Seleccionar a un (1) representante de la sociedad civil organizada para hacer parte del Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, según lo establecido en el numeral 6 del artículo 2.4.1.16 del Decreto No. 1084 de 2015, por un periodo de un (1) año.
Por medio de la cual se modifican algunos artículos de la Ley 1098 de 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia y se dictan otras disposiciones