POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR EL AUTO DE LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION CONTENIDA DENTRO DEL PROCESO DECOBRO COACTIVO DEUDA ADN, CON FECHA 18/11/2020
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR EL AUTO DE LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION CONTENIDA DENTRO DEL PROCESO DECOBRO COACTIVO DEUDA ADN, CON FECHA 19/11/2020
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR EL AUTO DE LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION CONTENIDA DENTRO DEL PROCESO DECOBRO COACTIVO DEUDA ADN, CON FECHA 28/10/2020
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR EL AUTO DE LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION CONTENIDA DENTRO DEL PROCESO DECOBRO COACTIVO DEUDA ADN, CON FECHA 28/10/2020
POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR EL AUTO DE LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION CONTENIDA DENTRO DEL PROCESO DECOBRO COACTIVO DEUDA ADN, CON FECHA 19/11/2020
En uso de sus facultades conferidas por los arts.5,8,16 de la ley 1066 de 2006, arts.817 y 820 del Estatuto tributario, Arts.58 y 60 de la resolución Nro.384 de 2008 por la cual se subroga la Resolución Nro.22385 del 25 de septiembre de 2007 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera y la Resolución Nro.2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2017-036, entablado en contra del señor CELSO MARINO MASINSOY GELPUD, identificado con cédula de ciudadanía número 98396414 y determinado mediante auto de fecha 26 de febrero de 2018 por valor total de SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($761.446), distribuidos así: por capital la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($ 541.446), así según adelantada por este despacho se verifica por intereses adeuda la suma de CIENTO NOVENTA MIL PESOS ($190.000) y por costas la suma de TREINTA MIL PESOS ($30.000)
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a contabilidad y a tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: ADVERTIR que contra el presente ato administrativo NO procede recurso alguno.
Notificar el Auto del 14 de diciembre del 2020 mediante el cual se aprobó la liquidación de la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4290/2020 en contra de FRANCISCO JAVIER JUNCA CASTRO_11232793.
Notificar el Auto del 14 de diciembre del 2020 mediante el cual se aprobó la liquidación de la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4289/2020 en contra de MORENO CEBALLOS FREDY, _1080260167.
Notificar el Auto del 14 de diciembre del 2020 mediante el cual se aprobó la liquidación de la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4271/2020 en contra de JAIRO ENRIQUE GUERRA CABRERA _19359846.
Notificar el Auto del 14 de diciembre del 2020 mediante el cual se aprobó la liquidación de la obligación dentro del Proceso de cobro Coactivo N°4271/2020 en contra de JAIRO ENRIQUE GUERRA CABRERA _19359846.