Resultados -CZ Sur Oriente- Regional Atlántico
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La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 99 y siguientes del CPACA, la Resolución No. 0140 del 21 de enero de 2025, emanada de la Dirección General del ICBF, “Por la cual se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF y se deroga la Resolución 5003 de 2020”, la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 , mediante la cual se designa funcionario ejecutor de la Regional Nariño a un servidor público y,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante la ejecución en contra de HAROL NELSON CAMACHO CERON, identificado con cédula de ciudadanía No. 98,386.002, por la obligación pendiente de pago, contenida en la Resolución No. 1911 del 05 de mayo de 2025, proferida por la Directora General del ICBF.
ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional
ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso.
ARTÍCULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa su tasación.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a HAROL NELSON CAMACHO CERON identificado con cédula de ciudadanía No. 99.386.002, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario Nacional.
SIM 1764899217
SIM 1764900064
SIM 1764885147
Resolución No. 068 de 2025 Orden seguir adelante la ejecución Ana Lucia Quintero Herrera 2022-019. RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante la ejecución en contra de ANA LUCIA QUINTERO HERRERA identificada con la cédula de ciudadanía número 46.373.213, por la obligación pendiente de pago, contenida en la sentencia del (13) de abril del dos mil veintiuno (2021), emitida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo-Boyacá, que confirma la sentencia apelada del veintiocho (28) de febrero del 2020, proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Sogamoso-Boyacá. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso. ARTICULO CUARTO Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa su tasación. ARTICULO QUINTO: Notificar a ANA LUCIA QUINTERO HERRERA identificado con la cédula de ciudadanía número 46.373.213 la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario Nacional.
SIM 1764884987