La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 003-2020, entablado en contra del señor ANDRES
FELIPE BARRERA PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.264.047 y determinado mediante auto de fecha 10 de diciembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SESENTA PESOS ($858.060) MDA/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.264.047, advirtiéndole que contra el presente
Auto NO procede recurso.
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 023-2020, entablado en contra del señor ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES, identificada con NIT. 800.073.748-5 y determinado mediante auto de fecha 25 de septiembre de 2020, por valor total de CIENTO CINCUENTA MIL TRESCIENTOS DIECISEIS PESOS ($150.316) MDA/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, ASOCIACION DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES, identificado con NIT. 800.073.748-5, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 023-2020, entablado en contra del señor NIKLVIO SALAZAR GOYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.014.647 y determinado mediante auto de fecha 10 de diciembre de 2020, por valor total de SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($782.278) MDA/CTE.
ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, NILVIO SALAZAR GOYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.014.647, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.