MEDIANTE RESOLUCIÓN NRO. 0050 DEL DÍA 13/05/2022 SE DECRETÒ LA PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE HELIO CARACHO VILLAMIL IDENTIFICADO CON CÉDULA NRO. 5.750.611
MEDIANTE RESOLUCIÓN NRO. 0051 DEL DÍA 20/05/2022, SE DECRETO LA PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN A NOMBRE DE LUIS FRANCISCO ORDUZ GUERRERO CC 1.096.947.912.
MEDINATE RESOLUCION NRO. 0038 DLE DIA 06/04/2022 SE DECRETÓ LA PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE CONSTRUCCIONES Y MONTAJES, INTERVENTORIAS, SERVICIOS, SUMINISTRO DE PERSONAL, DISEÑOS Y OBRAS CIVILES LTDA “CISDO LTDA CON NIT 8290000841
000841
MEDIANTE RESOLUCIÓN NRO. 0037 DLE DIA 05/04/2022 SE DECRETÓ LA PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE MAXIVIT LIMITADA IDENTIFICADA CON NIT 900.047.964-2
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora del ICBF Regional Nariño a una servidora pública y, RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de ALVARO REINERIO ROSERO VILLACORTE, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.453.519, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2013-0085 de 23 de diciembre de 2013, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Samaniego; por valor de SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 75.950) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y correspondientes a los aportes parafiscales causados y dejados de cancelar, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto.
ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo No. 057-2016, que se adelanta en contra de ALVARO REINERIO ROSERO VILLACORTE, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.453.529.
ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios.
SE DECRETA LA PRESCRIPCION DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO NRO. 1383-2012 ADELANTADO EN CONTRA DE SERVICIOS Y SUMINISTROS S.A IDENTIFICADA CON NIT 800.167.642-8
La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora del ICBF Regional Nariño a una servidora pública y, RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de FRANCISCO FERNANDO IBARRA IBARRA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.719.001, por la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2012-0040 de 1 de noviembre de 2012, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Ipiales; por valor de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL PESOS ($ 175.000) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y correspondientes a los aportes parafiscales causados y dejados de cancelar, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto.
ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo No. 058-2016, que se adelanta en contra de FRANCISCO FERNANDO IBARRA IBARRA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.719.001.
ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios.