"Son niñas, no esposas": Bienestar Familiar celebra la sanción de la ley que prohíbe el matrimonio con niñas, niños y adolescentes en Colombia

Bogotá, D. C.
En los últimos días las instituciones colombianas han reiterado su compromiso con las niñas, niños y adolescentes de Colombia. El Bienestar Familiar acompaña y celebra la sanción de la Ley 2447 que eliminó todas las formas de uniones tempranas cuando uno o los dos contrayentes sean menores de 18 años; además C-039 de 2025 de la honorable Corte Constitucional, en la que se reitera que la edad mínima para contraer matrimonio en Colombia son los 18 años.
“La aprobación del proyecto de ley “son niñas, no esposas”, por parte del Congreso de la República, hace que Colombia sea una nación pionera en Latinoamérica en tener una legislación en esa materia. Tenemos que evitar, a toda costa, que nuestras niñas, niños y adolescentes terminen siendo sometidos y sometidas a casarse a temprana edad sin tener en cuenta las consecuencias de ese acto”, dijo la directora general de Bienestar Familiar, Astrid Cáceres.

La funcionaria agregó que tras la aprobación “tenemos mucho trabajo por delante, pues hay que cambiar las costumbres a través de la pedagogía, el diálogo y la publicidad. Necesitamos trabajar en una política pública para prevenir estos actos”.

La aprobación del proyecto de ley “son niñas, no esposas”, por parte del Congreso de la República, hace que Colombia sea una nación pionera en Latinoamérica en tener una legislación en esa materia. La ley determina no solo la eliminación de los matrimonios tempranos, también las uniones maritales de hecho entre las niñas, niños y adolescentes. 

Por otro lado, el tribunal tomó la decisión al considerar inexequibles los artículos 117 y 124 del Código Civil, y otras normas. Con este fallo se determina que el matrimonio con niños, niñas y adolescentes (personas menores a los 18 años) resultan contrarios a la Constitución Política de Colombia y al bloque de constitucionalidad, es decir, a los tratados internacionales que ha firmado y ratificado el Estado colombiano, como la Convención sobre los Derechos del niño y la Convención Contra la Discriminación de la Mujer.

El fallo exhorta a las autoridades del orden nacional y territorial 
para diseñar políticas públicas dirigidas a prevenir y erradicar este flagelo, así como para brindar alternativas a las niñas, niños y adolescentes para formar un juicio ilustrado y decidir de manera libre sobre su proyecto de vida. Para cumplir esta tarea, el Bienestar Familiar como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, en el marco de la corresponsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado para la protección integral de la niñez y adolescencia, está a disposición de todos los actores y agentes públicos y privados para avanzar de manera conjunta en la formulación e implementación de políticas, planes, programas y acciones en todo el territorio nacional. 

Para el ICBF, es importante que la sociedad reconozca el matrimonio infantil y las uniones tempranas como una vulneración a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, que afecta su desarrollo integral e interrumpe sus proyectos de vida.

Así las cosas, el Bienestar Familiar reitera su compromiso con las niñas, niños y adolescentes de Colombia, con las autoridades y, sobre todo, con las familias y comunidades colombianas comprometidas en construir una generación para la paz.

Actividades de Bienestar

Centro Zonal Buga

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Directores y Encargados

Coordinador(a) Centro Zonal
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Responsable Servicios y Atención
Ángela Yesenia Díaz Córdoba
Mary Julieth Cifuentes Bejarano

Cobertura

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Dirección Regional Magdalena

Dirección:

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Teléfono (s):

57(601) 437 76 30
Ext: 564000 - 564100

Horario de Atención:

Lunes a Viernes 08:00 a.m. a 05:00 p.m. (Jornada Continua)

Director - Coordinador

Director(a) Regional
Ingrid Isabel Correa Pineda (E)
Secretaria
Karen Isabel Ponce Campo
Responsable Servicios y Atención
Ana Karina Rada Cabrera
Responsable Oficina de Comunicaciones
Naneth Margarita Santrich Rivas
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Preguntas Frecuentes

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¿Qué significan las letras LGBTI?

Código FAQ
GDS01008
Respuesta:

Las siglas LGBTIQ+ es un acrónimo que se utiliza para denominar a un colectivo cuya sexualidad no se corresponde con la hegemónica instituida por el binarismo sexo-genero. Esta designa colectivamente a los grupos poblacionales de mujeres lesbianas, hombres gays, personas bisexuales, trans, intersex y queer. Esta sigla suele ir modificándose en la medida en que diferentes grupos se movilizan, por lo que se suele agregar un signo + al final. Si bien a continuación explicaremos el significado representado en cada uno, esto no significa que cada identidad se reduzca a tal definición.

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¿Dónde se puede solicitar una certificación de si tengo una demanda por alimentos o por paternidad o maternidad?

Código FAQ
ALI01056
Respuesta:

La certificación la debe expedir el Juzgado en el cual curse el proceso respectivo, a petición del interesado. En el evento de que no se tenga conocimiento de proceso en curso, la certificación la debe hacer la misma persona interesada ante un Notario, manifestando bajo la gravedad de juramento que no tiene demandas en su contra por alimentos o por investigación de paternidad o maternidad.

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Bienestar Familiar anuncia la pre -matrícula para los servicios de primera infancia

Bogotá, D. C.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) presenta una nueva iniciativa diseñada para facilitar el acceso directo a la pre-matrícula para los servicios de primera infancia,sin la intermediación. A partir de este año, el proceso de registro y matrícula en los programas de atención a la primera infancia será realizado directamente por los padres, madres y acudientes.
Desde hoy, 15 de enero, y hasta el próximo 28 de enero, las familias colombianas podrán realizar la pre-matrícula en los programas de atención para la primera infancia desde la comodidad de su hogar.

Los padres, madres y cuidadores podrán completar este proceso a través de un formulario en línea disponible en nuestra página web, www.icbf.gov.co. https://prematricula.icbf.gov.co/
Una vez diligenciado, podrán identificar, gracias a un mapa interactivo, la unidad de atención más cercana con cupos disponibles y asignarla, garantizando así un proceso transparente y eficiente.

Una vez finalizada la preinscripción, el acudiente deberá dirigirse a la unidad de atención asignada, información que será enviada al correo electrónico registrado.

Actividades de Bienestar

Centro Zonal Tuluá

Dirección:

🏡 Carrera 30 # 27- 20 Piso 3 Edificio del Río Barrio Victoria, Tuluá - Valle

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57(601) 437 76 30
Ext: 270000 - 270005

Horario de Atención:

Lunes a Viernes 08:00 a.m. a 05:00 p.m. (Jornada Continua)

Directores y Encargados

Coordinador(a) Centro Zonal
◾ Gloria Angélica Osorio Gutiérrez
Responsable Servicios y Atención
◾ Angie Bravo Ordóñez
◾ Valentina Flórez Soto

Cobertura

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  • Riofrío
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Centro Zonal Manizales 2 (Esp. en Protección)

Dirección:

🏡 Avenida Santander # 39 - 60 Barrio Vélez, Manizales - Caldas

Teléfono (s):

57(601) 437 76 30
Ext: 600000 - 600033 - 601001 - 601019 - 601024 - 601027

Horario de Atención:

Lunes a Viernes 08:00 a.m. a 05:00 p.m. (Jornada Continua)

Directores y Encargados

Coordinador(a) Centro Zonal
◾ Natalia Buitrago Londoño
Responsable Servicios y Atención
◾ Angela Yaneth Murcia Santafe ◾ Estefanía López Tabares ◾ Jennifer Benavides Reyes ◾ Luisa Fernanda Marín López ◾ Luz Stella Cárdenas Duque

Cobertura

Municipios
  • Manizales
  • Filadelfia
 
  • Neira
  • Villa María