Terminación del Proceso

RESOLUCIÓN N°036 DE 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DA POR TEMINADO UN PROCESO, SE LEVANTAN MEDIDAS CAUTELARES Y SE ORDENA EL ARCHIVO, dentro del proceso N°035-2016, en contra de MIGUEL EDUARDO PANTOJA GUERRERO".

Código del proceso
035-2016
Destinatario
MIGUEL EDUARDO PANTOJA GUERRERO
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario Colombiano, Ley 1437 de 2011, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 mediante la cual se establece el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera ICBF, la Resolución No. 2934 del 17 de julio de 2009 que adopta el Manual de Cobro Administrativo Coactivo, estas últimas originarias de la Dirección General del ICBF y, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: DAR POR TERMINADO el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Nro. 019-2020, seguido en contra del señor MIGUEL EDUARDO PANTOJA GUERRERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.417.830 por concepto de Acta de Compromiso de sometimiento y pago de prueba de ADN en el Centro Zonal Pasto Uno, la cual en su parte resolutiva reza de la siguiente manera: “5º ORDENAR como lo acepta el presunto padre de la menor de edad, en cuestión, que los costos del examen de ADN, serán asumidos por el señor MIGUEL EDUARDO PANTOJA GUERRERO identificado con C.C. No. 1.087.417.830, residente en la Carrera 4 No. 16-82 Barrio Santa Clara Pasto-Nariño presunto padre de la niña ELIZABETH VALENTINA CHANA POTOSI, persona que solicita la prueba y que admite pagarla.”, por lo que tiene la obligación de reembolsar al favor del ICBF el costo de la prueba de ADN practicada en el proceso. ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR el levantamiento de medidas Cautelares surtidas dentro del asunto de conocimiento. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
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Fecha fijación

Resolución No.026 26 de abril de 2021 - Archivo de un proceso

Código del proceso
4309/2020
Destinatario
ULIANOP MALAGÓN HERNÁNDEZ_80385366
Tipo de notificación
Descripción
Notificación Resolución No.026 del 26 de abril de 2021, mediante la cual se ordena la terminación y archivo del proceso 4309/2020, ULIANOP MALAGÓN HERNANDEZ_80385366 por pago de la deuda.
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Fecha fijación

RESOLUCIÓN N°018 DE 04 DE MARZO DE 2021 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2015-063, EN CONTRA DE MIGUEL ANGEL MUÑOZ ORDOÑEZ"

Código del proceso
2015-063
Destinatario
MIGUEL ANGEL MUÑOZ ORDOÑEZ
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00037, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz, el día 27 de diciembre de 2012, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 064-2015 adelantado en contra de MIGUEL ANGEL MUÑOZ ORDOÑEZ, identificado con CC No.87.246.796, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 064-2015, adelantado en contra de MIGUEL ANGEL MUÑOZ ORDOÑEZ, identificado con CC. No. 87.246.796, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00037, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz, el día 27 de diciembre de 2012, por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
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Fecha fijación

RESOLUCIÓN N°020 DE 04 DE MARZO DE 2021 "POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2015-074, EN CONTRA DE MARINO CERON CERON"

Código del proceso
2015-074
Destinatario
MARINO CERON CERON
Tipo de notificación
Descripción
La Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de la Regional Nariño, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera en el ICBF, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019, proferida por la Dirección Regional del ICBF, por medio de la cual se asignan funciones de Ejecutor a un servidor público y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR LA REMISIBILIDAD, de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00034-00, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz, el día 05 de octubre de 2012, dentro del proceso administrativo de cobro coactivo No. 074-2015 adelantado en contra de MARINO CERON CERON, identificado con CC No. 87.247.031, con fundamento en la parte motiva del presente Acto Administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo No. 074-2015, adelantado en contra de MARINO CERON CERON, identificado con CC. No. 87.247.031, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial Nro. 2012-00034-00, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz, el día 05 de octubre de 2012, por la suma de SEISCIENTOS TREINTA MIL PESOS ($630.000) MDA/CTE, por concepto de capital más los intereses moratorios que se hubieran generado y aunado con la certificación expedida por la Coordinadora Financiera del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el presente Acto Administrativo, al ejecutado, y COMUNICAR al Grupo de Recaudo y al Grupo Financiero del ICBF – Regional Nariño.
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NOTIFICACIÓN POR AVISO RES. 004 DEL 09-03-2021

Código del proceso
899-2016
Destinatario
DIEGO ARMANDO OTÁLVARO GARCÍA, C.C. 1.002.857.370 Y FABER AUGUSTO OTÁLVARO GARCÍA, C.C. 15.962.934
Tipo de notificación
Descripción
"POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIÓN DE UNA OBLIGACIÓN"
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NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN 010 DEL 26 DE FEBRERO DE 2021 POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN, SE ORDENA LA TERMINACIÓN Y ARCHIVO DEL PROCESO

Código del proceso
001-2017
Destinatario
HELMAN FABIAN MEDINA C.C. 5.828.317
Tipo de notificación
Descripción
RESOLUCIÓN N. 010 DEL 26 DE FEBRERO DE 2021 POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA REMISIBILIDAD DE UNA OBLIGACIÓN, SE ORDENA LA TERMINACIÓN Y ARCHIVO DEL PROCESO DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO RADICADO 001- 2017 EN CONTRA DEL SEÑOR HELMAN FABIAN MEDINA C.C. 5.828.317
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Fecha fijación