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AVISO INFORMATIVO

 

Cumplimiento publicación tutela IRIS ANGÉLICA GÓMEZ CHAVEZ – Juzgado Tunja

 

Se informa a los participantes del proceso de selección de Directores Regionales del ICBF, que el Juzgado Primero de Familia del Circuito de Tunja, mediante providencia notificada el 3 de julio de 2026, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por la señora IRIS ANGELICA GÓMEZ CHAVEZ, con radicado No. 150013110001-2026-00340-00, dispuso:

 

PRIMERO: Admitir la Acción de tutela que instaura por la señora IRIS ANGELICA GÓMEZ CHAVEZ, en contra del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF y DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA – DAFP, por lo expuesto en la parte motiva.

 

SEGUNDO: Por el medio más expedito notifíquesele la presente acción de tutela INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF y DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA – DAFP o quienes hagan sus veces, para que en el término de dos (2) días siguientes a la respectiva notificación, se pronuncien sobre los hechos de la tutela impetrada, y rindan el informe respectivo aportando los documentos que sirvan de soporte.

 

TERCERO: Requerir al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta, para que dentro del término de dos (2) días contados a partir de la notificación de esta providencia, allegue al Despacho el expediente digital de la acción de tutela 47-001-31-05-004-2026-10101-00, junto a las actuaciones que a la fecha se hayan surtido incluyendo el fallo si ya se dictó sentencia.

 

CUARTO: Por intermedio del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF, se ordena notificar la presente acción de tutela a los aspirantes al concurso de Directores Regionales del ICBF, dentro de las convocatorias enlistadas, para que de considerarlo se pronuncien dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de esta providencia.

QUINTO: Se les advierte a las accionadas que, de conformidad con los artículos 19 y 20 del Decreto 2591 de 1991, si el informe no es rendido dentro del plazo otorgado en el ordinal anterior, se tendrán por ciertos los hechos y se entrará a decidir de plano.” (Énfasis propio)

 
 
0008 Auto Admite Tutela

 

 

 

 

 

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