PJ 4960 ASOCIACIÓN INDÍGENA LA CANASTA TSAPERAP
PJ 4725 ASOCIACIÓN MUTUAL MMA KATO'ULU''U
PJ 4592 ASOCIACIÓN CAMPESINA AGROPECUARIA ACAPECO
PJ 4586 ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS SEMBANDO PAZ
PJ 4584 ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS ECOLÓGICOS AGROECOSURCO
Resolución No. 070 de 2025 Orden seguir adelante la ejecución Ludy Alejandra Castellanos Rosas 2022-017
Resolución No. 070 de 2025. Orden seguir adelante la ejecución Ludy Alejandra Castellanos Rosas 2022-017.RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante la ejecución en contra de LUDY ALEJANDRA CASTELLANOS ROSAS identificada con la cédula de ciudadanía número 1.049.394.272, por la obligación pendiente de pago, contenida en la sentencia del seis (06) de septiembre del dos mil veintiuno(2021), proferida el Juzgado Promiscuo de Familia de Saravena-Arauca. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso. ARTICULO CUARTO Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa su tasación. ARTICULO QUINTO: Notificar a LUDY ALEJANDRA CASTELLANOS ROSAS identificada con la cédula de ciudadanía número 1.049.394.272 la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario Nacional.
Auto No. 107 de 2025 Liquidación crédito Donaldo Mora Vega 2023-007
Auto No. 107 de 2025 Liquidación crédito Donaldo Mora Vega 2023-007.RESUELVE
PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de DONALDO MORA VEGA identificado con la cédula de ciudadanía número 74.352.766, dentro del proceso de cobro coactivo No. 2023-007.SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de OCHOCIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS M/CTE ($804.272), por concepto del crédito y costas procesales a cargo de DONALDO MORA VEGA identificado con la cédula de ciudadanía número 74.352.766.TERCERO: Advertir al deudor que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda. CUARTO: Correr traslado al ejecutado por el término de tres (3) días para que formule objeciones y aporte las pruebas que estime necesarias. Vencido el término anterior se aprobará la liquidación inicial o la que resulte luego de resolver las objeciones. QUINTO: Contra el presente Auto NO procede recurso.
bd_ejecucion_vigencia_cierre_septiembre_2025_acumulado
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