDER BOLAÑOS ALBAN, identificado con cédula de ciudadanía número 1088973570” RESUELVE PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No.2018-002, seguido en contra del señor JEFFERSON ALEXANDER BOLAÑOS ALBAN, identificado con cédula de ciudadanía número 1088973570, por la suma de QUINIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS DIECISIETE PESOS ($512.917) m/cte, correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de la ejecutada citada en el numeral anterior de la presente providencia TERCERO: CONDENAR a la parte ejecutada al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No.2018-002 CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF QUINTO: ADVERTIR que contra la presente resolución NO procede recurso alguno. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
Regional Nariño | |
| Auto que aprueba la liquidación del crédito de la Obligación | Deja en Firme Liquidación | FABIO ENRIQUE MONTOYA HERRERA, C.C. No. 80.400.939
806-2014_aprobacion_liquidacion_credito.pdf
Notificación Auto de fecha 19 de octubre de 2015, por medio del cual se aprueba la liquidación del crédito de la Obligación dentro del Proceso de Cobro Administrativo Coactivo 806-2014 - FABIO ENRIQUE MONTOYA HERRERA, C.C. No. 80.400.939 |
Regional Cundinamarca | |
| Auto 285 Proceso Ejecutivo, contra JOSE IGNACIO MARIN CRUZ | Deja en Firme Liquidación | JOSE IGNACIO MARIN CRUZ
auto_285.pdf
Notificación Auto 285 de fecha 25 de noviembre de 2016, por medio del cual se LIQUIDA CREDITO Y COSTAS PROCESALES, dentro del proceso ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, JOSE IGNACIO MARIN CRUZ, identificado con cedula No. 13.990.053 |
Regional Tolima | |
| Auto 016 Proceso Ejecutivo, contra GILDARDO GARCIA PAIVA | Deja en Firme Liquidación | GILDARDO GARCIA PAIVA
auto_016.pdf
Notificación Auto 016 de fecha 22 de febrero de 2018, por medio del cual se LIQUIDA CREDITO Y COSTAS PROCESALES, dentro del proceso ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, GILDARDO GARCIA PAIVA, identificado con cedula No. 5.950.390 |
Regional Tolima | |
| Resolución 046 Proceso Ejecutivo, contra DARWIN ARLY HERNANDEZ TOVAR | Orden de Ejecución | DARWIN ARLY HERNANDEZ TOVAR
resolucion_046.pdf
Notificación Resolución 046 de fecha 9 de Abril de 2018, por medio del cual se ordena SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN dentro del proceso Ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, DARWIN ARLY HERNANDEZ TOVAR, identificado con cedula No. 1.106.777.982 |
Regional Tolima | |
| Auto 095 Proceso Ejecutivo, contra LUCIANO SANCHEZ CASTILLO | Deja en Firme Liquidación | LUCIANO SANCHEZ CASTILLO
auto_095.pdf
Notificación Auto 095 de fecha 19 de octubre de 2017, por medio del cual se LIQUIDA CREDITO Y COSTAS PROCESALES, dentro del proceso ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, LUCIANO SANCHEZ CASTILLO, identificado con cedula No. 93.369.185 |
Regional Tolima | |
| Resolución 031 Proceso Ejecutivo, contra LEONARDO LEON USECHE | Orden de Ejecución | LEONARDO LEON USECHE
resolucion_031.pdf
Notificación Resolución 031 de fecha 15 de Marzo de 2018, por medio del cual se ordena SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN dentro del proceso ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, LEONARDO LEON USECHE, identificado con cedula No. 93.477.636 |
Regional Tolima |



















