Juan Carlos Muchavisoy Chindoy

Fotografía
Perfil Profesional

Es administrador de empresas de la Pontificia Universidad Javeriana e hizo una maestría en Educación en la Universidad de Manizales. Fue coordinador general del Resguardo Indígena Kamentsa Biya de Sibundoy, también laboró en el Ministerio de Educación Nacional, en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en el Cabildo y Resguardo Inga Kamentsa de Mocoa, Gobernación del Putumayo, Fierro Consultores S. A. S., Fundación Plan, Resguardo Indígena Valle de Sibundoy, Fondo Regional de Garantías del Café S. A., Senado de la República y Corporación Universitaria Iberoamericana.

Solidaridad Familiar

Definición:

La obligación alimentaria se fundamenta en el principio de solidaridad, según el cual los miembros de la familia tienen el deber de suministrar la subsistencia a aquellos integrantes de la misma que no están en capacidad de asegurársela por sí mismos.

Los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos, por falta o imposibilidad de ellos, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas que estuvieren más próximos en grado; es decir abuelos y bisabuelos.

Abecedario:

Panelistas