Fijación de cuota de alimentos
Los alimentos comprenden todo lo que es indispensable para el sustento, habitación,
vestido, asistencia médica, recreación y educación. En general, todo lo que es necesario para el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes. El defensor de familia citará a audiencia de conciliación, en caso de conocer la dirección del progenitor requerido y en el evento de que el citado no asista o no se logre acuerdo conciliatorio fijará cuota provisional de alimentos.
En los casos en los que no se conozca la dirección del obligado, el defensor de familia
no tendrá competencia para adelantar la conciliación y deberá remitirse a instancia judicial.
Dirigido a
Padres, representantes legales, parientes, el guardador o la persona que tenga bajo su cuidado al niño, niña o adolescente y mujer en estado de embarazo.
Consultar información del trámite priorizado en el sitio web: No Más Filas